15º Juzgado Civil de Santiago

ZEBALLOS/

Rol

V-76-2020

Fecha

28 de julio de 2020

Materia

DONAR O INSINUACIÓN, AUTORIZACIÓN PARA

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Comparece don Guillermo Piedrabuena Keymer, abogado, en representaci n, seg n mandato judicial, de don Eduardo Mauricio Thenouxó ú Zeballos, ingeniero civil, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Apoquindo N 3669, comuna de Las Condes, y ste a su vez en° é representaci n seg n mandato de do a Adriana del Tr nsito Zeballosó ú ñ á lvarez, profesora, domiciliada en Sundbybergstor 1B, c digo postal 17276,Á ó Estocolmo, Suecia. Solicita que se autorice a la donante do a Adriana del Tr nsitoñ á Zeballos lvarez a donar en dominio en iguales partes, derechos y acciones,Á a don Fernando Adri n Poblete Zeballos, chileno, Jefe de Seguridad ená inform tica, soltero, c dula nacional de identidad N 6.692.173-5 y a do aá é ° ñ Paulina Loreto Poblete Zeballos, chilena, gerente de Recursos Humanos, c dula nacional N 6.692.172-7, soltera, ambos domiciliados ené ° Ekholmnasvagen 133 c digo postal n mero 18.164, Lidingo, Suecia, todosó ú domiciliados en Chile para estos efectos en Avenida Apoquindo N 3669,° Piso 16 , comuna de Las Condes, el inmueble ubicado en calle Sim n° ó Bol var N 7.159, que corresponde al sitio A-Uno del plano respectivo,í ° comuna de La Reina, Regi n Metropolitana, de acuerdo al plano archivadoó con el n mero 1252, 1252 A y B, y los derechos en proporci n al valor deú ó lo adquirido en uni n de los otros adquirentes en los bienes comunes entreó los cuales se encuentra el terreno, que corresponde al sitio quince y parte Foja: 1 del sitio catorce del sub lote dos de la manzana R de la poblaci n Laó Quintrala, que deslinda: Norte, en veinticinco metros con Avenida Sim n Bol var; Sur, en veinticinco metros con Chacra San Carlos; Oriente,ó í en ciento treinta y seis metros con sitio n mero diecis is; Poniente, en cientoú é treinta metros con sitio n mero catorce.- Parte del sitio catorce: Norte, enú cuatro metros con la parte del sitio catorce sublote dos que se anex deó acuerdo al plano referido al sitio n mero catorce sublote uno y en veinti nú

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que compareci don Guillermo Piedrabuena Keymer,ó abogado, en representaci n, seg n mandato judicial, de don Eduardoó ú Mauricio Thenoux Zeballos, ingeniero civil, y ste a su vez ené representaci n seg n mandato de do a Adriana del Tr nsito Zeballosó ú ñ á lvarez y solicita que se autorice a esta ltima a a donar en dominio enÁ ú iguales partes, derechos y acciones, a Fernando Adri n Poblete Zeballos y aá Paulina Loreto Poblete Zeballos, el inmueble ubicado en calle Sim nó Bol var N 7.159, que corresponde al sitio A-Uno del plano respectivo,í ° comuna de La Reina, Regi n Metropolitana, de acuerdo al plano archivadoó con el n mero 1252, 1252 A y B, y los derechos en proporci n al valor deú ó lo adquirido en uni n de los otros adquirentes en los bienes comunes entreó los cuales se encuentra el terreno, que corresponde al sitio quince y parte del sitio catorce del sub lote dos de la manzana R de la poblaci n Laó Quintrala, que deslinda: Norte, en veinticinco metros con Avenida Sim n Bol var; Sur, en veinticinco metros con Chacra San Carlos; Oriente,ó í en ciento treinta y seis metros con sitio n mero diecis is; Poniente, en cientoú é treinta metros con sitio n mero catorce.- Parte del sitio catorce: Norte, enú cuatro metros con la parte del sitio catorce sublote dos que se anex deó acuerdo al plano referido al sitio n mero catorce sublote uno y en veinti nú ú metros con sublote n mero uno del mismo sitio; Sur, en veinticinco metrosú con Chacra San Carlos, hoy otros propietarios; Poniente, en cincuenta y seis metros con sitio n mero trece de la Poblaci n Parque La Quintrala de laú ó comuna de La Reina; Oriente, en cincuenta y seis metros con sitio n meroú quince de la poblaci n antes se alada, por los fundamentos ya rese ados.ó ñ ñ Foja: 1 SEGUNDO: Que, el art culo 889 del C digo de Procedimientoí ó Civil establece los requisitos que debe contener la autorizaci n judicial paraó una donaci n que debe insinuarse y el art culo 890 del mismo estatuto legal,ó í prescribe que El tribunal, seg n la apreciaci n que haga de los particulares“ ú ó comprendidos en el art culo precedente, conceder o denegar laí á á autorizaci n, conforme lo dispone el art culo 1401 del C digo Civil.ó í ó ” TERCERO: Que, conforme se desprende del m rito de losé antecedentes documentales acompa ados, consistentes en: ñ a) Copias de la inscripci n de dominio vigente nombre de laó donante del inmueble ubicado en calle Carlos Lambert N 749,° comuna de La Serena. b) Escritura de compraventa otorgada en la notaria de don Jaime Morand Miranda, de fecha 10 de enero de 2000, repertorioé N 141-2000, mediante la cual la sucesi n don Luis Custodio° ó Alvarez Zeballos, Luis Custodio Alvarez Figueroa y Adelina Alvarez, cede y transfiere a la donante los derechos en el inmueble de calle Carlos Lambert N 749, comuna de la Serena.° c) Copias de dominio vigentes a nombre de la donante sobre la propiedad ubicada en Juan de Dios Peni, sin n mero antiguo,ú actual N 320, comuna de

Fallo

Por estas consideraciones, y de conformidad, adem s, con loá dispuesto en los art culos 150, 1401, 1411 y siguientes del C digo Civil yí ó 889 y 890 del C digo de Procedimiento Civil, ó SE DECLARA: I.- Que ha lugar a lo solicitado y en consecuencia, se concede a do a Adriana del Tr nsito Zeballos lvarez, la autorizaci n judicial parañ á Á ó donar en dominio en iguales partes, derechos y acciones, a don Fernando Adri n Poblete Zeballos y a do a Paulina Loreto Poblete Zeballos, elá ñ inmueble ubicado en calle Sim n Bol var N 7.159, de la comuna de Laó í ° Reina, inscrito a fojas cincuenta y cuatro mil ciento seis n mero ochenta yú ocho mil doscientos cincuenta y dos en el Registro de Propiedad de dos mil seis en el Conservador de Bienes Ra ces de Santiagoí II.- Que de acuerdo a lo informado por el Servicio de Impuesto Internos en el certificado N 103/2020, la presente donaci n se encuentra° ó afecta al pago del impuesto de Herencias y Donaciones contenido en la Ley 16.271.-, el cual se encuentra enterado en arcas fiscales mediante pago del denominado Giro y Comprobante de Pago de Impuestos y Multas Folios“ ” [007]: 4258629 y [007]:4258627, por un monto de $249.824 cada uno.- Reg strese, notif quese, dese copia y arch vese.í í í Rol V-76-2020 Pronunciada por do añ Paulina S nchez Campos, Juá ez Subrogante. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintiocho de Julio de dos mil veinte Foja: 1 Este documento

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Foja: 1 FOJA: 14 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 15 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-76-2020 CARATULADO : ZEBALLOS/ Santiago, veintiocho de Julio de dos mil veinte VISTOS: Comparece don Guillermo Piedrabuena Keymer, abogado, en representaci n, seg n mandato judicial, de don Eduardo Mauricio Thenouxó ú Zeballos, ingeniero civil, ambos domiciliados para estos efectos en Aveni

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