7º Juzgado de Garantía de Santiago

MP C/ JAVIER ELIAS GRANJA RUIZ

Rol

O-18844-2020

Fecha

19 de abril de 2023

Materia

ROBO CON INTIMIDACION.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 24 de agosto del 2020, siendo las 21:00 horas aproximadamente, mientras la víctima José Ali López Sandoval se encontraba en el interior de su domicilio particular, ubicado en calle Morande N° 626, depto. 1310, comuna de Santiago, los imputados JOSÉ EUCLIDES HURTADO HURTADO y JAVIER ELIAS GRANJA RUIZ, aprovechando y abusando que el imputado HURTADO HURTADO había conocido y comenzando a entablar una relación de amistad con la víctima con el objeto de asegurar su confianza para cometer el delito, relación de amistad que además le sirvió a los imputados para saber que la víctima tenía en su domicilio una gran cantidad de dinero, tocan la puerta del departamento de la víctima, momentos en que este al abrir la puerta fue intimidada por los imputados, quienes le exhiben un cuchillo y lo atan de pies y manos con cinta adhesiva, para luego sustraer la cantidad de $7.000.000.- (siete millones de pesos) en dinero en efectivo y diferentes especies de valor. SE DECLARA: I.- Que se condena a JAVIER ELIAS GRANJA RUIZ, ya individualizado, a la Código: GDTYXEVNCMX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl pena de TRES AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como AUTOR del delito de ROBO CON INTIMIDACIÓN del art. 436 inc. 1, en relación al art. 432 y 439 todos del Código Penal, hecho ocurrido en la comuna de Santiago, el día 24 de agosto 2020, en grado de ejecución CONSUMADO. II.- Que respecto al cumplimiento de la pena corporal impuesta, reuniendo el sentenciado los requisitos del artículo 15 y siguientes de la Ley 18.216, se le otorga la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva, por el término idéntico al de la condena de 3 años y un día, quedando sujeto al delegado de libertad vigilada intensiva, deb

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se condena a JAVIER ELIAS GRANJA RUIZ, ya individualizado, a la Código: GDTYXEVNCMX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl pena de TRES AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como AUTOR del delito de ROBO CON INTIMIDACIÓN del art. 436 inc. 1, en relación al art. 432 y 439 todos del Código Penal, hecho ocurrido en la comuna de Santiago, el día 24 de agosto 2020, en grado de ejecución CONSUMADO. II.- Que respecto al cumplimiento de la pena corporal impuesta, reuniendo el sentenciado los requisitos del artículo 15 y siguientes de la Ley 18.216, se le otorga la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva, por el término idéntico al de la condena de 3 años y un día, quedando sujeto al delegado de libertad vigilada intensiva, debiendo presentarse en el CRS Santiago. Que para la aprobación del plan de intervención individual se fija audiencia para tales efectos para el día 05 de junio de 2023, a las 09:00 horas, sala 302. III.- Que atendida la naturaleza de la pena impuesta se ordena dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 17 de la ley 19.970, debiendo procederse a la respectiva toma de la muestra biológica, para el registro de la huella genética del sentenciado en el Registro de Condenado

Texto Completo (Preview)

PROCEDIMIENTO ABREVIADO FECHA: Santiago, diecinueve de abril de dos mil veintitrés. TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: PILAR ANDREA AHUMADA OTÁROLA RUC: 2000882793-2 RIT: 18844 - 2020 IMPUTADO: JAVIER ELIAS GRANJA RUIZ C.I. 26.305.412-1 DELITO ROBO CON INTIMIDACIÓN ARTICULO 436 INC. 1, EN RELACIÓN AL ART. 432 Y 439 TODOS DEL CÓDIGO PENAL PARTICIPACIÓN AUTOR G. DE DESAR

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