Juzgado de Garantía de Parral.

MIGUEL FELIPE MU¤OZ ESPINOZA C/ OSCAR ALONSO BURGOS CAMPOS

Rol

O-1339-2021

Fecha

26 de abril de 2023

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS ACREDITADOS: “El día 9 de abril de 2021, a las 20:55 horas en circunstancias que la víctima Miguel Felipe Muñoz Espinoza, conducía un vehículo P.P.U. LXPP-73 por calle Tarapacá, de la comuna de parral y al llegar a la calle uno sur, fue colisionado por el vehículo P.P.U. DT-1076, conducido por el imputado Oscar Alonso Burgos Campos, quien lo hacía en manifiesto estado de ebriedad, con una alcoholemia de 1,29 gramos de alcohol en la sangre, a consecuencia de lo anterior la victima Miguel Muñoz Espinoza resulto con lesiones graves, consistentes en fractura de la epífisis distal del cubito izquierdo, con tiempo de sanación e incapacidad superior a 30 días, además producto de esto, se produjeron daños en un cerco de la propiedad de don Ovidio José Morales Fuentes, ubicado en el número 143 de la calle uno sur, avaluados en la suma aproximada de $ 117.000 aproximadamente, además, el vehículo de la víctima resulto con daños de consideración en su estructura, resultando con pérdida de a lo menos un 75 % del valor del móvil.”. PARRAL, veintiséis de abril de dos mil veintitrés. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11, 12, 15, 18, 21, 25, 26, 30, del Código Penal, artículos 110 y 196 de la Ley 18.290, articulo 248, 259, 260, 406 y siguiente del Código Procesal Penal, 1 y 8 y siguientes de la Ley 18.216, se declara: Código: QMBZXEELHVY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que se condena a OSCAR ALONSO BURGOS CAMPOS, ya individualizado, como AUTOR del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD CON RESULTADO DE LESIONES GRAVES Y DAÑOS, cometido en jurisdicción de este juzgado el día 09 de abril de 2021, en grado de desarrollo consumado, a sufrir una pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, a la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, a una multa ascendente a CUATRO UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES y a

Fallo

se declara: Código: QMBZXEELHVY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que se condena a OSCAR ALONSO BURGOS CAMPOS, ya individualizado, como AUTOR del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD CON RESULTADO DE LESIONES GRAVES Y DAÑOS, cometido en jurisdicción de este juzgado el día 09 de abril de 2021, en grado de desarrollo consumado, a sufrir una pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, a la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, a una multa ascendente a CUATRO UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES y a la SUSPENSIÓN DE SU LICENCIA DE CONDUCIR POR CINCO AÑOS. II.- Que cumpliéndose los requisitos establecidos en el artículo 8 y siguientes de la Ley 18.216, la pena corporal impuesta deberá cumplirla mediante la RECLUSION PARCIAL DOMICILIARIA NOCTURNA entre las 22 horas a las 6 horas del día siguiente en su domicilio, la que de ser factible será controlada por el sistema de monitoreo telemático por Gendarmería de Chile, principiando la ejecución de la pena sustitutiva impuesta una vez que se informe su efectiva implementación por parte de Gendarmería de Chile de conformidad a lo dispuesto en el artículo 16 del Reglamento de Monitoreo Telemático. Para lo cual se programara una audiencia al efecto Si la pena sustitutiva impuesta fuese revocada o quebrantada el condenado cumplirá íntegra y efectivamente la pena privativa de libertad impu

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RUC N° : 2100357094-8 RIT N° : 1339 - 2021 PROCEDIMIENTO : Abreviado DELITO : Conducción en estado de ebriedad. GRADO EJECUCIÓN : Consumado IMPUTADO : OSCAR ALONSO BURGOS CAMPOS. CÉDULA IDENTIDAD N° : 0019991100-7 DOMICILIO : Calle Santiago Urrutia, Pasaje 2 Nº 09, Parral. PARTICIPACIÓN : Autor (Art. 15 N° 1 Código Penal). CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS: ATENUENTES : 11 N° 9. AGRAVANTES : no concur

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