Juzgado de Garantía de Puerto Montt.

MP C/ JOSÉ MIGUEL PALMA HERNÁNDEZ

Rol

O-7286-2022

Fecha

13 de abril de 2023

Materia

POSESIÓN FUEGOS ARTIFICIALES. ART. 9 INC. FINAL LEY 21.310

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos del requerimiento, lo que ha implicado ahorro de recursos fiscales. Dese cumplimiento oportuno a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Las partes renuncian a los plazos y recursos legales. Anótese, regístrese y archívese. RIT 7286 - 2022 RUC 2201061026-9 Pronunciada por don FRANCISCO ANDRES ALMONACID FAUNDEZ, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt. Tramitada y gestionada: Cvv Código: SWCTXEDGMXT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: SWCTXEDGMXT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-04-13T21:43:43-0400

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 6, 11 N° 9, 15 N° 1, 18, 24, 25, 30, 49 y del Código Penal; artículos 45, 47, 295, 297, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; articulo 2 y 9 de la ley de control de armas; se declara: I.- Que, SE CONDENA a JOSÉ MIGUEL PALMA HERNÁNDEZ, RUN N° 19.029.024-7, ya individualizado, como autor delito consumado de activar y manipular bengala sin autorización debida, cometido en Puerto Montt el día 25 de octubre de 2022, a la PENA de multa de TRES unidades tributarias mensuales. II.- Que, se decreta el comiso de las especies incautadas en el procedimiento, autorizando desde ya su destrucción. III.- Que, para el pago de la pena de multa impuesta se le CONCEDEN CINCO cuotas, teniendo el primer vencimiento los cinco primeros días del mes de mayo del presente año y así sucesivamente y en el evento de NO pago será procedente la sustitución en los términos del artículo 49 del Código Penal, por NUEVE días de reclusión. IV.- Que, no se le condena en costas por haber aceptado responsabilidad en los hechos del requerimiento, lo que ha implicado ahorro de recursos fiscales. Dese cumplimiento oportuno a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Las partes renuncian a los plazos y recursos legales. Anótese, regístrese y archívese. RIT 7286 - 2022 RUC 2201061026-9 Pronunciada por don FRANCISCO ANDRES ALMONACID FAUNDEZ, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt. Tram

Texto Completo (Preview)

Sentencia: Puerto Montt, trece de abril de dos mil veintitrés. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el registro de audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 6, 11 N° 9, 15 N° 1, 18, 24, 25, 30, 49 y del Código Penal; artículos 45, 47, 295, 297,

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