C/ VÍCTOR ALAMIRO GONZÁLEZ BASCUR
Rol
O-4551-2020
Fecha
6 de abril de 2023
Materia
HURTO FALTA (494 BIS CODIGO PENAL).
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que el Ministerio Público ha requerido en procedimiento simplificado en contra del imputado Víctor Alamiro González Bascur, cédula de identidad N° 13.655.979-6, 43 años, soltero, sin oficio, domiciliado en pasaje Los Changos N° 643 B de la comuna de Pudahuel, por los siguientes hechos: “El 23 de octubre de 2020, a las 22:30 horas aproximadamente, VÍCTOR ALAMIRO GONZÁLEZ BASCUR concurrió hasta el local comercial de nombre de fantasía LUBRICAR ubicado en José Joaquín Pérez Nro. 7246, comuna de Cerro Navia, de propiedad de la víctima CLAUDIA ANDREA QUIROGA MALDONADO, lugar en el cual el imputado sustrajo para sí, con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueña, 09 botellas de aguarrás de 1 litro avaluadas en la suma de $18.000.- pesos, siendo detenido, sin embargo, antes que pudiera darse la fuga con las especies“ La Fiscalía recalificando el ilícito imputado estimó que los hechos son constitutivos del delito de hurto falta previsto en el artículo 494 bis del Código Penal, en grado de desarrollo frustrado y en la que al requerido le ha correspondido una participación en calidad de autor, y solicitó al haber admitido el encausado responsabilidad en los hechos, se le condene al pago de una multa de un tercio de unidad tributaria mensual. La Defensa en tanto no hizo alegaciones de fondo, solicitando que se considere en su favor la atenuante de colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos y que la multa a imponer se le tenga por cumplida con el mayor tiempo que su representado estuvo privado de libertad por esta causa. SEGUNDO: Que con los antecedentes expuestos por el Ministerio Público en la audiencia, unida a la admisión de responsabilidad del encausado, este Tribunal estima que se encuentra suficientemente fundado el requerimiento al igual que el monto de la multa propuesta. Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 n°9, 14 n°1, 15 n°1, 21, 50, 70 y 494 bis del Código Penal y 388 y siguientes
Fallo
se declara: I.- Que se acoge, el requerimiento efectuado por el Ministerio Público y, en consecuencia, se condena al requerido Víctor Alamiro González Bascur, ya individualizado, al pago de una multa a beneficio fiscal de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, como autor de hurto falta, en grado de consumado, perpetrado el día 23 de octubre de 2020. II.- Que atendido el tiempo que el sentenciado permaneció privado de libertad con ocasión de este proceso, y de conformidad a lo dispuesto por el artículo 49 del Código Penal, se da por cumplida la pena pecuniaria impuesta. III.- Que no se le condena en costas, en atención de que por su disposición, se ha evitado un juicio y los costos materiales y humanos que ello implica. IV.- Que los intervinientes renunciaron a plazos y recursos. Código: RWBPXEXEXFS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal, regístrese y archívese. RIT 4551-2020 RUC 2001083251-K Dictada por doña LORRAINE GIGOGNE MIQUELES, Juez de Garantía de Santiago. Código: RWBPXEXEXFS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-04-12T13:37:26-0400
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Santiago, seis de abril de dos mil veintitrés. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que el Ministerio Público ha requerido en procedimiento simplificado en contra del imputado Víctor Alamiro González Bascur, cédula de identidad N° 13.655.979-6, 43 años, soltero, sin oficio, domiciliado en pasaje Los Changos N° 643 B de la comuna de Pudahuel, por los siguientes hechos: “El 23 de octubre de 2020, a
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