MINISTERIO PÚBLICO C/ RICARDO ANDRÉS FONSECA FONSECA
Rol
O-993-2022
Fecha
25 de abril de 2023
Materia
RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que, ante este Juzgado de Garantía de Chiguayante, se ha presentado el Fiscal adjunto don Sergio Caro Esparza, formulando acusación en contra de RICARDO ANDRÉS FONSECA FONSECA, RUN 20.738.835-1, nacido el 25 de agosto de 2001, sin oficio, domiciliado en el Centro de Reinserción Social “Hogar el Alfarero de Rancagua” ubicado en Población Manuel Rodriguez Pasaje Manuel de Salas 0188, ( a una cuadra de terminal O´Higgins), ciudad de Rancagua, encargado monitor Guillermo Salazar 923930036 y del Pastor Director don Francisco Aravena Madrid fono: 993094276. Por atribuirle responsabilidad en calidad de autor del delito de RECEPTACIÖN DE VEHICULO MOTORIZADO, previsto y sancionado en el articulo 456 BIS A, del Código Penal. El acusado está representado en la audiencia por la Defensora Penal Pública Licitada Sra. María Cecilia Solar Infante, quien comparece en representación del Defensor Titular Felipe Rojas Herrera, domiciliado en Vilumilla N°631 Concepción. El Ministerio Público representado por el Fiscal don Matías Arellano Troncoso solicita se continue la causa de acuerdo a las normas del procedimiento abreviado, a lo que se le dio lugar por reunirse los requisitos legales. PRIMERO: Que los hechos que funda su acusación el Ministerio Público son los siguientes: Hechos: Que el día 22 de junio del 2022 alrededor de las 17:00 horas aproximadamente en la vía pública específicamente en calle Caupolicán frente al número 760 de la comuna de Chiguayante, el imputado RICARDO ANDRÉS FONSECA FONSECA, fue sorprendido por personal de Carabineros manteniendo en su poder el vehículo placa patente única CH7322 marca Toyota modelo Tercel de propiedad de don Javier Fuentes Urra, vehículo que recientemente había sido robado desde la vía pública, específicamente desde calle Tucapel con Heras de la comuna de Concepción, el imputado no podía menos que conocer el origen ilícito de este móvil, toda vez que éste mantenía signos evidentes de fuerza tales como, fractura en el vidrio lune
Fallo
SE DECLARA: I.- Que se condena a RICARDO ANDRÉS FONSECA FONSECA, RUN 20.738.835-1, ya individualizado, por su responsabilidad de autor en el delito de RECEPTACIÖN DE VEHICULO MOTORIZADO, previsto y sancionado en el artículo 456 BIS A, del Código Penal, perpetrado en grado de consumado en la comuna de Chiguayante, el 22 de junio de 2022, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS (541) DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, a las accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y al pago de una multa a beneficio fiscal por el monto de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL. II.- Teniendo en consideración la escasa capacidad económica del imputado por encontrarse actualmente en un centro de reinserción social para rehabilitar el consumo de drogas y alcohol, se dará lugar a lo solicitado por la Defensa y se le exime del pago de Multa. III.- Que no contándose en esta audiencia con el documento para acreditar el domicilio del imputado, se fija audiencia de factibilidad técnica, para el día 01 de junio de 2023 a las 12:20 horas, a fin de que sea aportado el documento que acredite la factibilidad técnica del domicilio del sentenciado, quedando notificado personalmente el imputado, bajo apercibimiento legal del artículo 33 del Código Procesal Penal. Se le autoriza al imputado comparecer en forma telemática. En el caso que dicho documento no sea aportado o el resultado fuera negativo deberá cumplir con reclusión nocturna bajo el control de Gendarmería. Que en
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Chiguayante, veinticinco de abril de dos mil veintitrés. VISTOS: Que, ante este Juzgado de Garantía de Chiguayante, se ha presentado el Fiscal adjunto don Sergio Caro Esparza, formulando acusación en contra de RICARDO ANDRÉS FONSECA FONSECA, RUN 20.738.835-1, nacido el 25 de agosto de 2001, sin oficio, domiciliado en el Centro de Reinserción Social “Hogar el Alfarero de Rancagua” ubicado en Poblac
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