FRANCIA ANDREA CARRILLO ALARCON C/ VÍCTOR ESTEBAN PINO VALDÉS
Rol
O-3231-2022
Fecha
13 de abril de 2023
Materia
ROBO POR SORPRESA.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos establecidos en la sentencia: El día 03 de mayo del año 2022, aproximadamente a las 20:10 horas en circunstancias que la víctima F.A.C.A., transitaba en un bus de locomoción colectiva por calle Sargento Menadier en dirección al oriente al llegar al paradero que se ubica en calle Bolivia, Puente Alto, lugar donde se detiene el bus que la trasladaba, el imputado VÍCTOR ESTEBAN PINO VALDÉS de manera sorpresiva, procede a arrebatar con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño el teléfono que la víctima llevaba en su manos, para apropiarse de dicha especie para luego descender del autobús huyendo con la especie en su poder, la cual corresponde a un teléfono celular marce Redmi modelo 9 de color negro avaluado por la víctima en la suma de $ 200.000.- pesos. Circunstancias modificatorias de responsabilidad penal: Se reconoce la atenuante de responsabilidad del artículo 11 N° 9 del Código Penal. SENTENCIA PARTE RESOLUTIVA: Puente Alto, trece de abril de dos mil veintitrés. Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 Nº 9, 14, 25, 30, 50, 67 y 436 inciso 2° del Código Penal; artículos 406 y siguientes del Código Procesal Penal; y Ley 18.216; SE RESUELVE: I.- Que, se condena a VÍCTOR ESTEBAN PINO VALDÉS, C.I. N° 17.384.288- 0, ya individualizado, como autor del delito consumado de ROBO POR SORPRESA, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso segundo del Código Penal, por los hechos acaecidos en la comuna de Puente Alto, el día 03 de mayo de 2022, a la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO; y a la pena accesoria legal de suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena. II.- Que, respecto del sentenciado reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 8 de la Ley N°18.216 se le sustituye el cumplimiento de la pena privativas de libertad impuesta por la pena de RECLUSIÓN PARCIAL, y teniendo un día de abono por el día privado de libertad por esta causa, el día 04 d
Fallo
Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 Nº 9, 14, 25, 30, 50, 67 y 436 inciso 2° del Código Penal; artículos 406 y siguientes del Código Procesal Penal; y Ley 18.216; SE RESUELVE: I.- Que, se condena a VÍCTOR ESTEBAN PINO VALDÉS, C.I. N° 17.384.288- 0, ya individualizado, como autor del delito consumado de ROBO POR SORPRESA, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso segundo del Código Penal, por los hechos acaecidos en la comuna de Puente Alto, el día 03 de mayo de 2022, a la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO; y a la pena accesoria legal de suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena. II.- Que, respecto del sentenciado reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 8 de la Ley N°18.216 se le sustituye el cumplimiento de la pena privativas de libertad impuesta por la pena de RECLUSIÓN PARCIAL, y teniendo un día de abono por el día privado de libertad por esta causa, el día 04 de mayo de 2022, por lo que corresponde cumplir un total de 60 días bajo la modalidad de la reclusión nocturna, consistente en el encierro en el domicilio del condenado ubicado en Pasaje Londres N° 3416, de la comuna de Puente Alto, entre las 22:00 horas de cada día y las 06:00 horas del día siguiente, teniendo en consideración el informe de factibilidad técnica Código: BXYDXEXXVTT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl favorabl
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Individualización de Audiencia de Procedimiento abreviado.. Fecha Puente Alto., trece de abril de dos mil veintitrés Magistrado MARÍA JOSÉ ARAYA SAAVEDRA Fiscal PAULA GONZALEZ Defensor ANGELICA GUAJARDO Hora inicio 09:17AM Hora termino 09:38AM Sala SALA 1 Tribunal Juzgado de Garantía de Puente Alto Acta RSC RUC 2200428189-K RIT 3231 - 2022 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA VÍCTOR ESTEBAN PINO
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