Juzgado de Garantía de Temuco.

FERNANDO JAVIER BARRAZA LUENGO C/ JEAN PIERRE DELANOE CAMPOS

Rol

O-1577-2020

Fecha

14 de abril de 2023

Materia

DELITOS QUE CONTEMPLA EL CODIGO TRIBUTARIO.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: OIDOS LOS INTERVINIENTES Y

Fundamentos

CONSIDERANDO PRIMERO: Que en proceso RIT 4 - , sobre delito contemplado en el ARTÍCULO Nº 4 INCISO SEGUNDO Y FINAL DEL CODIGO TRIBUTARIO ante este Juzgado de Garantía de Temuco, doña CAMILA FERANDEZ RODRIGUEZ, Fiscal Adjunto (S) de Temuco, con domicilio registrado en el Tribunal, en representación del Ministerio Público y don LUIS MOYA GONZALEZ, abogado, por el Servicio de Impuestos Internos, presentaron acusación y adhesión a la acusación verbal contra los imputados en esta causa, JEAN PIERRE DELANOE CAMPOS, cédula nacional de identidad N° 15.551.975-6, domiciliado en calle Inés de Suarez N° 940, Temuco y PAMELA IRENE CAMPOS QUEZADA, cédula nacional de identidad N° 15.244.163-0, domiciliada en camino a Curacautín, Sector Montaña Recortada, kilómetro 15; ambos representados por el Abogado Defensor Privado ALEXIS GÓMEZ VALDIVIA, domiciliado en Temuco, en los siguientes términos: A) ACUSACION DEL MINISTERIO PÚBLICO: LOS HECHOS. En Temuco, durante los periodos tributarios mensuales comprendidos desde septiembre del año 2017 a febrero del año 2018, la empresa SOTRADEL SPA, RUT 76.767.614-K, representada legalmente por el acusado JUAN PIERRE DELANOE CAMPOS, prestó servicios de transporte de carga, siendo sus principales clientes las sociedades EMBONOR S.A, EMBONOR EMPAQUE S.A y COCA COLA EMBONOR S.A, las que forman parte del grupo societario EMBONOR. En dicho contexto, durante el periodo ya indicado, la contribuyente SOTRADEL SPA registró y declaró en sus Formularios N°29, sobre Declaración Mensual y Pago Simultáneo de Impuesto, 12 facturas falsas, generando un perjuicio fiscal al Impuesto de Ventas y Servicios, que actualizado a julio del año 2019 asciende a - A su vez, en el mes de abril del año 2016 la acusada PAMELA IRENE CAMPOS QUEZADA constituyó la sociedad SOTRADEL SPA, RUT 76.846.339-5, mismo nombre Código: FVXRXEWXKPT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl de la anterior, pero con otra persona jurídica, siendo ella su representante legal. Con esta empresa la acusada CAMPOS QUEZADA dio continuidad a los servicios de transporte de carga, que prestaba la empresa representada por DELANOE CAMPOS. Es del caso que SOTRADEL SPA, representada por la acusada CAMPOS QUEZADA, durante los periodos comerciales comprendidos entre abril y diciembre del año 2018, registró y declaró sus respectivos Formularios N°29, sobre Declaración Mensual y Pago Simultáneo de Impuestos, montos de Crédito Fiscal IVA amparados en 286 facturas falsas, generando un perjuicio fiscal al Impuesto a las Ventas y Servicios, que actualizado al mes de julio del año 2019 asciende a 4 4 De esta manera, ambos acusados aumentaron indebidamente el Crédito Fiscal IVA, declarado en los respetivos Formularios N°29 – sobre Declaración Mensual y Pago Simultáneo de Impuestos- al incorporar montos amparados en un total de 298 facturas falsas, emitidas por 7 supuestos proveedores; documentos tributarios que dan cuenta de operaciones

Fallo

fallo de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Temuco Rol Corte 748-2019 que se refieren a la especialidad de la norma del artículo 97 N° 4 del Código Tributario, respecto de la determinación de multa, el que debe primar sobre el artículo 70 del Código Penal. Agrega, en relación a los bienes que registra el Servicio de Impuestos Internos: DELANOE CAMPOS: vehículo placa patente JH7537 año 2011, tracto camión patente TF70546, vehículos patentes WH6642, VR5575 y TG3204. Por su parte, PAMELA registra un bien raíz a su nombre avaluado en 93.034.538, un station wagon placa patente GLWL58 avaluado en 22.875.000 y un station wagon patente ALFB62 avaluado en 21.900.000.- Agrega, que no se pidió la multa adicional del artículo 97 N° 4 del inciso 5° del Código Tributario. Finalmente, hace referencia a la ley 21.210 del 24 de febrero de 2020. CUARTO: Que, los antecedentes mencionados tanto por el Ministerio Público como por el querellante, conocidos y aceptados por la Defensa y sus representados son los siguientes: Las declaraciones y actuaciones que constan en la investigación fiscal se síntesis son las siguientes: I.- TESTIGOS: 1.- NELSON ALEJANDRO BILBAO VERA, peoneta, RUT 14.365.771-k, domiciliado en calle Cesar Ercilla N°1008 de la ciudad de Osorno, quien declaró sobre la existencia de la Sociedad Agrícola y Comercial la Estrella SPA; vínculos con los acusados, solicitudes que estos le formularon, entre otros antecedentes de interés criminalístico. 2.- SEBASTIAN MERLET VARGAS, fu

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RUC : - RIT : . - MATERIA : DELITO ART Nº 4 INCISO SEGUNDO y FINAL DEL CODIGO TRIBUTARIO. IMPUTADOS : JEAN PIERRE DELANOE CAMPOS y PAMELA IRENE CAMPOS QUEZADA. RESOLUCIÓN : SENTENCIA PROCEDIMIENTO : ABREVIADO Temuco, catorce de abril de dos mil veintitrés. VISTO: OIDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO PRIMERO: Que en proceso RIT 4 - , sobre delito contemplado en el ARTÍCULO Nº 4 INCISO SEGUNDO

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