ANONIMIZADO
Rol
P-953-2023
Fecha
18 de abril de 2023
Materia
VULNERACIÓN DE DERECHOS
Resultado
No especificado
Hechos
visto además lo prescrito en el artículo 8° n°7 de la Ley 19.968, se resuelve: Que no se da lugar a la tramitación de la causa. Sin perjuicio de lo anterior, remítase los antecedentes a OPD Temuco, a fin de que puedan evaluar situación, verificar factores de riesgo, y si amerita intervención y/o coordinar con...
Fallo
se resuelve: Que no se da lugar a la tramitación de la causa. Sin perjuicio de lo anterior, remítase los antecedentes a OPD Temuco, a fin de que puedan evaluar situación, verificar factores de riesgo, y si amerita intervención y/o coordinar con...
Texto Completo (Preview)
Temuco, dieciocho de abril del año dos mil veintitrés. A sus antecedentes pauta de evaluación de riesgo elaborada por la Consejero Técnico del Tribunal. Vistos; Atendido que en la pauta de evaluación de riesgo se concluye que con el mérito de los antecedentes, NO es posible configurar la hipótesis de grave vulneración de derechos que autoriza al Tribunal para iniciar un procedimiento de protección
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