Juzgado de Garantia de Viña del Mar.

MIN PUBLICO C/ MANUEL ALEJANDRO BASCUÑÁN ALEGRÍA

Rol

O-4682-2022

Fecha

18 de abril de 2023

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

HECHOS: “El 17 de junio de 2022, alrededor de las 14:00 horas aproximadamente, el imputado Manuel Alejandro Bascuñan Alegría, ingresó al interior de la multi-tienda Falabella, ubicada en Sucre N° 250, una vez en el interior, y luego de recorrer diferentes pasillos, sustrajo ocho pantalones, avaluados en la suma de $239.920 pesos, los cuales guardó entre sus vestimentas y en una mochila que portaba, traspasando las cajas registradoras de pago, sin pagar los productos, siendo detenido por los guardias de seguridad y dispuesto a disposición de Carabineros” Vistos, oídos y teniendo presente: Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, y la resolutiva es del siguiente tenor: Por estos

Fundamentos

fundamentos y además de lo prevenido en los artículos 1, 7, 11 Nº 9, 14, 15, 29, 30, 67, 69, 70, 446 N° 3 del Código Penal; artículos 36, 47, 340 y 388 del Código de Procesal Penal, ley 18.216

Fallo

se declara: I. Que se condena al encausado MANUEL ALEJANDRO BASCUÑÁN ALEGRÍA, ya individualizado, como autor del delito de Hurto Simple, en grado frustrado, hecho perpetrado en esta ciudad el día 17 de Junio de 2022, en perjuicio de la tienda Falabella, a sufrir la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, accesorias de suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena y al pago de una multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL. II. Que la pena de multa se le da por cumplida, con el mayor tiempo que ha estado privado de libertad por esta causa III. Que se le concede al sentenciado la pena sustitutiva de reclusión parcial domiciliaria nocturna, la que se cumplirá entre las 22:00 horas y las 06:00 horas de la mañana del día siguiente en su domicilio, debiendo solicitarse el informe de factibilidad técnica ante Gendarmería de Chile, abonándole al cumplimiento de la condena 3 días IV. Se declara que no se le condena al pago de las costas de la causa. Regístrese. Ejecutoriada que sea la presente sentencia, dese cumplimiento con lo prevenido en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Notifíquese. Dictada por Don Roberto Pinto Gutiérrez, Juez de Garantía de Viña del Mar. Código: GXMXXECKEBW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-04-20T13:56:08-0400

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA: Fecha Viña del Mar, dieciocho de abril de dos mil veintitrés RUC 2200593185-5 RIT 4682 - 2022 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA MANUEL ALEJANDRO BASCUÑÁN ALEGRÍA 0019919259-0 Sector VILLA LOS VALLES PASAJE VALLE DE COPIAPO Nº 3269 Puente Alto. HECHOS: “El 17 de junio de 2022, alrededor de las 14:00 horas aproximadamente, el imputado Manuel Alejandro Bascuñan Alegría, ingresó al inte

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