Juzgado de Garantía de Coronel.

MP C/ ORLANDO WLADIMIR PEÑA MONSALVES

Rol

O-2117-2020

Fecha

10 de abril de 2023

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que con fecha cinco de abril de dos mil veintitrés se realizó audiencia en causa RIT 2117-2020, RUC 2000829146-3 a la cual compareció la Fiscal del Ministerio Público de Coronel, Glenda Lagos Chandía; la abogada defensor privada Fabiola Grandón Riquelme, y los imputados, doña Yohana Jesús Pinto Cea, cédula de identidad N° 12703099-5, domiciliado en Calle Joaquin Edwards Pobl. Nuevo Amanecer Nº 230, Coronel y don José Miguel Gutiérrez Castro, cédula de identidad N° 15891744-0, domiciliado en Calle Joaquin Edwards Pobl. Nuevo Amanecer Nº 230, Coronel, en la que el ministerio público modificó los hechos de la acusación respecto de los imputados, reconduciéndola a la calificación de tráfico de drogas en pequeñas cantidades. Así la reformulación de los cargos se refiere a los siguientes hechos “Que desde el mes de agosto del año 2020, los imputados, FRANCO ORLANDO RIVAS VARGAS, JOSE MIGUEL GUTIERREZ CASTRO y doña Código: LSYXXEEXBWS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl YOHANA JESUS PINTO CEA, se dedican a la venta comercialización de sustancias estupefacientes o psicotrópicas productoras de dependencia física o psíquica, sin las autorización componentes, adquiriendo, poseyendo, guardando, guardando dichas sustancias. Así los acusados utilizan los domicilios de Joaquín Edwards de n° 230 y 232 para guardar droga y comercializarla en domicilio ubicado en calle Augusto Dalmar 301, Coronel, como otros domicilios, Utilizado vehículo Dodge Journey P.P.U. HJFF.57, color plateado, para transportarse entre los distintos domicilios distribuyendo dicha droga y viajando a la ciudad de Santiago parar abastecerse de la misma.- El día 07 de octubre de 2020, a las 13:10 horas agente revelador en domicilio de Augusto Dhalmar 301 coronel, Orlando Wladimir Peña Monsalves procede a vender dos dosis a 2.000 pesos, papel cuadriculado contendores de cocaína base, positivo a las pruebas de cam

Fundamentos

fundamentos que sirven establecer jurídicamente los hechos ya descritos, además del reconocimiento efectuado en este acto por los acusados son los siguientes: 1.-Informe de la Policía de Investigaciones de fecha 9 de octubre de 2020, que da cuenta la detención de los imputados, set de fotografías del sitio del suceso y de la sustancia incautada. 2) Copia de comprobante de recaudación, banco Estado por un monto de $ 93.300 de fecha 08 de febrero de 2021.- 3) Copia de comprobante de recaudación, banco Estado por un monto de $ 21.000 de fecha 03 de febrero de 2021.- 4) Reservado N° 2.3/2278 de Servicio de Salud Concepción, materia envía informe de análisis, de fecha 27 de Septiembre de 2022.- 5) Reservado N° 2.3/022 de Servicio de Salud Concepción, materia envía informe de análisis, de fecha 06 de enero de 2021.- 6) Reservado N° 2.3/124 de Servicio de Salud Concepción, materia envía informe de análisis, de fecha 01 de febrero de 2021.- 7) Reservado N° 2.3/125 de Servicio de Salud Concepción, materia envía informe de análisis, de fecha 01 de febrero de 2021.- 8) Reservado N° 2.3/1768 de Servicio de Salud Concepción, materia envía informe de análisis, de fecha 09 de diciembre de 2020.- 9) Acta de recepción n° 761 de fecha 09 de octubre de 2020 del Servicio de Salud Concepción.- Código: LSYXXEEXBWS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 10) Acta de recepción n° 763 de fecha 09 de octubre de 2020 del Servicio de Salud Concepción.- 11) Acta de recepción n° 764 de fecha 09 de octubre de 2020 del Servicio de Salud Concepción.- 12) Acta de recepción n° 762 de fecha 09 de octubre de 2020 del Servicio de Salud Concepción.- 13) Cuatro Fotografía de las especies incautadas, droga y dinero, domicilios contenidas en informe policial n° 2289 de Policia de Investigaciones Coronel.- 14) 106 fotografías de diligencia de vigilancia informe policial n° 2289 de Policia de Investigaciones Coronel.- 15) 71 fotografías de domicilios, vehículos droga incautada, pesaje, prueba de campo, imputados, contenidas en informe policial n° 2289 de Policia de Investigaciones Coronel.- 16) 57 fotográficas de personas, domicilios, vehículos, contenías en los informe de vigilancia de informe policial n° 2289 de Policía de Investigaciones Coronel.- 17) tres fotográficas de droga incautadas, pesaje y prueba de campos incluidas en informe policial N° 2288 Policía de Investigaciones de Coronel.- 18) Certificado de domicilio vigente de vehículo marca Dodge P.P.U. HJFF.57, emanado por el Servicio de Registro Civil de Identificación.- 19) Certificado de domicilio vigente de vehículo Hyundai modelo P0rter P.P.U. MY.8013, emanado por el Servicio de Registro Civil de Identificación.- 20) Protocolos de análisis N° 17290-2020-M1-1, emitidos por la Perito Químico, Boris Duffau Garrido, del Instituto de Salud Pública, el Código: LSYXXEEXBWS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.

Fallo

Por Tanto y teniendo presente, además, lo dispuesto en los Art. 1, 7, N° 9, 14, 15 Nº 1, 24, 25, 26, 30, 50, 67, 68, 68 bis, 69, del Código Penal; lo dispuesto en los artículos 36, 38, 47, 297, 351, 406, 407, 409, 410, 412, 413 y siguientes del Código Procesal Penal, art. 1 y 4° de la ley 20.000 y en la Ley 18.216 , el Tribunal resuelve: I.- Que, condena a doña Yohana Jesús Pinto Cea, cédula de identidad N° 12703099-5 y José Miguel Gutiérrez Castro, cédula de identidad N° 15891744-0, como autores del delito de Tráfico de droga en pequeñas cantidades previsto y sancionado art. 4° de la ley 20.000, por los hechos ocurridos en la comuna de Coronel, a la pena de quinientos cuarenta y un día de presidio menor en su grado medio, una multa de un tercio de unidad tributaria impuesta y a las accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público durante el término de la condena; respecto de cada una de ellos.- II.- Que en atención al tiempo que José Miguel Gutierrez Castro estuvo privado de libertad en virtud de medidas cautelares en esta causa, entre el 9 de octubre de 2020 y el día 1 de diciembre 2022, corresponde a 773 días, deduciéndose los incumplimientos a la medida de arresto domiciliario total; se da por cumplida la pena impuesta; asimismo la pena de multa también se da por cumplida.- Código: LSYXXEEXBWS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl III.- Que respecto de la sentenciada Yohana Jesús Pinto Cea Que, reun

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RUC N°2000829146-3 RIT N° 2117 - 2020 DELITO: Trafico de drogas en pequeñas cantidades IMPUTADO: Yohana Jesús Pinto Cea José Miguel Gutiérrez castro SENTENCIA DEFINITIVA PROCEDIMIENTO ABREVIADO. Coronel, 10 de abril de 2023.- VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que con fecha cinco de abril de dos mil veintitrés se realizó audiencia en causa RIT 2117-2020, RUC 2000829146-3 a la cual compareció la

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