Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua.

MP C/ PATRICIO ISAAC VIVEROS VÁSQUEZ

Rol

O-302-2021

Fecha

17 de abril de 2023

Materia

ROBO POR SORPRESA.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Que con fecha once de abril recién pasado, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua, en sala integrada por los jueces señor Raúl Baldomino Díaz, –quien presidió-, señora Paola González López y señor César Torres Mesías, se llevó a efecto audiencia de juicio oral en la causa RIT N° 302- 2021, a través de la plataforma zoom, seguida por el Ministerio Público en contra de don Patricio Isaac Viveros Vásquez, por el delito de robo por sorpresa. La acusación fue sostenida por el Ministerio Público, representado por el Fiscal Adjunto de Rancagua don Jorge Escobar Fuenzalida, con domicilio registrado en el Tribunal. Por su parte, el acusado don Patricio Isaac Viveros Vásquez, cédula de identidad N°15.304.095-8, 22 años, nacido en Rancagua con fecha 1° de diciembre de 2000, soltero, operario de aseo industrial, con domicilio en pasaje Patria Joven N°310, Gultro, comuna de Rancagua, fue asistido por el defensor don Luis Díaz Guajardo, con domicilio registrado en el Tribunal. OIDOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Código: EGGDXEKCNDX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 PRIMERO: Acusación. Que el Ministerio Público formuló acusación penal en contra del acusado Viveros Vásquez por el siguiente hecho: “El día 28 de diciembre de 2020 siendo alrededor de las 11:20 horas la víctima de iniciales M.H.E.S se encontraba conduciendo su camioneta por calle cuevas con dirección al poniente y al pasar por Calle Astorga el imputado Patricio Isaac Viveros Vásquez aprovechando que la víctima mantenía su ventana del conductor con el vidrio abierto ingreso su cuerpo sustrayendo en forma sorpresiva su teléfono celular de la víctima marca Huawei modelo mate 20 correspondiente al N° 958810129 de la compañía Movistar, huyendo del lugar con la especie siendo seguido por la víctima quien en conjunto con Carabineros que se encontraban en el lugar procedieron a la detención, recuperando la especie que está avaluada en $300.000”. El Ministerio Público calificó los hechos como constitutivos del delito de robo por sorpresa, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso 2° del Código Penal, ilícito que se encuentra en grado de desarrollo consumado, correspondiéndole al acusado la participación en calidad de autor ejecutor directo e inmediato, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 15 N° 1 del Código Penal. Añadió que concurriría sólo la circunstancia atenuante del artículo 11 N°6 del Código Penal. Solicitó que se imponga al acusado Viveros Vásquez por el delito de robo por sorpresa, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso 2° del Código Penal, la pena de ochocientos dieciocho días de presidio menor en su grado medio, accesorias legales y las costas de la causa. Código: EGGDXEKCNDX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 3 SEGUNDO: Alegatos de apertura y clausura.- Que en su alegato de apertura, el Ministerio Público consignó que se acreditaría más allá de toda duda razonable que el día 28 de diciembre de 2020, en horas de la mañana, el acusado procedió a sustraer un teléfono celular desde el interior del vehículo de la víctima, aprovechando el tránsito lento que se produce en el centro de Rancagua, huyendo del lugar, siendo detenido por carabineros con la especie en su poder, por lo anterior, se solicita veredicto condenatorio. A su vez, en su alegato de clausura, indicó que la víctima conducía su vehículo por calle Cuevas cuando al llegar a la intersección de calle Astorga, el imputado introdujo su cuerpo al interior del vehículo y le sustrajo el celular, apropiándose de la especie, contra la voluntad de su dueño, con ánimo de lucro. A su juicio hay un acometimiento intempestivo, sujeto le arrebata la especie, sale corriendo y en su persecución le sigue la víctima, quien es auxiliada por carabineros ante sus gritos de alerta. Personal policial da cuenta de que al momento de la detención al acusado se le cae el teléfono celula

Fallo

se resuelve: I.- Que, se CONDENA al acusado PATRICIO ISAAC VIVEROS VÁSQUEZ, cédula de identidad N°15.304.095-8, en lo restante ya individualizado, por su responsabilidad como autor de un delito consumado de robo por sorpresa, previsto y sancionado en el artículo 436, inciso 2, en relación al artículo 432, ambos del Código Penal, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍA de presidio menor en su grado medio y accesorias legales del artículo 30 del Código Penal, esto es suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, ilícito cometido el día 28 de diciembre de 2020, en la comuna de Rancagua, en perjuicio de Luis Elmes Soto. II.- Que se le sustituye al sentenciado Patricio Isaac Viveros Vásquez la pena privativa de libertad impuesta por la de REMISIÓN CONDICIONAL, regulada en los artículos 3° y 4° de la Ley 18.216, reformada por la Ley 20.603, y en consecuencia quedará sujeto a la discreta observación y asistencia de Gendarmería de Chile de Rancagua, durante el lapso de 541 días. Deberá mantener durante ese tiempo residencia en un lugar determinado; además de ejercer una profesión u oficio remunerado, debiendo observar lo previsto en el artículo 5° de la citada ley. El sentenciado deberá presentarse al Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile respectivo, dentro del plazo de cinco días, contados desde que esta sentencia estuviere firme y ejecutoriada, bajo apercibimiento de despacharse orden de Código: EGGDXEKCNDX Este documento tiene firma electr

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1 Materia: Robo por Sorpresa RUC: 2001296645-9 RIT: 302-2021 __________________________/ Rancagua, a diecisiete de abril de dos mil veintitrés. VISTOS Que con fecha once de abril recién pasado, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua, en sala integrada por los jueces señor Raúl Baldomino Díaz, –quien presidió-, señora Paola González López y señor César Torres Mesías, se llevó a

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