MEZA/
Rol
V-321-2017
Fecha
30 de julio de 2020
Materia
REGISTRO CIVIL, RECTIFICACIÓN PARTIDAS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 12 de octubre de 2017, comparece Janes Bel n Meza Garc a, c dulaé í é nacional de identidad N 19.903.290-9.-, domiciliada para estos efectos en Calle Vicar a° í N 2332, Villa Los Jardines de Rinconada, comuna de Maip , y expone: Que viene en° ú solicitar autorizaci n para cambiar su primer nombre inscrito Janes por Janis ,ó “ ” “ ” quedando inscrita en definitiva como Janis Bel n Meza Garc a.é í Funda su solicitud en la circunstancia que al momento de efectuar la inscripci nó de su nacimiento, por un error de digitaci n, qued inscrita con el primer nombreó ó Janes , en circunstancias que el nombre que realmente deseaban sus padres colocarle“ ” era Janis .“ ” Se ala que a pesar de ese error en su inscripci n de nacimiento, siempre hañ ó actuado en su entorno familiar y social, como Janis, siendo conocida desde hace m s deá 5 a os como Janis Bel n Meza Garc a, por lo que pide se acceda a la rectificaci n deñ é í ó partida en los t rminos solicitados.é El 1 de diciembre de 2017, se practic la publicaci n legal de rigor en el Diario° ó ó Oficial. Con fecha 19 de junio de 2018, se rindi informaci n sumaria de testigos.ó ó Con fecha 27 de febrero de 2020, se certific que no se dedujo oposici n a laó ó solicitud formulada en autos. Con fecha 9 de abril de 2020, el Servicio de Registro Civil e Identificaci n,ó evacu el informe de rigor.ó Con fecha 23 de julio de 2020, se trajeron los autos para fallo. CON LO RELACIONADO Y TENIENDO EN CONSIDERACION: PRIMERO: Que con fecha 12 de octubre de 2017, comparece Janes Bel né Meza Garc a, c dula nacional de identidad N 19.903.290-9.-, y expone: Que viene ení é ° solicitar autorizaci n para cambiar su primer nombre inscrito Janes por Janis ,ó “ ” “ ” quedando inscrita en definitiva como Janis Bel n Meza Garc a. é í Funda su solicitud en la circunstancia que al momento de efectuar la inscripci nó de su nacimiento, por un error de digitaci n, qued inscrita con el primer nombreó ó Janes , en circunstancias que el nom
Fundamentos
motivos plausibles, con nombres o apellidos, oá ñ ambos, diferentes de los propios, y c) En los casos de filiaci n no matrimonial o enó que no se encuentre determinada la filiaci n, para agregar un apellido cuando la personaó hubiera sido inscrita con uno solo o para cambiar uno de los que se hubieren impuesto al nacido, cuando fueren iguales. En los casos en que una persona haya sido conocida durante m s de cinco a os, con uno o m s de los nombres propios que figuran en suá ñ á partida de nacimiento, el titular podr solicitar que se supriman en la inscripci n, en laá ó de su matrimonio y en las de nacimiento y en las de nacimiento de sus descendientes menores de edad, en su caso, el o los nombres que no hubieren usado , por lo que…” cumpli ndose en la especie los presupuestos de la norma citada y lo dispuesto en losé art culos 17 y 18 de la Ley 4.808, sobre Registro Civil, , í
Fallo
SE DECLARA: Que se acoge la solicitud deducida en autos, y en consecuencia se ordena rectificar la partida de Nacimiento inscripci n N 3099, Registro S, del a o 1998, de laó º ñ circunscripci n del Servicio de Registro Civil e Identificaci n Santiago, correspondiente aó ó Janes Bel n Meza Garc a, c dula nacional de identidad N 19.903.290-9.-,é í é ° en el sentido de cambiar su primer nombre JANES por JANIS , q“ ” “ ” uedando inscrita en definitiva como “JANIS BEL N MEZA GARC AÉ Í ” Sirva una copia autorizada de la presente resoluci n, debidamente ejecutoriada,ó para requerir las inscripciones y subinscripciones que correspondan. Reg strese y dese copia en su oportunidad. í DICTADA POR DON JORGE L. MENA SOTO, JUEZ TITULAR. AUTORIZA DON MARIO LUIS ROJAS GALLEGUILLOS, SECRETARIO SUBROGANTE. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, treinta de Julio de dos mil veinte Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-07-30T12:48:48-0400
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 28 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-321-2017 CARATULADO : MEZA/ Santiago, treinta de Julio de dos mil veinte VISTOS: Con fecha 12 de octubre de 2017, comparece Janes Bel n Meza Garc a, c dulaé í é nacional de identidad N 19.903.290-9.-, domiciliada para estos efectos en Calle Vicar a° í N 2332, Villa Los Jardines de Rinconada, comuna de Maip , y ex
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