PÁEZ/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA
Rol
C-33162-2019
Fecha
3 de agosto de 2020
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
hechos sustanciales, pertinentes ni controvertidos, se cit a las partes a o r sentencia.ó í CONSIDERANDO. PRIMERO: Que do añ Magdalena P ez C rdova, deduce demanda deá ó prescripci n en contra de la Ilustre Municipalidad de Lo Barnechea, representada poró su alcalde, don Felipe Guevara Stephens, todos ya individualizados. Funda su demanda en el hecho de ser propietaria del inmueble ubicado en Av. Lo Barnechea N 1594, depto. 309 C, comuna de Lo Barnechea, el cual se encuentra° con deudas por concepto de derechos de aseo domiciliario desde junio de 2009 hasta el 30 de abril de 2013. Expone que el plazo para exigir el cumplimiento del pago de los derechos de aseo comprendidos entre el junio de 2009 y el 30 de abril de 2013, ha transcurrido, por lo que corresponde declarar la prescripci n de las acciones relativasó a dicho per odo, citando al efecto lo dispuesto por el art culo 2521 del C digo Civil. í í ó Previas citas legales solicita tener por interpuesta demanda por prescripci n enó contra don la Ilustre Municipalidad de Lo Barnechea, representada por su alcalde, don Felipe Guevara Stephens, ya individualizados, someterla a tramitaci n y enó definitiva acogerla en todas sus partes, declarando la prescripci n del cobro de losó impuestos ya se alados;ñ SEGUNDO: Que la demandada concurri al procedimiento allan ndose a lasó á pretensiones de la contraria en cuanto declarar la prescripci n de las acciones deó cobro comprendidas entre el 30 de abril de 2009 y el 30 de abril 2013, por verificarse C-33162-2019 Foja: 1 las circunstancias establecidas en el art culo 2521 del C digo Civil para declarar laí ó prescripci n de las acciones;ó TERCERO: Que a fin de acreditar sus alegaciones la demandante rindi laó siguiente prueba documental: 1.- Copia de informe de deuda de derechos de aseo, emitido por la I. Municipalidad de Lo Barnechea, Direcci n de Administraci n y Finanzas, que daó ó cuenta de deudas por concepto de Aseo Domiciliario del inmueble ubicado en Av. Lo Barnec
Fundamentos
considerando d cimo de este fallo.é II- Se exime a la demandada del pago de las costas. Reg strese, notif quese y arch vense los autos en su oportunidad. í í í ROL N C-33.162-2019° Pronunciada por do a ñ Soledad Araneda Undurraga, Juez Titular. Autoriza don Claudio Alvarado Aguirre, Secretario Titular. C-33162-2019 Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. En Santiago, tres de Agosto de dos mil veinte.- Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-08-03T16:35:10-0400
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los art culos 1698, 2514, 2518í y 2521 del C digo Civil, 160, 170, 254 y 313 del C digo de Procedimiento Civil, yó ó Decreto Ley N 3036, se declara que: ° I- Se acoge la demanda de lo principal de 25 de noviembre de 2019, rectificada el 16 de diciembre del mismo a o, en la forma establecida en elñ considerando d cimo de este fallo.é II- Se exime a la demandada del pago de las costas. Reg strese, notif quese y arch vense los autos en su oportunidad. í í í ROL N C-33.162-2019° Pronunciada por do a ñ Soledad Araneda Undurraga, Juez Titular. Autoriza don Claudio Alvarado Aguirre, Secretario Titular. C-33162-2019 Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. En Santiago, tres de Agosto de dos mil veinte.- Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-08-03T16:35:10-0400
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C-33162-2019 Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-33162-2019 CARATULADO : P EZ/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LOÁ BARNECHEA Santiago, tres de agosto dos mil veinte. VISTOS. Con fecha 25 de noviembre de 2019, rectificada el 26 de diciembre del mismo a o, comparece do a ñ ñ Magdalena P ez C rdovaá ó , no indica profesi n ni oficio, conó domicilio e
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