Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco

ZÚÑIGA/ADMINISTRADORA DE SUPERMERCADOS EXPRESS LIMITADA

Rol

M-534-2021

Fecha

9 de diciembre de 2021

Materia

Despido injustificado

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Comparece JONATHAN JAVIER ZÚÑIGA MELLA, cesante, RUN 17.917.720-K, domiciliado en Uno Norte 1388, Temuco, demandando a ADMINISTRADORA DE SUPERMERCADOS EXPRESS LIMITADA RUT 76.134.946-5, del giro de su denominación, representada legalmente por RICARDO CARTAGENA GUZMÁN, ambos con domicilio en Avenida Rudecindo Ortega 1575, Temuco y expone: INICIO Y TÉRMINO DE LA RELACIÓN LABORAL: 09 de diciembre del 2017 hasta el 30 de octubre de 2021. FUNCIONES: Guardia. LUGAR DE TRABAJO: Sucursal ubicado en calle Rudecindo Ortega 1575, de Temuco (Supermercado Líder). JORNADA: 45 horas semanales. En sistema de turnos rotativos. REMUNERACIONES: La remuneración mensual, para efectos del artículo 172 del Código del Trabajo, es de: $611.553. TÉRMINO POR NECESIDADES DE LA EMPRESA: El 30 de octubre de 2021 fui despedido por la causal indicada en el artículo 161 inciso primero, firmé el finiquito el día 16 de noviembre de 2021 ante la Inspección del Trabajo, con RESERVA DE DERECHOS.      Que la carta de término de relación laboral remitida pretende una justificación y fundamentación de la que carece, por cuanto lo señalado no se condice con la realidad, es que nos encontramos en presencia de un despido injustificado o improcedente.      Que, declarado injustificado el despido, procede el reintegro de las sumas descontadas por concepto de imputación realizada en virtud del artículo 13 de la ley 19.728. PETICIONES CONCRETAS: dando lugar a la demanda con expresa condena en costas y en definitiva declarar: 1.- Que el despido fue injustificado o improcedente y que como consecuencia de ello el demandado se adeuda: a.- Incremento legal del 30% de la indemnización por años de servicio, $733.863. b.- La suma de $444.215 por concepto de lo descontado en el finiquito por cotizaciones de AFC. Todo anterior, con costas. SEGUNDO: Contestando la demanda, la demandada señala resumidamente: Que son efectivas las fechas de ingreso y término, las labores de guardia, la remuneración y la suscripción del finiquito. Que la carta señala claramente las razones de hecho y de derecho que ameritan la terminación del contrato de trabajo, que consiste en una restructuración del local del supermercado Líder de Pueblo Nuevo. TERCERO: Que se recibió la causa a prueba y se fijaron como hechos a probar: 1.- Hechos contenidos en la carta de despido y aptitud de los mismos para fundar la causal de necesidades de la empresa. 2.- Efectividad de corresponder o no la devolución por concepto de seguro de cesantía de cargo del empleador, descontado del finiquito. CUARTO: PRUEBA DE LA PARTE DEMANDADA: DOCUMENTAL. 1.- Carta de despido de fecha 30 de octubre de 2021. 2.- Finiquito suscrito ante la Inspección del Trabajo. QUINTO: PRUEBA DE LA DEMANDANTE: DOCUMENTAL. 1.- Carta de despido de fecha 30 de octubre de 2021. 2.- Finiquito suscrito ante la Inspección del Trabajo. SEXTO: Que, apreciada la prueba rendida, de conformidad a las reglas de la sana crítica, son hechos no

Fallo

se declara: I.- Que SE ACOGE la demanda deducida por JONATHAN JAVIER ZÚÑIGA MELLA, en contra de ADMINISTRADORA DE SUPERMERCADOS EXPRESS LIMITADA, se declara que el despido de fecha 30 de octubre de 2021 es injustificado y, en consecuencia, se condena a la demandada al pago de las siguientes sumas: 1.- $ 733.863 por recargo del 30% establecido en el artículo 168 letra a) del código del Trabajo. 2.- $ 444.215 por concepto de devolución del aporte del empleador al Seguro de desempleo descontado del finiquito. Que, las sumas precedentes serán reajustadas y devengarán los intereses que establecen los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo, según corresponda. II.- Que no se condena en costas a la demandada, por estimarse que litigó por motivo plausible en lo relativo al descuento del seguro de cesantía. Regístrese. RIT    M-534-2021 RUC  21-4-0367005-4 Sentencia dictada por don CHRISTIAN OSSES CARES, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco.

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA Temuco, nueve de diciembre de dos mil veintiuno.  VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Comparece JONATHAN JAVIER ZÚÑIGA MELLA, cesante, RUN 17.917.720-K, domiciliado en Uno Norte 1388, Temuco, demandando a ADMINISTRADORA DE SUPERMERCADOS EXPRESS LIMITADA RUT 76.134.946-5, del giro de su denominación, representada legalmente por RICARDO CARTAGENA GUZMÁN, ambos con domicilio en Avenida Rudecind

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