Juzgado de Garantía de Quilpué.

MINISTERIO PUBLICO C/ CLAUDIO ELÍAS MARTÍNEZ HERRERA

Rol

O-3134-2022

Fecha

6 de mayo de 2023

Materia

OCULT IDENT EN CONTROL PREVENT ART 496 N: 5 Y 12 LEY 20931

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

HECHOS El día 05 de octubre del 2022, aproximadamente a las 19:40 horas, el imputado CLAUDIO ELÍAS MARTÍNEZ HERRERA, quien transitaba por calle Los Lirios esquina Los Naranjos de la comuna de El Belloto, fue fiscalizado por funcionarios de Carabineros, quienes le solicitaron su identificación, instantes en que éste indicó un Rut poco claro, indicó que su número de cédula era 14.647.464-0, a la cual al momento de verificarla se percataron que correspondía a la identidad de Fernando Andrés Torrealba Melgarejo, percatándose además que el propio imputado indica que era la identidad de su primo, percatándose que no correspondía a su identidad sino que a la de otra diversa. . PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO: Quilpué, veinticuatro de abril de dos mil veintitrés. Visto además lo dispuesto en los artículos 1, 5, 7, 11 N°9, 14, 15 N° 1, 70, 496 N° 5 del Código Penal, artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal, se resuelve: 1.- Que se condena a CLAUDIO ELÍAS MARTÍNEZ HERRERA, cédula de identidad N° 16.985.927-2, ya individualizado, a la pena de MULTA DE UNA TRIBUTARIA MENSUAL, por su responsabilidad en calidad de AUTOR de la falta CONSUMADA de OCULTACION DE IDENTIDAD previsto y sancionado en el artículo 496 N° 5 del Código Penal y por los hechos ocurridos en territorio jurisdiccional de este Tribunal con fecha 5 de octubre del año 2022. 2.- Que para efectos del pago de la multa, revisado los antecedentes y estimado lo más favorable para el encausado se convertirá en el acto por pena de RECLUSIÓN y se tendrá por completamente cumplido por los 3 días que a permanecido privado de libertad por esta causa, informándolo de esta manera al Servicio de Registro Civil e Identificación para su extracto de filiación. 3.- Que se exime al sentenciado del pago de costas por haber renunciado a su derecho a juicio, ahorrando con ello recursos al Estado. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal cuando este ejecutoriada la sentencia. Anótese, rregíst

Fallo

se resuelve: 1.- Que se condena a CLAUDIO ELÍAS MARTÍNEZ HERRERA, cédula de identidad N° 16.985.927-2, ya individualizado, a la pena de MULTA DE UNA TRIBUTARIA MENSUAL, por su responsabilidad en calidad de AUTOR de la falta CONSUMADA de OCULTACION DE IDENTIDAD previsto y sancionado en el artículo 496 N° 5 del Código Penal y por los hechos ocurridos en territorio jurisdiccional de este Tribunal con fecha 5 de octubre del año 2022. 2.- Que para efectos del pago de la multa, revisado los antecedentes y estimado lo más favorable para el encausado se convertirá en el acto por pena de RECLUSIÓN y se tendrá por completamente cumplido por los 3 días que a permanecido privado de libertad por esta causa, informándolo de esta manera al Servicio de Registro Civil e Identificación para su extracto de filiación. 3.- Que se exime al sentenciado del pago de costas por haber renunciado a su derecho a juicio, ahorrando con ello recursos al Estado. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal cuando este ejecutoriada la sentencia. Anótese, rregístrese y archívese los antecedentes en su oportunidad. RIT Nº 43134 - 2022 Código: MEMZXFEGTZC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RUC Nº 2200995153-2 DICTADA POR DOÑA PAULA BEATRIZ MILLON LORENS, JUEZ TITULAR JUZGADO DE GARANTÍA DE QUILPUÉ. Código: MEMZXFEGTZC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificad

Texto Completo (Preview)

HECHOS El día 05 de octubre del 2022, aproximadamente a las 19:40 horas, el imputado CLAUDIO ELÍAS MARTÍNEZ HERRERA, quien transitaba por calle Los Lirios esquina Los Naranjos de la comuna de El Belloto, fue fiscalizado por funcionarios de Carabineros, quienes le solicitaron su identificación, instantes en que éste indicó un Rut poco claro, indicó que su número de cédula era 14.647.464-0, a la cua

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica