MIGUEL ANGEL VILLASECA ALBORNOZ C/ BRYAN PAUL MORALES SALINAS
Rol
O-3354-2022
Fecha
12 de abril de 2023
Materia
CONDUC.EBRIEDAD SUSP.LIC. ART.196Y209 INC.2 LEY.TRANSITO.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO lo dispuesto en los artículos 1, 11 n° 9, 14 n° 1, 15 n° 1, 18, 25, 30, 50, 67 y 70 todos del Código Penal, artículos 110, 196 y 209 de la Ley de Tránsito 18.290, artículos Código: PYNXXEXLWXS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 406 y siguientes del Código Procesal Penal y artículos 8 y siguientes de la ley 18.216, se declara: PRIMERO: que se condena al imputado Bryan Paul Morales Salinas ya individualizado a sufrir las siguientes sanciones: a) La pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, accesoria de suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena y al pago de una multa de 2 Unidades Tributarias Mensuales, ello por su responsabilidad como autor en los términos del artículo 15 n° 1 del Código Penal del delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia de conducir causando daños previsto y sancionado en el artículo 196 en relación con el 110 y 209 de la Ley de Tránsito por hechos acaecidos el día 8 de octubre de 202 en la comuna de Rio Claro. b) Que se autoriza al pago de la multa de 2 Unidades Tributarias Mensuales en 2 cuotas iguales y sucesivas de 1 Unidad tributaria mensual cada una de ellas pagadera la primera al mes siguiente en que el fallo adquiera el carácter de ejecutoriado, el no pago de una de las parcialidades hará exigibles total de la multa impuesta y si el sentenciado no tiene bienes para satisfacerla sufrirá por vía de sustitución la pena de reclusión, regulándose un día por cada tercio de Unidad Tributaria Mensual. c) Que se decreta la suspensión de la licencia de conducir por dos años a contar de esta fecha. d) Que se sustituye la pena privativa de libertad por la de reclusión parcial domiciliaria nocturna consistente en el encierro del sentenciado en su domicilio entre las 22:00 horas y las 06:00 horas del día siguiente bajo el sistema de monitoreo telemático, contando la defensa con e
Fallo
Por estas consideraciones y VISTO lo dispuesto en los artículos 1, 11 n° 9, 14 n° 1, 15 n° 1, 18, 25, 30, 50, 67 y 70 todos del Código Penal, artículos 110, 196 y 209 de la Ley de Tránsito 18.290, artículos Código: PYNXXEXLWXS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 406 y siguientes del Código Procesal Penal y artículos 8 y siguientes de la ley 18.216, se declara: PRIMERO: que se condena al imputado Bryan Paul Morales Salinas ya individualizado a sufrir las siguientes sanciones: a) La pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, accesoria de suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena y al pago de una multa de 2 Unidades Tributarias Mensuales, ello por su responsabilidad como autor en los términos del artículo 15 n° 1 del Código Penal del delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia de conducir causando daños previsto y sancionado en el artículo 196 en relación con el 110 y 209 de la Ley de Tránsito por hechos acaecidos el día 8 de octubre de 202 en la comuna de Rio Claro. b) Que se autoriza al pago de la multa de 2 Unidades Tributarias Mensuales en 2 cuotas iguales y sucesivas de 1 Unidad tributaria mensual cada una de ellas pagadera la primera al mes siguiente en que el fallo adquiera el carácter de ejecutoriado, el no pago de una de las parcialidades hará exigibles total de la multa impuesta y si el sentenciado no ti
Texto Completo (Preview)
Individualización de Audiencia de Procedimiento abreviado.. Fecha Talca., doce de abril de dos mil veintitrés Magistrado HECTOR AMERICO CASTRO FIGUEROA Fiscal PAZ FILIPPI POR JESSICA PAULINA GALLARDO CORTÉS Victima MIGUEL ANGEL VILLASECA ALBORNOZ (PRESENTE) Defensor BARBARA CONTRERAS POR CLAUDIA LANDEROS GARRIDO Hora inicio 09:55AM Hora termino 10:14AM Sala SEGUNDA SALA audio n° 5 Tribunal Juzgad
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