Juzgado de Garantía de Pitrufquen.

CARABINEROS DE PITRUFQUEN C/ MAURICIO ANDRÉS PRADO ASPE

Rol

O-575-2023

Fecha

6 de abril de 2023

Materia

CONSUMO/PORTE EN LUG.PUB.O PRIV.C/PREVIO CONCIERTO(ART.50).

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos Con fecha 05 de abril de año en curso siendo aproximadamente las 10:45 horas, el requerido se encontraba en el recinto de la Municipalidad de Gorbea, lugar donde fue sorprendido consumiendo marihuana en un lugar público y al ser controlado el requerido entregó voluntariamente la cantidad de marihuana elaborada con un peso de 45 gramos aproximadamente y una sustancia color rosada característica droga de diseño tussi con un peso de 640 milígramos dando positivo a las pruebas de campo. A juicio del Ministerio Público los hechos antes descritos configuran la falta del artículo 50 de la Ley 20.000, atribuyéndole al requerido participación en calidad de autor y en grado de consumado. Atendida la presentación del Ministerio Publico, y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 47, 390, 391, 392 y siguientes del Código Procesal Penal, y lo dispuesto en los artículos 1, 7, 14 N° 1, 15, 21, 49, y 70 del Código Penal, en relación al artículo 50 y 52 de la Ley 20.000, y encontrándose el requerimiento suficientemente fundado al igual que la sanción propuesta, aun cuando su monto definitivo se regulará prudencialmente, se resuelve: 1.- Que, SE ACOGE, -SIN COSTAS-, EL REQUERIMIENTO, y en consecuencia, se condena a MAURIO ANDRÉS PRADO ASPE, cédula nacional de identidad N° 18.112.8747, en su calidad de autor consumado de la falta establecida en el artículo 50 de la Ley 20.000, al pago de una MULTA a beneficio fiscal de 2/3 de Unidad Tributaria Mensual y el comiso de las especies incautadas, autorizando su destrucción por la unidad correspondiente. No se condena en costas al sentenciado en miras de favorecer el cumplimiento de esta resolución en un solo acto, fin que se busca con la aplicación de un procedimiento veloz y concentrado. Atendida la jornada privado de libertad se tiene por cumplida en 1/3 de UTM. La pena de multa deberá ser pagada a mas tardar el 05 de mayo de 2023, fijando audiencia de revisión del pago de multa para el 08 de mayo de 2023. Código: JFEV

Fallo

se resuelve: 1.- Que, SE ACOGE, -SIN COSTAS-, EL REQUERIMIENTO, y en consecuencia, se condena a MAURIO ANDRÉS PRADO ASPE, cédula nacional de identidad N° 18.112.8747, en su calidad de autor consumado de la falta establecida en el artículo 50 de la Ley 20.000, al pago de una MULTA a beneficio fiscal de 2/3 de Unidad Tributaria Mensual y el comiso de las especies incautadas, autorizando su destrucción por la unidad correspondiente. No se condena en costas al sentenciado en miras de favorecer el cumplimiento de esta resolución en un solo acto, fin que se busca con la aplicación de un procedimiento veloz y concentrado. Atendida la jornada privado de libertad se tiene por cumplida en 1/3 de UTM. La pena de multa deberá ser pagada a mas tardar el 05 de mayo de 2023, fijando audiencia de revisión del pago de multa para el 08 de mayo de 2023. Código: JFEVXEKQVLS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2.- La multa impuesta deberá pagarse en pesos, en el equivalente que tenga la referida unidad en el momento de su pago, mediante un depósito efectuado en la cuenta corriente N° 9023283, denominada “Ministerio del Interior- Fondo artículo 46 Ley 20.000”, que mantiene dicha entidad en la Oficina Principal del Banco Estado. El comprobante del depósito efectuado, deberá ser entregado o remitirse a este Juzgado de Garantía, ubicado en calle Balmaceda N° 435 de la comuna de Pitrufquén, bajo apercibimiento de no tenerse por cump

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Pitrufquén, seis de abril de dos mil veintitrés. Hechos Con fecha 05 de abril de año en curso siendo aproximadamente las 10:45 horas, el requerido se encontraba en el recinto de la Municipalidad de Gorbea, lugar donde fue sorprendido consumiendo marihuana en un lugar público y al ser controlado el requerido entregó voluntariamente la cantidad de marihuana elaborada con un peso de 45 gramos aproxim

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