CARRASCO/FRANCISCO REGULEZ Y CIA LTDA
Rol
M-2563-2021
Fecha
14 de diciembre de 2021
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado legal, Horas extras, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS A PROBAR X SENTENCIA X Conciliación: El tribunal efectúa el llamado a conciliación, esta no se produce, atendida la rebeldía de la demandada. Hechos a probar: Atendido la incomparecencia de la parte demandada, se tiene por evacuado el traslado de contestación de la demandada en su rebeldía, el tribunal hace uso de la facultad contenida en el artículo 453 N° 1, inciso 7° del Código del Trabajo, no recibe la causa a prueba y procede a dictar sentencia definitiva de inmediato Sentencia: Santiago, trece de diciembre de dos mil veintiuno. Y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 161, 453 y siguientes del Código del Trabajo, se resuelve: I. Que se hace lugar a la demandada interpuesta por don TOMÁS IGNACIO CARRASCO ARREDONDO en contra de FRANCISCO REGULEZ Y CIA LTDA y se declara que el despido de 30 de agosto de 2021 es injustificado, motivo por el cual la demandada deberá pagar las siguientes prestaciones: 1. La suma de $ 470.416 por concepto de 30% de recargo legal del artículo 168 letra a) del Código del Trabajo. 2. La suma de $ 22.851. por concepto de horas extraordinarias 3. La suma de$574.952, por concepto de feriado legal y proporcional. 4. La suma de $45.332, por concepto de saldo insoluto de la indemnización sustitutiva de aviso previo. 5. La suma de $90.664. por concepto de saldo insoluto de la indemnización por años de servicio. II. Que además se declara nulo este despido y en consecuencia se ordena a la demandada, enterar todas las cotizaciones impagas en las entidades prestadoras correspondientes, AFP Modelo, Isapre Consalud y AFC Chile, y adicionalmente se seguirán devengando las remuneraciones y demás prestaciones laborales mientras no se convalide legalmente el despido, a razón de $ 784.026, mensuales III. Que las sumas señaladas en los acápites anteriores generaran los intereses y reajustes conforme el artículo. 63 y 173 del código del Trabajo. IV. Que se condena en costas a la demandada rebelde y se regulan prudencialmente
Fallo
se resuelve: I. Que se hace lugar a la demandada interpuesta por don TOMÁS IGNACIO CARRASCO ARREDONDO en contra de FRANCISCO REGULEZ Y CIA LTDA y se declara que el despido de 30 de agosto de 2021 es injustificado, motivo por el cual la demandada deberá pagar las siguientes prestaciones: 1. La suma de $ 470.416 por concepto de 30% de recargo legal del artículo 168 letra a) del Código del Trabajo. 2. La suma de $ 22.851. por concepto de horas extraordinarias 3. La suma de$574.952, por concepto de feriado legal y proporcional. 4. La suma de $45.332, por concepto de saldo insoluto de la indemnización sustitutiva de aviso previo. 5. La suma de $90.664. por concepto de saldo insoluto de la indemnización por años de servicio. II. Que además se declara nulo este despido y en consecuencia se ordena a la demandada, enterar todas las cotizaciones impagas en las entidades prestadoras correspondientes, AFP Modelo, Isapre Consalud y AFC Chile, y adicionalmente se seguirán devengando las remuneraciones y demás prestaciones laborales mientras no se convalide legalmente el despido, a razón de $ 784.026, mensuales III. Que las sumas señaladas en los acápites anteriores generaran los intereses y reajustes conforme el artículo. 63 y 173 del código del Trabajo. IV. Que se condena en costas a la demandada rebelde y se regulan prudencialmente las mismas en la suma de $ 200.000.- V. Una vez que la sentencia se encuentre ejecutoriada, cúmplase con lo dispuesto en ella dentro de quinto día, de lo c
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ACTA DE AUDIENCIA UNICA PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 13/12/2021 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO SALA 2 RUC 21-4-0363900-9 RIT M-2563-2021 MAGISTRADO GONZALO FIGUEROA EDWARDS ADMINISTRATIVO DE ACTAS FREDDY LAZO BANDA ( ) HORA DE INICIO 10:17 HORAS HORA DE TERMINO 10:22 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 21-4-0363900-9-211213-00 CUSTODIA DE DOCUMENTOS N° PA
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