Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán.

MINISTERIO PUBLICO FISCALIA LOCAL C/ MAURICIO ANTONIO CONCHA ARANEDA

Rol

O-306-2022

Fecha

17 de abril de 2023

Materia

OCULTAMIENTO DE PLACA PATENTE (ART. 192 LETRA E), PORTAR ELEMENTO CONOCIDAMENTE DESTINADOS COMETER DELITO ROBO, RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS, ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION., TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos materia de la acusación fiscal, según se lee en el auto de apertura de juicio oral, fueron los siguientes: HECHO 1 El día 05 de marzo del año 2021, entre las 15:00 y 16:30 horas aproximadamente, los imputados MAURICIO ANTONIO CONCHA ARANEDA, ÓSCAR RICARDO CRUCES CASTILLO y CRISTIÁN HUMBERTO DE LA JARA CURIQUEO, concurrieron hasta el domicilio ubicado en pasaje Sevilla Nro. 1070, Villa Barcelona, de la comuna de Chillán, de propiedad de don David Eduardo Manríquez Sanhueza. Hasta ese lugar se trasladaron en un vehículo, marca Mitsubishi, modelo Outlander, color blanco y, se estacionaron en las afueras del Código: XZVVXEXVJBX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 mencionado inmueble, procediendo a forzar con un elemento contundente, similar a un destornillador, la puerta de acceso principal del referido recinto, sustrayendo diversos artículos electrónicos, joyas y perfumes, avaluados en la suma de $4.000.000, dándose posteriormente a la fuga. HECHO 2 El mismo día 05 de marzo del año 2021, después de ejecutado el hecho relatado en el apartado anterior, los imputados MAURICIO ANTONIO CONCHA ARANEDA, ÓSCAR RICARDO CRUCES CASTILLO, y CRISTIÁN HUMBERTO DE LA JARA CURIQUEO concurrieron hasta el inmueble ubicado en calle Juan Francisco González, pasaje 9, casa 248, Villa el Portal del Libertador, comuna de Chillán, de propiedad de doña Valeria Palma Retamal. Para acceder a dicho inmueble, procedieron a forzar la chapa de la puerta principal con un elemento contundente, similar a un destornillador o un “diablito” y, desde el interior, sustrajeron diversas prendas de vestir, avaluadas todas en la suma de $500.000, dándose posteriormente a la fuga. HECHO 3 El mismo día 05 de marzo del año 2021, entre las 17:20 y 18:40 horas, los imputados MAURICIO ANTONIO CONCHA ARANEDA, ÓSCAR RICARDO CRUCES CASTILLO, y CRISTIÁN HUMBERTO DE LA JARA CURIQUEO concurrieron hasta el Pasaje Alberto Orrego Nro. 139, de la Vill

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que durante los días 3, 4, 5, 6 y 12 de abril de dos mil veintitrés, ante esta Segunda Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán, integrada por los jueces titulares Raúl Romero Sáez, quien la presidió, Juan Pablo Lagos Ortega, como integrante y Jorge Muñoz Guíñez, como redactor, se llevó a efecto el juicio oral para conocer de la acusación dirigida en contra de MAURICIO ANTONIO CONCHA ARANEDA, cédula nacional de identidad N°13.834.127-5, de 43 años, soltero, comerciante, domiciliado en Calle Blanco Sur, Pedro de Valdivia Bajo Nº 296, Concepción; quien se encuentra privado de libertad en causa diversa en calidad de rematado en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Bio Bio; CRISTIAN HUMBERTO DE LA JARA CURIQUEO, cédula nacional de identidad N°15.613.214-4, de 39 años, soltero, comerciante, domiciliado en Calle Koster, Pedro de Valdivia Bajo Nº 93, Concepción; OSCAR RICARDO CRUCES CASTILLO, cédula nacional de identidad N°13.620.556-0, de 43 años, soltero, comerciante, domiciliado en Calle Punta Capitanes Block 1321 Depto. 306 Centinela I s/n, Talcahuano; ambos se encuentran privados de libertad en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Chillán; y FRANCISCA ALEJANDRA SILVA QUINTANA, cédula nacional de identidad N°19.907.519-5, de 26 años, soltera, dueña de casa, domiciliada en Sector Boca Sur, Pasaje 18 Casa Nº 542, San Pedro de la Paz, quien se encuentra privada de libertad en causa diversa en calidad de rematada en el Complejo Penitenciario Concepción. Los acusados Concha, de la Jara y Cruces fueron representados por la Defensoría Penal Pública, abogado Nicolás Castillo Cruz, domiciliado en Arauco N°343, Chillán; y la acusada estuvo representada por el defensor particular Juan Claudio Sandoval Toledo, domiciliado en Barros Arana N°1668, oficina 308, Concepción. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, representado por el fiscal Álvaro Hermosilla Bustos, domiciliado en Avenida O”Higgins N°180, Chillán. SEGUNDO: Acusación. Que, los hechos materia de la acusación fiscal, según se lee en el auto de apertura de juicio oral, fueron los siguientes: HECHO 1 El día 05 de marzo del año 2021, entre las 15:00 y 16:30 horas aproximadamente, los imputados MAURICIO ANTONIO CONCHA ARANEDA, ÓSCAR RICARDO CRUCES CASTILLO y CRISTIÁN HUMBERTO DE LA JARA CURIQUEO, concurrieron hasta el domicilio ubicado en pasaje Sevilla Nro. 1070, Villa Barcelona, de la comuna de Chillán, de propiedad de don David Eduardo Manríquez Sanhueza. Hasta ese lugar se trasladaron en un vehículo, marca Mitsubishi, modelo Outlander, color blanco y, se estacionaron en las afueras del Código: XZVVXEXVJBX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 mencionado inmueble, procediendo a forzar con un elemento contundente, similar a un destornillador, la puerta de acceso principal del referido recinto, sustrayendo diversos artículos electrónicos, joyas y perfumes, a

Fallo

por estas personas, no se levanta huella, no hay evidencia de interés criminalístico. No hay cámaras como indicio, evidente, se hacen ver registros audiovisuales, las cámaras no permiten ver personas que van en ese vehículo, los mismos imputados debieron ir en ese mismo vehículo, pero no se muestran, hay una víctima cree Marlon Labra que señala que luego que se comete el delito se cruza con ese vehículo y personas a bordo, no da características, la posibilidad de extraer pruebas de parte de testigos no se logra. En relación a este mismo hecho se trata de hacer ver que como fue encontrado un Wii vincularía a imputados con ese ilícito, el funcionario policial no ve al momento que los imputados Concha y Cruces hayan ingresado o salido del domicilio de Colón, más allá de estar allí esas especies no se puede vincular con hecho a Juana Fuentes. En relación al hecho 9 mismo razonamiento, en Talcahuano, no se visualiza a nadie, solo escuchas ilegalmente obtenidas. Hay falta de pruebas. Código: XZVVXEXVJBX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 13 Respecto a los hechos de Chillán un solo razonamiento, falta de participación, misma tónica, en hechos 1, 2, 3, 4 y 5, nadie visualiza a imputados entrar, salir, adentro, desde ese punto de vista no se puede establecer participación. El dato que aporta testigo del hecho 5, Camilo, hace ejercicio de reconocimiento reconoce a una persona que sería De La Jara, pero lo cierto es que

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1 C/ MAURICIO ANTONIO CONCHA ARANEDA CRISTIAN HUMBERTO DE LA JARA CURIQUEO OSCAR RICARDO CRUCES CASTILLO FRANCISCA ALEJANDRA SILVA QUINTANA ROBO EN LUGAR DESTINADO A LA HABITACIÓN RECEPTACIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO USO DE PLACA PATENTE FALSA O ADULTERADA PORTAR ELEMENTOS CONOCIDAMENTE DESTINADOS A COMETER DELITO DE ROBO TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS ARTÍCULOS 440, 445 Y 456 BIS A DEL CÓDIGO PENAL ARTÍ

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