CASTILLO/MERCO FOOD ALIMENTOS SPA
Rol
O-926-2021
Fecha
15 de diciembre de 2021
Materia
Costas, Despido indirecto, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Prestaciones, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS PACIFICOS X · HECHOS A PROBAR X · PRUEBA DEMANDANTE X · PRUEBA DEMANDADA X · CITA A JUICIO ORAL X El Tribunal hace presente que la demandada fue validamente notificada mediante publicación en el diario oficial de Chile con fecha 02 de noviembre de 2021. Sentencia Inmediata: La parte demandante señala que la demandada de encuentra válidamente emplazada, no contestó la demanda y solicita en virtud de lo dispuesto en el artículo 453 N°1 inciso séptimo del Código del Trabajo, se dicte sentencia inmediata. El Tribunal resuelve: Se hace lugar a lo solitado por la parte demandante en tanto efectivamente la parte demandada se encuentra en rebeldía y se procederá a dictar sentencia inmediata. En Antofagasta, a quince de diciembre de dos mil veintiuno. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANO: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, se llevó a efecto audiencia preparatoria de juicio en autos, iniciados mediante demanda por despido verbal incausado, cobro de prestaciones y nulidad de despido interpuesto por BEATRIZ LIDYA CASTILLO ZAPATA, peruana, desempleada, soltera, cédula nacional de identidad N°25.265.741-K, con domicilio para estos efectos en calle Arturo Prat 461, oficina 804, Antofagasta, en contra de MERCO FOOD ALIMENTOS SPA., RUT N° 77.124.129- 8, representada legalmente por don Carlos Arancibia Guerra, cédula nacional de identidad N°8.704.020-8, con domicilio en Calle Andrés Bello Nº 5206, Antofagasta. SEGUNDO: Que, la parte demandada fue válidamente notificada de la demanda deducida en su contra, según se puede apreciar en el inserto en el Diario Oficial de la República de fecha 02 noviembre del año en curso, forma de notificación autorizada por esta curia conforme a lo dispuesto en el artículo 439 del Código del Trabajo. TERCERO: Que, la parte demandante fundamentó su demanda en los siguientes hechos: ANTECEDENTES DE LA RELACION LABORAL: 1. Inicio de la relación laboral: Con fecha 20 de junio de 2020, la actora inicia
Fallo
fallo las menciones a que hace referencia los números 3 y 4 de la misma disposición. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 7 a 10, 41, 73, 161, 162, 168, 171, 172, 423, 425 a 432, 446, 453 y 459 del Código del Trabajo y 15 y 17 de la Ley N° 19.728, se resuelve: I.- Que, se acoge demanda interpuesta por BEATRIZ LIDYA CASTILLO ZAPATA, cédula nacional de identidad N°25.265.741-K, en contra de MERCO FOOD ALIMENTOS SPA., RUT N° 77.124.129- 8, ya individualizados, en todas sus partes y en consecuencia se declara la existencia de la relación laboral, nulidad del despido, el despido indirecto como ajustado de a derecho y se condena a la demandada a pagar los siguientes valores por el concepto que en cada caso se indica: Nulidad del despido: La suma de $450.000.- desde la fecha del despido indirecto, esto es, desde el día 25 de agosto del año 2021, a la fecha que se pague las cotizaciones adeudadas y lo comunique a los trabajadores personalmente o mediante carta certificada enviada al domicilio de éstos, acompañando la documentación emitida por las instituciones previsionales correspondiente en que conste la recepción de dicho pago. Además se orden el pago de: 1. Indemnización sustitutiva del aviso previo, por la suma de $450.000.- 2. Indemnización por 1 año de servicio, por la suma de $450.000.- 3. Recargo del 50%, según lo dispuesto en el artículo 171 del Código del Trabajo, equivalente a la suma de $225.000.- 4. Feriado legal, correspondiente al periodo 2020-20
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JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE ANTOFAGASTA AUDIENCIA PREPARATORIA POR VIDEOCONFERENCIA PLATAFORMA ZOOM FECHA Antofagasta, quince de diciembre de dos mil veintiuno. MAGISTRADO CARLOS EDUARDO CAMPILLAY ROBLEDO HORA DE INICIO 08:39 hrs. HORA DE TERMINO 08:44 hrs. ENCARGADA DE ACTA Alejandra Tejeda Herrera SALA 1 RUC 21-4-0356162-K RIT O-926-2021 Registro de audio N° 2140356162-
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