1º Juzgado Civil de Rancagua

PLAZA/VALDÉS

Rol

C-1450-2019

Fecha

25 de julio de 2020

Materia

PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: . - Demanda. - Con fecha 22 de febrero de 2019, don Oscar Orlando Begazo Ahumada, abogado, domiciliado en Avenida Nueva Einstein 290 of. 815, de la comuna de Rancagua, en representaci n de do a Mabel Teresa Plaza P rez,ó ñ é comerciante, domiciliada en Avenida Libertador Bernardo O’Higgins 0484 local 20 de la comuna de Rancagua, viene en deducir demanda de Resoluci n de Contratoó de Prestaci n de Servicios con Indemnizaci n de Perjuicios en contra de don An baló ó í Vald s Loyola, contador, con domicilio en calle Za artu 787 Rancagua. é ñ Se ala que con fecha 11.07.2018, por medio de contrato privado, las partesñ suscribieron un contrato de prestaci n de servicios profesionales, en el cual suó representada se oblig a pagar por concepto de honorarios de la asesor a y trabajo,ó í la suma de $2.500.000 m s impuestos, de la siguiente forma; $1.000.000 a la firmaá de este contrato, y $1.500.000 una vez finiquitado el trabajo y liberado los pagos retenidos por el Servicios de Impuestos Internos. Indica que lo anterior se cumpli , pagando el primer monto con esa mismaó fecha, emiti ndose en ese acto Boleta de Honorarios Nº 089614 por la suma totalé de $1.111.111. Explica que, para el buen desempe o de sus funciones, su representadañ facilit todos los antecedentes del caso, la entrega de toda su informaci n, y aó ó petici n del demandado se extendi poder especial a un Contador Auditor de suó ó oficina, don H ctor Mauricio Leyton Avenda o, firmado notarialmente elé ñ 26.07.2018. Indica que a la fecha de la firma del contrato, la situaci n Tributaria de suó representada estaba sin observaciones por parte del Servicio de Impuestos Internos, solo exist a una citaci n para que aportara antecedentes de movimientos bancarios eí ó inversiones. Por incapacidad m dica de su contadora regular y mediando elé ofrecimiento de sus servicios por parte de Vald s Loyola, y a fin de dar unaé soluci n r pida con un profesional serio, responsable y supuestamente cualificado, leó á en

Fundamentos

Considerando: Primero: Que, comparece don Oscar Orlando Begazo Ahumada, abogado, en representaci n de do a Mabel Teresa Plaza P rez, comerciante, quien viene enó ñ é deducir demanda de Resoluci n de Contrato de Prestaci n de Servicios conó ó Indemnizaci n de Perjuicios en contra de don An bal Valdez Loyola, contador, enó í base a los fundamentos de hecho y derecho expresados latamente en lo expositivo de esta sentencia. Segundo: Que, evacuando el tr mite de contestaci n,á ó el apoderado del demandado solicita en definitiva rechazar la demanda en todas sus partes, con costas, desarrollando las siguientes excepciones y defensas: 1.- Excepci n perentoria de Falta de Legitimaci n Pasiva, de acuerdo con lasó ó normas contenidas en los art culos 2314, en relaci n con los art culos 2118, 2163 yí ó í 2164 del C digo Civiló . En tal sentido, plantea que el demandado no ha cometido incumplimiento alguno de la obligaci n contractual que se le atribuye, ya que, sió bien es cierto, con fecha 11 de julio de 2018, la actora suscribe con el demandado un contrato de prestaci n de servicios profesionales, en el que ste se obliga comoó é asesor contable a efectuar gestiones de ndole tributario contable ante el S.I.I.,í atendida su calidad de contador, estipul ndose honorarios de $2.500.000, de losá ROL C-1450-2019 cuales la demandante pag al demandado solamente la suma de un mill n de pesos,ó ó emiti ndose la correspondiente boleta de honorarios por servicios profesionales,é sucede que con fecha 26 de julio del 2018, la demandante contrat a un nuevoó contador, el se or H ctor Leyton Avenda o, para que efectuara las mismasñ é ñ gestiones que le hab a encomendado al demandado, y suscribe con ste ltimo, dosí é ú poderes para que la representara ante el Servicio de Impuestos Internos y Tesorer aí General de la Rep blica. Indica que uno de dichos poderes, fue agregado a laú causa por la misma demandante y se trata de un mandato especial amplio de ndole tributario-contable, para todo tipo de tr mites ante dichas instituciones,í á suscrito ante don Daniel Mondaca Pedrero, Titular de la Quinta Notar a deí Rancagua; adem s, la demandante suscribe un segundo poder especial, otorgandoá poderes al mencionado se or Leyton Avenda o, con el fin espec fico deñ ñ í representarla ante el S.I.I. mediante el formulario 3314 sobre reposici nó administrativa voluntaria respecto del giro por diferencia de impuestos folio 52599336. Precisa que, en la resoluci n exenta Nro. 6 de fecha 17 de enero de 2019,ó pronunciada por orden del Director Regional del S.I.I., que acompa a el actor enñ su demanda, se lee con meridiana claridad que el apoderado de la contribuyente es la persona de don H ctor Leyton Avenda o, y a mayor abundamiento, los mismosé ñ instrumentos que aporta el actor en su demanda, precisamente, una querella criminal, se lee que sta atribuye a don H ctor Leyton Avenda o, haber actuadoé é ñ como agente oficioso de ella, e indica que dicho se or efectu a lo menos tresñ ó present

Fallo

se declara:ó .- Que, se rechaza la demanda de resoluci n de contrato con indemnizaci nó ó de perjuicios, deducida con fecha 22 de febrero de 2019, por don Oscar Orlando Begazo Ahumada, abogado, en representaci n de do a Mabel Teresa Plaza P rez, yó ñ é que se dirigiera en contra de don An bal Vald s Loyola, todos ya debidamenteí é individualizados, por configurarse la falta de legitimaci n pasiva del demandado, sinó costas, por estimarse que el actor ha tenido motivos plausibles para litigar. An tese, reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad.ó í í í Rol N° C-1450-2019 Dictada por Manuel Figueroa Salas, Juez Titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Rancagua, veinticinco de Julio de dos mil veinte Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-07-25T13:37:16-0400

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ROL C-1450-2019 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Rancaguaº CAUSA ROL : C-1450-2019 CARATULADO : PLAZA/VALD SÉ Rancagua, veinticinco de Julio de dos mil veinte. Vistos: . - Demanda. - Con fecha 22 de febrero de 2019, don Oscar Orlando Begazo Ahumada, abogado, domiciliado en Avenida Nueva Einstein 290 of. 815, de la comuna de Rancagua, en representaci n de do a Mabel Ter

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