FISCALIA LOCAL DEL TAMARUGAL C/ VICTOR ANGELBERT MORILLO CEGARRA
Rol
O-1944-2022
Fecha
19 de abril de 2023
Materia
RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS “El día 23 de octubre de 2022, siendo las 03:20 horas aproximadamente en la ruta 15 CH a la altura del km 120 en la comuna de Colchane, personal de Carabineros procedió a la fiscalización de dos vehículos que se dirigían hacia la frontera con Bolivia, así el primer vehículo y que correspondía a un vehículo marca Mazda de color negro placa patente SCGL-91 el cual era conducido por el acusado Víctor Coromoto Aguirre Segura, y el segundo vehículo correspondía al vehículo marca Mazda de color celeste, placa patente LKYW-71, el cual era conducido por el acusado Víctor Morillo Cegarra y acompañado del acusado Amikar Reyes Figueroa, todos ellos con situación irregular en Chile, al proceder a verificar situación de los automóviles en los cuales se transportaban los acusados, el personal de Carabineros pudo percatarse que ambos vehículos mantenían encargos por robo de tan solo horas antes de la fiscalización, así el vehículo placa patente SCGL-91 mantenía encargo por robo con intimidación desde el día 22 de octubre de 2022 de la 4° Comisaría de Cavancha en Iquique y el vehículo placa patente LKYW-71 también mantenía encargo por robo de fecha 22 de octubre de 2022 de la 3° Comisaria de Alto Hospicio, debido a ello y al hecho que atendido el lugar donde se produce la fiscalización, el destino que los acusados mantenían, el hecho de que los vehículos habían sido robados tan solo horas antes, los acusados no podían desconocer el origen ilícito de las especies, todos los acusados fueron detenidos..” Pozo Almonte, diecinueve de abril del dos mil veintitrés. Visto y
Fundamentos
considerando
Fallo
Se declara: Que se condena a AMILCAR STIVEN REYES FIGUEROA, venezolano, cédula de identidad para extranjero N° 14.893.824-5, domiciliado en Calle 2 N° 43, Sector Los Cubanos, Alto Hospicio, como autor del delito consumado de RECEPTACIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO previsto y sancionado en el artículo 456 Bis A del Código Penal, ocurrido en territorio jurisdiccional de este tribunal, el día 23 de octubre del año 2022, a sufrir la pena de: PENA CORPORAL Extensión Pena Abonos 541 días Presidio menor en su grado medio 131 días Pena Sustitutiva Extensión Lugar de Código: WDXJXEZXKNX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl cumplimiento Remisión condicional de la pena 541 días CRS Alto Hospicio Observación : • Que reuniéndose en la especie los requisitos del artículo 4 de la Ley N°18.216, se sustituye al sentenciado la pena privativa de libertad por la de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo someterse a la observación y vigilancia de Gendarmería de Chile correspondiente a su domicilio, por igual periodo de la condena, esto es, 541 días, debiendo además cumplir durante el período de control con las condiciones legales del artículo 5° de la citada ley. • Se deja constancia que, para efectos de que la pena sustitutiva sea revocada, no cuenta con días de abono que considerar, luego de descontado el tiempo dispuesto para el pago de la multa. • El sentenciado deberá presentarse CRS de Alto Hospicio, dentro de un plazo de 5 días. PENA P
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SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO “Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal. La Presente acta solo constituye un registro administrativo que contiene una relación resumida de lo obrado y
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