DENISSE ANTONELLA MENICONI PIAZZE C/ JUAN PABLO SILVA CÁCERES
Rol
O-1403-2023
Fecha
13 de abril de 2023
Materia
AMENAZAS CONDIC.C/PERSONAS Y PROPIEDADES ART.296 1Y2,ART.297, LESIONES MENOS GRAVES.
Resultado
No especificado
Hechos
Visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 6, 14, 15, 25, 30, 50, 399 y 494 N° 5 del Código Penal, artículos 36, 45, 47, 295, 297, 340, 342, 346, 348, 393, 394, 395 y 396 del Código Procesal Penal, artículos 2, 5 y 9 de la Ley 20.066, se declara: I.- Que, se absuelve a JUAN PABLO SILVA CÁCERES, ya individualizado, de los cargos formulados de ser autor de los delitos de amenazas y lesiones menos graves, ambos en la persona de la víctima Denisse Antonella Meniconi Piazze, hechos ocurridos en esta jurisdicción el día 6 de febrero del año 2023 por no haberse acreditado los hechos ni la participación ante la inexistencia absoluta de prueba. II.- Que, atendido lo resuelto, deben quedar de inmediato sin efecto el requerimiento y las medidas cautelares que se hubieren decretado. III.- Que, habiendo sido absuelto el sentenciado se le exime del pago de las costas de la causa. En cuanto al Ministerio Público entendiendo que actuó en el imperativo que le establece su Ley Orgánica respecto de la persecución penal quedará exento del pago de las mismas. Regístrese, notifíquese y ejecutoriada que sea esta resolución archívese esta carpeta por afinada. Habiendo renunciado el Ministerio Público y la Defensa en conformidad al artículo 174 del Código de Procedimiento Civil y 354 del Código Procesal Penal la resolución que acaba de dictar queda ejecutoriada con esta fecha, en mérito de lo anterior, archívese esta carpeta por afinada. Dictada por doña MARIA DEL PILAR LABARCA ROCCO, Juez Titular de Garantía de Viña del Mar. Código: XHNLXEXVTXS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-04-13T17:13:58-0400
Fallo
se declara: I.- Que, se absuelve a JUAN PABLO SILVA CÁCERES, ya individualizado, de los cargos formulados de ser autor de los delitos de amenazas y lesiones menos graves, ambos en la persona de la víctima Denisse Antonella Meniconi Piazze, hechos ocurridos en esta jurisdicción el día 6 de febrero del año 2023 por no haberse acreditado los hechos ni la participación ante la inexistencia absoluta de prueba. II.- Que, atendido lo resuelto, deben quedar de inmediato sin efecto el requerimiento y las medidas cautelares que se hubieren decretado. III.- Que, habiendo sido absuelto el sentenciado se le exime del pago de las costas de la causa. En cuanto al Ministerio Público entendiendo que actuó en el imperativo que le establece su Ley Orgánica respecto de la persecución penal quedará exento del pago de las mismas. Regístrese, notifíquese y ejecutoriada que sea esta resolución archívese esta carpeta por afinada. Habiendo renunciado el Ministerio Público y la Defensa en conformidad al artículo 174 del Código de Procedimiento Civil y 354 del Código Procesal Penal la resolución que acaba de dictar queda ejecutoriada con esta fecha, en mérito de lo anterior, archívese esta carpeta por afinada. Dictada por doña MARIA DEL PILAR LABARCA ROCCO, Juez Titular de Garantía de Viña del Mar. Código: XHNLXEXVTXS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-04-13T17:13:58-0400
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Fecha Viña del Mar, trece de abril de dos mil veintitres RUC 2300154469-1 RIT 1403 - 2023 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA JUAN PABLO SILVA CÁCERES 0017161421 -K Calle ALEJANDRO NAVARRETE Nº 3099 Viña del Mar. SENTENCIA Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, y la resolutiva es del siguiente tenor: Visto además lo dispuesto en lo
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