Juzgado de Garantía de Rancagua.

MP C/ JORGE ALBERTO PALACIOS CERDA

Rol

O-2434-2021

Fecha

14 de abril de 2023

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos de la acusación y los antecedentes de la investigación y se procede bajo las reglas del procedimiento abreviado. Circunstancias modificatorias de responsabilidad penal: Artículo 11 N° 9 del Código Penal vía artículo 407 del Código Procesal Penal. Procedimiento Abreviado. Hechos: El día 23 de marzo del año 2021, aproximadamente a las 11.21 horas, en las inmediaciones del Complejo Penitenciario de esta ciudad ubicado en la Gonzalina sin número Rancagua, el imputado JORGE PALACIOS CERDA mantenía en su poder 2 bolsas de nylon contenedoras de una sustancia vegetal de color y olor similar a la cannabis sativa que al aplicar las pruebas de campo respectivas arrojaron coloración positiva ante la presencia de THC con un peso de 99,5 gramos y 15,3 gramos respectivamente. Sentencia: Rancagua, catorce de abril de dos mil veintitrés. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 N° 9, 14, 15 N° 1, 24, 30, 49 y 70 del Código Penal, artículos 1 y 4 de la Ley 20.000, y lo dispuesto en los artículos 36, 38, 47, 297, 406, 407, 409, 410, 412 y 413 del Código Procesal Penal, se resuelve: I.- Que se CONDENA A JORGE ALBERTO PALACIOS CERDA, ya individualizado, A LA PENA DE QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, MULTA DE DIEZ UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES y a las accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como AUTOR del delito CONSUMADO de TRÁFICO ILÍCITO DE PEQUEÑAS CANTIDADES DE DROGAS O SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES O PSICOTRÓPICAS, el cual se encuentra previsto y sancionado en el artículo 4 en relación con el artículo 1, ambos de la Ley 20.000, ilícito cometido el día 23 de marzo del 2021 en la comuna de Rancagua. II.- Que tanto la pena privativa de libertad como pecuniaria indicada en el número uno de la parte resolutiva precedente, se tendrán

Fallo

se resuelve: I.- Que se CONDENA A JORGE ALBERTO PALACIOS CERDA, ya individualizado, A LA PENA DE QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, MULTA DE DIEZ UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES y a las accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como AUTOR del delito CONSUMADO de TRÁFICO ILÍCITO DE PEQUEÑAS CANTIDADES DE DROGAS O SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES O PSICOTRÓPICAS, el cual se encuentra previsto y sancionado en el artículo 4 en relación con el artículo 1, ambos de la Ley 20.000, ilícito cometido el día 23 de marzo del 2021 en la comuna de Rancagua. II.- Que tanto la pena privativa de libertad como pecuniaria indicada en el número uno de la parte resolutiva precedente, se tendrán por SUFICIENTEMENTE CUMPLIDAS, atendido el periodo que el imputado permaneció privado de libertad a consecuencia de la presente causa, conforme a la certificación que consta en la causa, de fecha 10 de noviembre del 2022. III.- Que se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa. IV.- En uso de las facultades de oficio del artículo 17 de la Ley 19.970 y ejecutoriada que sea esta sentencia, el sentenciado deberá proporcionar una muestra de ADN para la Código: SQTJXEQTFZT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Juzgado de Garantía de Rancagua Avda. Libertador Bernardo O´Higgins # 720 Fono: 72 220 77 00 jgrancagua@pjud.cl / www.poderjudicial.cl incorporación en el Regi

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Juzgado de Garantía de Rancagua Avda. Libertador Bernardo O´Higgins # 720 Fono: 72 220 77 00 jgrancagua@pjud.cl / www.poderjudicial.cl ACTA DE AUDIENCIA catorce de abril de dos mil veintitrés. Ruc: 2100278589-4 Rit: 2434 - 2021 Hora Inicio: 11:47 Hora Término: 12:07 Juez: FELIPE IZQUIERDO PARGA Tipo de Audiencia: Procedimiento abreviado Imputado: Jorge Alberto Palacios Cerda C.I. N° 15.465.976-5

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