Juzgado de Garantía de Quilpué.

MINISTERIO PUBLICO C/ MARYLEIN LINDA DORA OLIVARES FLORES

Rol

O-3162-2022

Fecha

20 de abril de 2023

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE 4 A 40 UTM.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que en esta audiencia, se conoció y resolvió el requerimiento en procedimiento simplificado deducido en contra de doña MARYLEIN LINDA DORA OLIVARES FLORES, cédula de identidad N° 15.412.792-5, domiciliado en calle El Roble 570, Recoleta. La audiencia se desarrolló con la presencia del fiscal adjunto, doña CLAUDIA RUIZ JOFRE, en representación de la víctima doña CINDY SINGGER CABRERA, de la mencionada imputada y de su abogado defensor, don SERGIO ANTONIO VILCA LARRONDO, todos con domicilio y formas de notificación también ya registradas en el Tribunal. En el requerimiento se imputó la calidad de AUTOR, por el ilícito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 446 N°2 del Código Penal, en grado de FRUSTRADO. El día 10 de octubre del año 2022 aproximadamente a las 16:03 horas, la imputada MARYLEIN LINDA DORA OLIVARES FLORES, ingresó a la tienda comercial Homecenter Sodimac, ubicada Avenida Freire 1351, Quilpué, y una vez en su interior, tomó con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño, un taladro inalámbrico avaluado en la suma de $222.180, el cual ocultó en una bolsa de papel, para posteriormente traspasar las cajas registradoras sin pagar el valor de dicha especie. SEGUNDO: Que la acusación penal que entabló el Ministerio Público de esta ciudad en contra del acusado de este juicio, se fundamenta en los hechos indicados, los que califica jurídicamente, atribuye el grado de participación del encartado en aquéllos, señala la concurrencia de causales modificatorias de responsabilidad, y solicita las penas a imponer. TERCERO: Que el Ministerio Público en sus argumentaciones preliminares y alegato de clausura indicó que no presentaría medios de pruebas para acreditar la existencia del delito ni la Código: GCWKXELJWNX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl participación del imputado en los hechos del requerimiento, por lo que requería la absolución. CUAR

Fallo

SE DECLARA: I.- Que, se ABSUELVE a doña MARYLEIN LINDA DORA OLIVARES FLORES, cédula de identidad N° 15.412.792-5 del requerimiento que lo tuvo como autor del delito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 446 N°2 del Código Penal, en grado de FRUSTRADO, hecho que habría ocurrido en esta jurisdicción con fecha 10 de octubre del año 2022, en el territorio jurisdiccional de este tribunal.- II.- Que, cada parte soportará sus costas. Ejecutoriado que sea el presente fallo, dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código. Regístrese y archívese, en su oportunidad. Dictada por don MILENKO GRBIC MIRANDA, Juez de Garantía. Código: GCWKXELJWNX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: GCWKXELJWNX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-04-24T13:57:44-0400

Texto Completo (Preview)

PROCEDIMIENTO : SIMPLIFICADO RUC N° : 2200997464-8 RIT N° : 3162 – 2022 DELITO : HURTO SIMPLE SENTENCIADO : MARYLEIN LINDA DORA OLIVARES FLORES Quilpué, veinte de abril de dos mil veintitrés Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que en esta audiencia, se conoció y resolvió el requerimiento en procedimiento simplificado deducido en contra de doña MARYLEIN LINDA DORA OLIVARES FLORES, cédula de identi

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