TORRES/SERVICIOS JMB SPA
Rol
O-7553-2020
Fecha
13 de diciembre de 2021
Materia
Despido indirecto
Resultado
No especificado
Hechos
ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 13 DE DICIEMBRE DE 2021 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 01 (VIRTUAL) RUC 20-4-0309412-K RIT O-7553-2020 MAGISTRADO GUILLERMO RODRIGUEZ ÓRDENES ADMINISTRATIVO DE ACTAS LUISA PORTUS ALCAÍNO HORA DE INICIO 11:17 HORAS HORA DE TÉRMINO 12:08 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 2040309412-K-1349-211213-00 PARTE DEMANDANTE MIRKO ANDRÉS TORRES MARTÍNEZ ABOGADO PARTE DEMANDANTE JOSÉ LUIS RAMÓN HURTADO BALMACEDA FORMA DE NOTIFICACIÓN EN AUDIENCIA PARTE DEMANDADA NO COMPARECIENTE SERVICIOS JMB SPA LOS MANZANOS S.A FORMA DE NOTIFICACIÓN ESTADO DIARIO ACTUACIONES EFECTUADAS: SI NO ORD (HECHO DE HABERSE EFECTUADO O NO, Y SU ORDEN) INCORPORA PRUEBA DEMANDANTE X OBSERVACIONES A LA PRUEBA, PARTE DEMANDANTE X TRIBUNAL DICTA SENTENCIA X Constancia Incomparecencia: Se deja constancia de la incomparecencia de las demandadas SERVICIOS JMB SPA y LOS MANZANOS S.A, que no comparecen a la presente audiencia ni tampoco a la audiencia preparatoria. Medios de Prueba: La parte demandante incorporó los siguientes medios de prueba: Documental: 1) Contrato de trabajo de fecha 2 de septiembre del 2019. 2) Certificado de pago de Cotizaciones de AFP Modelo de fecha 13 de noviembre del 2020. 3) Carta de autodespido de fecha 18 de noviembre del 2020. 4) Comprobante de envío de carta de autodespido. 5) Liquidación de remuneración desde mayo del 2020 a octubre del 2020. 6) Oficio conductor de carta de autodespido, presentado en Inspección del Trabajo con fecha 23 de noviembre del 2020 El Tribunal tiene por incorporada la prueba documental de la parte demandante. Confesional: Atendida la incomparecencia de las partes demandadas no comparecen al presente juicio los representantes legales, la parte demandante solicita se hagan efectivos los apercibimientos legales. Testimonial: La parte demandante se desiste de la prueba testimonial. Oficios: Se incorporan las re
Fundamentos
considerando para ello una remuneración de $801.865 (Ochocientos un mil ochocientos sesenta y cinco pesos), V. Que se ordenará el pago de las cotizaciones previsionales adeudadas en AFP Modelo de los meses de noviembre de 2019 hasta septiembre de 2020 ambos inclusive, considerando para ello una remuneración de $801.865 (Ochocientos un mil ochocientos sesenta y cinco pesos). VI. Que las sumas señaladas deberán ser pagadas con los intereses y reajustes legales, señalados en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo según corresponda VII. Que se condena en costas a las demandadas, regulándose estas en la suma de $100.000.- (Cien mil pesos) VIII. Ejecutoriada que se encuentre la presente sentencia cúmplase con lo dispuesto en ella, dentro de quinto día. En caso contrario, certifíquese dicha circunstancia y pasen los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió la audiencia y dictó la sentencia don Guillermo Rodríguez Órdenes, Juez Suplente del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, trece de diciembre de dos mil veintiuno.
Fallo
Por tanto, en virtud de lo expuesto, y de lo dispuesto en los artículos 3, 58, 63, 67, 71, 73, 160, 162, 163, 171, 172, 173, 420, 432, 453 y siguientes de Código del Trabajo, art. 19 del D.L. N°3500 y demás normas legales aplicables se declara: I. Que se acoge la demanda interpuesta por MIRKO ANDRES TORRES MARTINEZ en contra de SERVICIOS JMB SPA y en contra de LOS MANZANOS S.A. II. Que las demandadas constituyen una unidad económica, y por tanto se encuentran obligados solidariamente al pago de las indemnizaciones y prestaciones que a continuación se señalaran; III. Que el despido indirecto se encuentra justificado, y por tanto las demandadas deberán pagar las siguientes sumas por los conceptos que se indican: a) Indemnización sustitutiva de aviso previo por $801.865 (Ochocientos un mil ochocientos sesenta y cinco pesos), b) Indemnización por 1 año de servicios por $801.865 (Ochocientos un mil ochocientos sesenta y cinco pesos), c) Recargo del 50% por $400.932.- (Cuatrocientos mil novecientos treinta y dos pesos) d) Feriado legal por $534.560.- (Quinientos treinta y cuatro mil quinientos sesenta pesos) e) Feriado proporcional por $66.820.- (Sesenta y seis mil ochocientos veinte pesos) f) Remuneración adeudada de febrero de 2020 por $451.865.- (Cuatrocientos cincuenta y un mil ochocientos sesenta y cinco pesos), g) Remuneración adeudada de marzo 2020 por $694.928.- (Seiscientos noventa y cuatro mil novecientos veintiocho pesos) IV. Que el despido es nulo, y por tanto no ha te
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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 13 DE DICIEMBRE DE 2021 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 01 (VIRTUAL) RUC 20-4-0309412-K RIT O-7553-2020 MAGISTRADO GUILLERMO RODRIGUEZ ÓRDENES ADMINISTRATIVO DE ACTAS LUISA PORTUS ALCAÍNO HORA DE INICIO 11:17 HORAS HORA DE TÉRMINO 12:08 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 2040309412-K-1349-211
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