Juzgado de Garantía de La Calera.

LUIS FERNANDO MORALES AGUILERA C/ ADONIS ALEXIS DÍAZ CABRERA

Rol

O-102-2023

Fecha

18 de abril de 2023

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES., NEGATIVA A EFECTUARSE EXAMEN. ART. 195 BIS LEY DE TRANSITO

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 24 de Agosto de 2021, a las 18:00 horas aproximadamente, el requerido ADONIS ALEXIS DIAZ CABRERA condujo en estado de ebriedad el automóvil Placa Patente Única JXDB-43, y al llegar intersección de calle Josefina con calle Esmeralda, comuna de La Calera, producto de su estado de ebriedad y no estar atento a las condiciones del tránsito, choca con el cierre perimetral de un domicilio el cual se encontraba ubicado en calle Josefina a la altura del número 1163. Producto de lo anterior, el vehículo Placa Patente Única JXDB-43 resulto con daños en la parte delantera y el cierre perimetral del domicilio ubicado en calle Josefina N° 1163, comuna de La Calera resulto dañado. La ebriedad del requerido fue corroborada por personal policial al momento de solicitarle sus documentos, debido a su fuerte halito alcohólico, incoherencia al hablar y rostro congestionado, siendo sometido a examen respiratorio de alcotest, arrojando como resultado 1,95 gramos por mil de alcohol en la sangre, negándose posteriormente a realizarse la toma de muestra de sangre para la alcoholemia respectiva. VISTO Y OÍDOS LOS INTERVINIENTES: Se dan por reproducidas las actuaciones, alegaciones de las partes y lo expositivo y considerativo del fallo, todo lo Código: XFJGXEELXPV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl cual ha quedado íntegramente en el registro de audio de la audiencia celebrada.- Y visto además lo dispuesto en los artículos 1°, 3, 7, 15 n° 1, del Código Penal; artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal, artículos Ley 18.216, artículos de la Ley 18.290, se declara: I.- Que se condena a ADONIS ALEXIS DÍAZ CABRERA, Cédula Identidad 18.659.008-2, ya individualizado, a sufrir la pena de 41 días de prisión en su grado máximo, multa de una Unidad Tributaria Mensual, a accesoria legal suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, a la suspensión de la licencia de conducir por el period

Fallo

se declara: I.- Que se condena a ADONIS ALEXIS DÍAZ CABRERA, Cédula Identidad 18.659.008-2, ya individualizado, a sufrir la pena de 41 días de prisión en su grado máximo, multa de una Unidad Tributaria Mensual, a accesoria legal suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, a la suspensión de la licencia de conducir por el periodo de dos años, todo ello por su responsabilidad como autor del delito consumado de CONDUCCION ESTADO DE EBRIEDAD, cometido con fecha 24 de agosto de 2021, en territorio jurisdiccional de este Tribunal en la comuna de La Calera. II.- Que se condena a ADONIS ALEXIS DÍAZ CABRERA, Cédula Identidad 18.659.008-2, ya individualizado, a sufrir la pena de multa de una Unidades Tributarias Mensuales, a la suspensión de la licencia de conducir por el periodo de un mes, todo ello por su responsabilidad como autor del delito consumado de NEGATIVA A REALIZARSE EXAMEN RESPIRATORIO cometido con fecha 24 de agosto de 2021, en territorio jurisdiccional de este Tribunal en la comuna de La Calera. III.- Que reuniéndose en la especie los requisitos establecidos en el artículo 4° de la ley 18.216, se sustituye la pena por la remisión condicional, debiendo someterse a la Código: XFJGXEELXPV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl observación y vigilancia de la autoridad de Gendarmería de Chile correspondiente a su domicilio, esto es Centro de Reinserción Social de Quillota, por el términ

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO La Calera, dieciocho de abril de dos mil veintitrés. Hechos: El día 24 de Agosto de 2021, a las 18:00 horas aproximadamente, el requerido ADONIS ALEXIS DIAZ CABRERA condujo en estado de ebriedad el automóvil Placa Patente Única JXDB-43, y al llegar intersección de calle Josefina con calle Esmeralda, comuna de La Calera, producto de su estado de ebriedad y n

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