11º Juzgado de Garantía de Santiago

TELEFONICA S A C/ CRISTIAN MARCELO VERGARA SOTO

Rol

O-977-2022

Fecha

27 de abril de 2023

Materia

ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO O SITIOSNO DESTIN.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 23 de Febrero de 2022, alrededor de las 06:50 horas, el acusado CRISTIAN MARCELO VERGARA SOTO en la vía pública, específicamente en la intersección de Gran Avenida José Miguel Carrera con calle Dieciocho de Septiembre, comuna de El Bosque, cortó con una sierra de mano y sustrajo con ánimo de lucro y en contra de la voluntad de su dueño, 75 metros de cables telefónicos de propiedad de la empresa Telefónica Chile S.A. avaluados en la suma de $ 6.200.000.-. A raíz de lo señalado quedaron sin servicio de telefonía e internet 350 domicilios. Circunstancias modificatorias de responsabilidad penal: Circunstancias atenuantes acogidas: Artículo 11 nº 9 del Código Penal, la que se acredita por la aceptación del procedimiento abreviado. Circunstancias agravantes: no concurren. El Ministerio Público de conformidad al artículo 407 inciso 4° del Código Procesal Penal, requirió la imposición de la pena rebajada en un grado atendida la aceptación del procedimiento abreviado. Santiago, veintisiete de abril de dos mil veintitrés.- Vistos y teniendo presente en los artículos: 1, 11 n° 9, 15, 30, 31, 443, 449 del Código Penal, artículo 47, 297, 406 y siguientes del Código Procesal Penal y ley 18.216, se declara: I) Se condena al acusado CRISTIAN MARCELO VERGARA SOTO, ya individualizado en esta causa, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, en su calidad de autor del delito de ROBO EN Código: FCSKXEBTKYZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl BIENES NACIONALES DE USO PÚBLICO DE CABLES DEL SERVICIO TELEFÓNICO, previsto y sancionado en el artículo 443 del Código Penal, en grado de desarrollo consumado, cometido el día 23 de febrero del año 2022, en el territorio jurisdiccional de éste tribunal. II) Se ordena el comiso correspondiente a la sierra y alicate incautado al momento de su

Fundamentos

considerando aceptación del procedimiento abreviado y estar representado por la Defensoría Penal Pública. Cúmplase en su oportunidad con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Se tiene por notificados de esta sentencia a los intervinientes presentes en esta audiencia. Se tiene presente la renuncia a los plazos por parte de los intervinientes y en consecuencia, por ejecutoriada la presente sentencia. Dictó sentencia VERONICA ELENA VAZQUEZ HENRIQUEZ, Juez del 11° Juzgado de Garantía de Santiago.- /srp. El sentenciado queda citado al Centro de Reinserción Social Santiago Sur 2, con su cédula de identidad, el día 17 de mayo del año 2023 a las 09:00 horas, para dar inicio al cumplimiento de esta pena sustitutiva, esto es en el domicilio de calle Balmaceda n° 46, comuna de Puente Alto, bajo apercibimiento de despacharse orden de detención en su contra. Código: FCSKXEBTKYZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: FCSKXEBTKYZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-04-28T10:58:08-0400

Fallo

se declara: I) Se condena al acusado CRISTIAN MARCELO VERGARA SOTO, ya individualizado en esta causa, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, en su calidad de autor del delito de ROBO EN Código: FCSKXEBTKYZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl BIENES NACIONALES DE USO PÚBLICO DE CABLES DEL SERVICIO TELEFÓNICO, previsto y sancionado en el artículo 443 del Código Penal, en grado de desarrollo consumado, cometido el día 23 de febrero del año 2022, en el territorio jurisdiccional de éste tribunal. II) Se ordena el comiso correspondiente a la sierra y alicate incautado al momento de su detención, autorizando desde ya su destrucción por parte del Ministerio del Interior. III) Concurriendo los requisitos del artículo 4° de la Ley 18.216, se sustituye el cumplimiento de la sanción privativa de libertad impuesta, por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo quedar sujeto al control administrativa y asistencia del Centro de Reinserción Social Santiago Sur Dos, ubicado en calle Balmaceda n° 46, comuna de Puente Alto, por el plazo de 541 días, debiendo asimismo cumplir con las demás condiciones previstas en el artículo 5° de la citada ley. El sentenciado deberá presentarse en el Centro de Reinserción Social ya señalado dentro del plazo de veinte días contados desde que quede firme y ejecutoriad

Texto Completo (Preview)

RUC : 2200179478-0 RIT : 977 - 2022 NOMBRE IMPUTADO : CRISTIAN MARCELO VERGARA SOTO CEDULA DE IDENTIDAD : 14.316.147-1 DOMICILIO : CALLE LA OBRA Nº 5439, PUENTE ALTO. FISCAL QUERELLANTE : : RODRIGO PAREDES BELMAR MAGDALENA ALEJANDRA TORO STEFANELLI DEFENSORA : LUIGINA ANDREA VELIZ AUBA TRIBUNAL : 11º Juzgado de Garantía de Santiago TIPO DE RESOLUCION : Sentencia procedimiento abreviado La sentenc

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