Juzgado de Letras de Villa Alemana

VILLARROEL/VILLARROEL

Rol

C-1889-2020

Fecha

27 de julio de 2020

Materia

ARBITRO Y DERIVADOS, DESIGNACION DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1 comparece don Gonzalo Patricio Uribe Gil, abogado, en representación de don MANUEL JESUS VILLARROEL CASTRO, electricista, domiciliado en calle Quince Norte N°1027, Viña del Mar, quien interpone demanda de designación de Juez Árbitro en contra de don IGNACIO SEGUNDO VILLARROEL CASTRO, jubilado, domiciliado en calle Acevedo N°357, Cerro Barón, Valparaíso. Funda la demanda señalando que, su representado junto a su hermano, don Ignacio Segundo Villarroel Castro, son los únicos dueños en común y proindiviso de los siguientes inmuebles: A) Bien raíz ubicado en la población Rosenquist, que corresponde al lote 7 de la manzana 8, del plano archivado bajo el número 553, del registro de Documentos del año 1985 del Conservador de Bienes Raíces de Villa Alemana, que deslinda y mide: AL NORTE, con lote seis en dieciséis metros aproximadamente; AL SUR, con calle Las Rosas en dieciséis metros; AL ORIENTE, con Avenida Maturana en trece metros aproximadamente; y, AL PONIENTE, con lote ocho en trece metros aproximadamente.- Superficie de doscientos ocho metros cuadrados; B) inmueble ubicado en la población Rosenquist, que corresponde al lote 13 de la manzana 8, calle Maturana, número 1210, singularizado en el plano archivado bajo el número 553, del Registro de Documentos del año 1985, del Conservador de Bienes Raíces de Villa Alemana, que deslinda: AL NORORIENTE, con lote número dos; AL NORPONIENTE, con lote número uno; AL SURORIENTE, con lote número doce; y, AL SURPONIENTE, con Primer Pasaje.- Superficie aproximada de doscientos cuarenta metros cuadrados.- Indica que, adquirieron dichos derechos en el dominio sobre los inmuebles por sucesión por causa de muerte en la herencia intestada quedada al fallecimiento de doña Elsa del Carmen Castro, según consta del certificado de posesión efectiva inscrita con el número 43.239, en el Registro Nacional de Posesiones Efectivas a cargo del Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile, del año 2016. Añade que, dicha posesión efectiva de los bienes quedados al fallecimiento de la causante doña Elsa del Carmen Castro fue otorgada por resolución administrativa exenta número 17.625 de fecha veintinueve de julio del año dos mil dieciséis, dictada por el Director Regional de Valparaíso, del Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile y el certificado de posesión efectiva fue agregado bajo el número quinientos sesenta y cinco del Registro de Documentos del año dos mil diecisiete, del Conservador de Bienes Raíces de Villa Alemana. Expone que, las inscripciones especiales de herencia se practicaron a fojas 433, número 670, respecto del inmueble singularizado en la letra A); y a fojas 434, número 672, respecto del inmueble singularizado en la letra B), ambas inscripciones del Registro de Propiedad del año 2017 del Conservador de Bienes Raíces de Villa Alemana.- Explica que, la inscripción especial de herencia de la referida sucesión fue otorgada en su momento el año 2016 a los cu

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 222 y siguientes del Código Orgánico de Tribunales y 646 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE RESUELVE: Que SE ACOGE la petición formulada con fecha 16 de junio de 2020 y en consecuencia se designa como árbitro de derecho para proceder a la partición de los bienes de los cuales demandante y demandado son dueños en comunidad, al abogado don Roddy Gaymer San Martin, con domicilio en Altamirano N°2769, Depto. 1006, Valparaíso, teléfono 226328474; 983614428, correo electrónico rgaymer@gmail.com. Notifíquese a los interesados y al árbitro designado para la aceptación del cargo. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Rol: 1889-2020 Dictada por doña MARLENE SUSANA MOYA DÍAZ, Jueza Titular del Juzgado de Letras de Villa Alemana. En Villa Alemana, a veintisiete de julio de dos mil veinte se dio cumplimiento a lo establecido en el inciso final del artículo 162 del Código de Procedimiento Civil. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-07-27T12:02:59-04

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CAUSA ROL : 1889-2020 DEMANDANTES : MANUEL JESUS VILLAROEL CASTRO MATERIA : NOMBRAMIENTO DE JUEZ ÁRBITRO Villa Alemana, a veintisiete de julio de dos mil veinte.- VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1 comparece don Gonzalo Patricio Uribe Gil, abogado, en representación de don MANUEL JESUS VILLARROEL CASTRO, electricista, domiciliado en calle Quince Norte N°1027, Viña del Mar, quien interpon

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