Juzgado de Garantía de Punta Arenas.

CARABINEROS DE CHILE C/ DIANA PAZ PÉREZ PISANI

Rol

O-1306-2022

Fecha

11 de abril de 2023

Materia

CULTIVO/COSECHA ESPEC.VEGETALES PRODUCTORAS ESTUPEF.(ART.8.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 03 de septiembre de 2020, cerca de las 07:30 horas, personal de la Sección OS7 de Punta Arenas de Carabineros de Chile en virtud de antecedentes que se mantenían en cuanto a la existencia de droga ilícita, específicamente del genero cannabis sativa, concurrió al domicilio de la imputada DIANA PAZ PÉREZ PISANI, ubicado en Pasaje San Gall N°0753, Villa Suiza, de esta ciudad, ingresando al interior del mismo previa autorización voluntaria por parte de la propietaria del inmueble, quienes una vez en el interior, se percataron que en una dependencia destinada a dormitorio de la imputada, había un sistema de cultivo indoor con su respectivo equipamiento, encontrando en el interior del mismos ocho plantas del genero cannabis sativa en proceso de crecimiento. Asimismo, se encontró una caja de cartón, que en su interior mantenía sustancia vegetal de color verdoso en proceso de secado, que sometida a la aprueba de campo respectiva arrojo coloración positiva para THC, y cuyo peso fue de 55 gramos con 800 miligramos. De esta manera, la imputada poseía en su domicilio plantas del género cannabis sativa sin la autorización legal que exige la Ley N°20.000.- para el cultivo, siembra y/o cosecha. Transcripción de las citas legales y parte resolutiva de la sentencia dictada en audiencia y que se encuentra en el registro de audio del tribunal. Punta Arenas, once de abril de dos mil veintitrés. Por estas razones y de acuerdo a lo previsto en las normas legales citadas y lo establecido en los artículos : 1, 3, 5, 11 N°6, 14 N°1, 15 N°1, 21, 25, 30, 50, 70 del Código Penal; artículo 1, 8, 50 de la Ley N°20.000; articulo 388 y siguiente del Código Procesal Penal; y disposiciones pertinentes de la Ley N°18.216, SE DECLARA: Código: YXYZXEVXPLT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que SE CONDENA a la requerida DIANA PAZ PÉREZ PISANI, cédula de identidad N°15.583.274-6, ya individualizada, a la pena de MULT

Fallo

Por estas razones y de acuerdo a lo previsto en las normas legales citadas y lo establecido en los artículos : 1, 3, 5, 11 N°6, 14 N°1, 15 N°1, 21, 25, 30, 50, 70 del Código Penal; artículo 1, 8, 50 de la Ley N°20.000; articulo 388 y siguiente del Código Procesal Penal; y disposiciones pertinentes de la Ley N°18.216, SE DECLARA: Código: YXYZXEVXPLT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que SE CONDENA a la requerida DIANA PAZ PÉREZ PISANI, cédula de identidad N°15.583.274-6, ya individualizada, a la pena de MULTA DE TRES (03) UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES en calidad de autora del delito consumado de PLANTACIÓN, CULTIVO Y/O COSECHA SIN AUTORIZACIÓN DE CANNABIS SATIVA, descrito y sancionado en artículo 8 y 50 de la Ley N°20.000., perpetrado en esta ciudad el día 03 de septiembre de 2020. II.- En relación con la multa impuesta el tribunal le concede el plazo de TRES (03) MESES para su pago, el cual se contará desde que se alce la suspensión que se decretará. Con todo se apercibe a la sentenciada que el no pago oportuno de la multa, habilitará a este Tribunal para proceder a su inmediata conversión conforme lo dispone el artículo 49 del Código Penal, por los días de reclusión que correspondan, salvo que dentro del plazo antes señalado la sentenciada haga saber al tribunal su intención de solventar la multa a través de la prestación de servicios en beneficio de la comunidad. III.- De conformidad con lo dispuesto

Texto Completo (Preview)

Sentencia: Contra: DIANA PAZ PÉREZ PISANI, cédula de identidad N°15.583.274-6, domiciliada en calle El Campañista Nº0690, Punta Arenas. Hechos: El día 03 de septiembre de 2020, cerca de las 07:30 horas, personal de la Sección OS7 de Punta Arenas de Carabineros de Chile en virtud de antecedentes que se mantenían en cuanto a la existencia de droga ilícita, específicamente del genero cannabis sativa

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