Juzgado de Letras y Gar. de Taltal

ENERGÍA EÓLICA PAPOSO SPA/

Rol

V-2185-2019

Fecha

12 de agosto de 2020

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 02 de diciembre de 2019, comparece don Álvaro Iriarte Barón, chileno, casado, abogado, cédula de identidad número 16.359.871-k, domiciliado en avenida Holanda N°87, departamento 201, Comuna de Providencia, Ciudad de Santiago, en representación de ENERGIA EOLICA PAPOSO SpA., persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 77.005.365-k, con domicilio en Rosario Norte N° 532, piso 19, Las Condes, Santiago; quien solicita una concesión de exploración minera de una superficie total de 200 hectáreas, a las que denominó “PAPOSO 9”, cuyo punto medio se sitúa en la Comuna de Taltal, Provincia de Antofagasta, Región de Antofagasta, y teniendo las siguientes coordenadas: U.T.M. Norte 7.263.000,00 metros y Este 360.500,00 metros. SEGUNDO: Que, con fecha 27 de febrero de 2020, se acompañan los documentos respectivos que dan cuenta que dicho pedimento minero se encuentra inscrito a fojas 4265 N° 2288, repertorio N° 2466-2019 del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Taltal, de fecha 09 de diciembre de 2019; publicándose el mismo, en el Boletín Oficial de Minería N° 42.540 de fecha 30 de diciembre de 2019 TERCERO: Que, con fecha 27 de febrero de 2020, se acompaña comprobante de pago de la tasa fiscal de pedimento, con timbre del Banco de Chile, de fecha 30 de diciembre de 2019. Con la misma fecha, se acompaña formulario de pago de patente de concesión de exploración, con timbre del Banco de Chile, de fecha 27 de febrero de 2020. CUARTO: Que la superficie pedida en concesión es un rectángulo de 2.000 metros en sentido norte-sur, por 1.000 metros en sentido este-oeste, teniendo sus vértices las siguientes coordenadas U.T.M.: VÉRTICES NORTE (metros) ESTE (metros) (P.M.) 7.263.000,00 360.500,00 V1 7.264.000,00 360.000,00 V2 7.264.000,00 361.000,00 V3 7.262.000,00 361.000,00 V4 7.262.000,00 360.000,00 QUINTO: Que, con fecha 10 de julio de 2020, el Servicio Nacional de Geología y Minería de Antofagasta, emite el Ordinario N°4069, informe que es recepcionado por parte del Tribunal, con igual fecha, consignando en él, que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano de la referida concesión se encuentran conforme con las disposiciones legales vigentes. Agrega el referido informe, que la forma, las dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión solicitada se ajustan a la ley, y ésta queda comprendida dentro del terreno pedido. Es preciso señalar además, que con anterioridad a dicha fecha, el SERNAGEOMIN emitió un informe dando cuenta de observaciones técnicas a la solicitud de concesión de exploración, las que fueron puestas en conocimiento del interesado y debidamente subsanadas por el mismo, de conformidad a lo dispuesto en el inciso 4° del artículo 57 del Código de Minería. SEXTO: Que, con fecha 13 de julio de 2020, la presente causa queda en estado de fallarse. Por lo señalado precedentemente y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 22, 34 y

Fallo

se resuelve: I.- Que se aprueba el plano y se declara CONSTITUIDA la concesión de exploración minera denominada “PAPOSO 9”, sobre una superficie total de 200 hectáreas, ubicada en la Comuna de Taltal, Provincia de Antofagasta, Segunda Región de Antofagasta, solicitada por Álvaro Iriarte Barón, cédula de identidad número 16.359.871-k, a favor de ENERGIA EOLICA PAPOSO SpA, Rol Unico Tributario número 77.005.365-k, persona jurídica del giro de su denominación; domiciliada para estos efectos en Rosario Norte N° 532, piso 19, Las Condes, Santiago. II.- Publíquese esta sentencia en extracto de conformidad a lo establecido en el artículo 90 del Código de Minería. III.- Inscríbase la presente sentencia conforme lo dispone el artículo 89 del Código de Minería en el Registro correspondiente del Conservador de Bienes Raíces, Comercio y Minas de Taltal. Respecto a lo dispuesto en el artículo 87 inciso 3° del Código de Minería y en atención a lo dispuesto en la Ley 20.886, sobre tramitación electrónica, extráiganse –por el interesado- las copias respectivas en que consta la presente sentencia, la cual lleva la firma electrónica avanzada y su código de verificación, si fuese el caso, imprimir y ser revisado del portal web www.poderjudicial.cl; Consulta unificada de causas; Sección consulta causas civiles, ó http://civil.poderjudicial.cl/CIVILPORWEB/ para su respectiva publicación. Archívese un ejemplar del plano en el Conservador de Minas de Taltal. http://www.poderjudicial.cl/ http:/

Texto Completo (Preview)

FOJA: 15 .- quince.- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar. de Taltal CAUSA ROL : V-2185-2019 CARATULADO : ENERGÍA EÓLICA PAPOSO SpA/ MATERIA : PEDIMENTO MINERO (COD P02M) NOMBRE : “PAPOSO 9” FECHA DE INGRESO : 02 DE DICIEMBRE DE 2019 FECHA DE A.P.F : 13 DE JULIO DE 2020 Taltal, doce de agosto de dos mil veinte. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 02 de dicie

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