M.P. C/ EUGENIO ENRIQUE PALMA SAN MARTÍN
Rol
O-329-2023
Fecha
20 de abril de 2023
Materia
OCULTACION DE IDENT EN CONTROL INVEST ART 496 N05 ART 85 CPP
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: “El día 26 de enero del año 2023 aproximadamente a las 11:30 de la mañana en la intersección de la avenida Trapiche con Pehuenche sector Aguas Negras de la comuna de Curicó, personal policial fiscalizo al imputado ya señalado conforme lo previene el artículo 12 de la ley 20931, quien señaló llamarse Felipe Jesús Palma San Martín cédula de identidad N°12.688.710-8, no obstante y al no portar su cédula de identidad y las dudas que al personal policial le mereció la identidad de este, fue conducido hasta la unidad donde tras las diligencias de rigor se pudo establecer que su verdadera identidad corresponde a la de Eugenio Enrique Palma San Martín y que había otorgado la identidad de su hermano.” S E D E C L A R A: I).- Que, SE CONDENA a don EUGENIO ENRIQUE PALMA SAN MARTÍN, ya individualizado, en calidad de AUTOR del ilícito de OCULTACIÓN DE IDENTIDAD, previsto y sancionado en el artículo 496 N° 5 del Código Penal, el que se encuentra en grado de desarrollo de CONSUMADO, cometido en este territorio jurisdiccional, el día 26 de enero de 2023, a sufrir la pena de MULTA DE UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL. II).- Que, abono un día, el que media entre el 26 y 27 de Enero de 2023, a razón de un tercio de utm. Que, en cuanto al saldo de dos tercios de utm, si el sentenciado no tuvieren bienes suficientes para satisfacer la multa impuesta, sufrirá por vía de sustitución y apremio la pena de reclusión, regulándose un día por cada tercio de unidad tributaria mensual a la que ha sido condenado, sin que ella pueda exceder de seis meses. La mencionada multa podrá ser pagada a más tardar el último día hábil del mes de Mayo de 2023, y las restantes hasta el último días de los meses siguientes. El sentenciado ha manifestado su voluntad de NO realizar trabajos comunitarios. III).- Se hace presente que la presente sentencia no contiene presupuestos de anonimización contemplada en el acta 44/2022 de fecha 15.02.2022 de la Excelentísima Corte Suprema. Código: DDBBXEBTXYX Este docu
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SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Fecha Curicó., veinte de abril de dos mil veintitrés Tribunal JUZGADO DE GARANTÍA DE CURICÓ Magistrado MAURICIO ANDRES ARAVENA GAJARDO Imputado 1) EUGENIO ENRIQUE PALMA SAN MARTÍN C.I. 0012509791-K Fecha de Nacimiento 06/01/1973 Dirección Pasaje Los Laureles, Pob. Prosperidad Nº 4. CURICO DELITO OCULTACIÓN DE IDENTIDAD Participación Autor Grado desarrollo Co
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