Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Linares.

MP C/ ALEJANDRO ANTONIO CABRERA VALDES

Rol

O-103-2019

Fecha

15 de abril de 2023

Materia

ABIGEATO., OTROS DELITOS DE LA LEY DE CONTROL DE ARMAS (LEY 17.798), POSESIÓN, TENENCIA O PORTE DE ARMAS SUJETAS A CONTROL, PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS)., ROBO CON VIOLENCIA. ART.433, 436 INC. 1:, 438 Y 439., ROBO EN LUGAR NO HABITADO., TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4)., TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que, durante los días diez de marzo al cuatro de abril del presente año, ante la Primera Sala del Tribunal del Juicio Oral en lo Penal de esta ciudad, integrada por los magistrados Claudia Mora Cuadra, quien la preside; Cristian Adriazola Jeria y Mauricio Leyton Salas, se llevó a efecto la audiencia del juicio oral, seguida contra los siguientes acusados exponiéndolos agrupados en razón de quienes asumieron sus respectivas defensas y del orden en que intervinieron durante el desarrollo del mismo: I.) 1.- JUAN PABLO YÁÑEZ CARTER, chileno, cédula nacional de identidad N°12.789.722-0, nacido 09 de julio de 1974, con domicilio en Sector la Faja S/N°, Villa Alegre ,. Código: PXTMXEJWLYT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2- MATÍAS ANDRÉS NOVOA NOVOA, chileno, barbero cédula nacional de identidad N° 18.982.824-1 domiciliado en Estación Villa Alegre fundo Las Ramadas sin número de la comuna de Villa Alegre, ambos asistidos por el defensor penal público Francisco Vargas Villalobos; II.) 3.- GERMÁN ANTONIO TORO VALDÉS, chileno, temporero, cédula nacional de identidad N°18.981.981-1, nacido el 08 de marzo de 1995 domiciliado en Sector San Gabriel S/N°, comuna de Longaví; 4.- DANIEL ALEJANDRO HERMOSILLA chileno, temporero, nacido el 17 de agosto de 1987, domiciliado en calle Delfín del Valle, N°39 de la Población Guadalupe, comuna de Linares, 5) JHONNY HÉCTOR BOBADILLA ANTÚNEZ, chileno, técnico en contabilidad, cédula nacional de identidad N°17.146.636-9, nacido el 18 de julio de 1988, domiciliado en Valle de Villa Alegre, Pasaje Andrea Villalobos N° 491, de la misma comuna de Villa Alegre, quienes asisten representados por la abogada defensora privada doña Carmen Greco Burgos. III.- 6) NEMESIO ANTONIO MEZA PARADA, chileno, mecánico, cédula nacional de identidad N°17.447.597-0, nacido el 06 de mayo de 1989, con domicilio en Población Felipe Camiroaga Pasaje Carmela Rojas Nº 1141, comuna de Villa Alegre

Fundamentos

fundamentos de esta decisión. HECHO 11 :De acuerdo a las escuchas telefónicas , se había estado investigando al Sr. Novoa por desarrollar conductas delictivas de tráfico de sustancias ilícitas coordinado con un tercero apodado “ el pollo”. , como se escucha en la OMP, contenidas dentro del informe 340.Por ello el No se justifica que este no sea número telefónico por ello El 06 de febrero de 2020, alrededor de las 22:30 horas a MATÍAS NOVOA NOVOA, fue sometido a un control de identidad siendo sorprendido portando cincuenta y dos (52) envoltorios de papel contenedores de Código: PXTMXEJWLYT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl cocaína base, con peso bruto de 30,59 gramos, $6.000 (seis mil pesos) en dinero efectivo de baja denominación y un teléfono color azul marca MOTOROLA. Posteriormente, mediante la entrada y registro autorizado al domicilio del imputado NOVOA NOVOA ubicado en Villa Los Conquistadores, Pasaje Inés de Suárez N° 0995 de Linares, se encontró: • un total de 480,69 gramos de cocaína base, bajo su poder destinada para su venta • una escopeta marca CBC, serie N° 1386883, calibre 16, con encargo por robo desde el 18 de mayo de 2005, de la cual no contaba con autorización competente para su tenencia, lo que es confirmado por la prueba documental Informe de Carabineros de fecha 11-08-2020, en el cual se indica” NO tiene armas inscritas y NO registra permiso de porte de armas de fuego. • dos cartuchos del mismo calibre • cuatro (4) teléfonos celulares, • ocho (8) envoltorios de papel con el mismo contenido de estupefaciente con peso bruto de 8,46 gramos • un plato y una cuchara con cocaína base en proceso de secado con peso bruto de 8,59 gramos • otro plato con una sustancia blanca con peso bruto de 14,10 gramos • $81.680 (ochenta y siete mil seiscientos ochenta pesos) en dinero efectivo • además de elementos de dosificación consistentes en dos cuadernos, tijeras, bolsas para dosificación, un colador, cuchillos y cucharas con restos de droga • en el segundo piso ciento sesenta y nueve (169) envoltorios de papel cuadriculado de color blanco con cocaína base con peso bruto de 30,59 gramos • una bolsa con la misma sustancia, con peso bruto de 417,64 gramos, haciendo un total de 480,69 gramos. Toda la sustancia estaba destinada a su comercialización . En relación a las alegaciones formuladas por el ABOGADO defensor Francisco Vargas, respecto a la legalidad o ilegalidad del uso de la interceptación de las llamadas telefónicas, de la prórroga, a través de las escuchas que se presentan para acreditar esto, del cual se deriva su detención, indicando en lo esencial que número, 987014458 de Matías Código: PXTMXEJWLYT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Novoa , no estaría renovado porque no aparece dentro del listado de los números telefónicos, solicitados por la fiscalía para ser interceptados. Consecuentemente con ello

Fallo

Por tanto, acá no hay diligencias espurias o ilegales. En todo caso, el vehículo se revisó después de contar con la autorización del Juzgado de Garantía. Refirió que, finalmente, posterior a este hecho, cuando Cabrera, Vallejos, Garrido y Gómez estaban privados de libertad por el robo con violencia de Putagán, se comete un hecho 7 u 8 en Cunaco, donde la participación cabe a Johnny Bobadilla y a Matías Novoa, quienes se ponen de acuerdo para ir a un lugar para cometer un robo y en esta conversación también hay cuestiones específicas verificadas por la Policía de Investigaciones. Se habla de una luz roja, de una motobomba tapada con malla, de una escalerita, de manzanales, y en la declaración de Ampuero se pudo verificar el trayecto que tuvieron que transitar, dónde se llevaron las especies, un coloso que dejaron en la vía publica en que cargaron lo sustraído desde un container, similar al hecho de San Juan, con herramientas, monturas y otras especies, algunas de ellas recuperadas y reconocidas por las víctimas. También en este hecho se dan las características de los otros, conversaciones que vinculan un determinado lugar, un determinado hecho y delito, con esas interceptaciones telefónicas. Destacó que cree que la gran debilidad de la investigación fue en relación con los delitos de receptación porque no los pudieron establecer por imprecisiones en las declaraciones de los funcionarios en orden a señalar cuál fue la especie sustraída que fue encontrada en tal Código: PXTMXE

Texto Completo (Preview)

PODER JUDICIAL TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL LINARES CONTRA : ALEJANDRO ANTONIO CABRERA VALDES, GERMAN ANTONIO TORO VALDES, DANIEL ALEJANDRO HERMOSILLA ROSALES, JHONNY HECTOR BOBADILLA ANTUNEZ, NEMESIO ANTONIO MEZA PARADA, JUAN PABLO YAÑEZ CARTER, VICTOR HUGO GARRIDO VALLEJOS, MIGUEL ALEJANDRO GÓMEZ MUÑOZ y MATÍAS ANDRÉS NOVOA NOVOA DELITO : ABIGEATO, ROBO EN LUGAR NO HABITADO, ROBO CON VIOL

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