MP C/ CÉSAR ANDRÉS CANDIA MENDOZA
Rol
O-35-2023
Fecha
11 de abril de 2023
Materia
ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos de la acusación y alegatos del Ministerio Público SEGUNDO: Que los hechos y circunstancias que fueron objeto de la acusación provenientes del Juzgado de Garantía de Concepción de fecha 10 de febrero de dos mil veintitrés son los siguientes: “El día 16 de marzo del año 2022, alrededor de las 04:00 horas de la madrugada, el imputado César Andrés Candía Mendoza junto a otro sujeto no identificado, concurrieron hasta la casa-habitación ubicada en calle Pelantaro N°1.192, de la comuna de Concepción, donde se encontraba pernoctando doña María Belén Stuardo, procediendo a forzar el portón del inmueble fracturando un candado, ingresando al inmueble con la finalidad de sustraer especies con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño, siendo sorprendidos y dándose a la fuga del lugar, siendo detenido el imputado César Candía Mendoza por personal de Carabineros, portando una mochila con especies tales como diablito, destornillador, guantes, un revólver a fogueo, utilizadas para la comisión del delito.” A juicio de la Fiscalía los hechos descritos son constitutivos del delito de ROBO EN LUGAR HABITADO, previsto y sancionado en el artículo 440 N° 1 del Código Penal La Código: HZHRXEEPSLR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl participación que se atribuye al acusado es en calidad de AUTOR inmediato y directo. El delito se encuentra en grado de FRUSTRADO. Según el ente persecutor, al acusado no le favorecen circunstancias atenuantes de responsabilidad penal y si lo perjudica la circunstancia agravante del artículo 12 N° 16 del Código Penal. El Ministerio Público solicita se aplique al acusado por el delito de ROBO EN LUGAR HABITADO, la pena de OCHO AÑOS de presidió mayor en su grado mínimo, más las accesorias legales generales y especiales procedentes. La pena, por encontrarse el delito en grado de FRUSTRADO cometido por el acusado en calidad de AUTOR. Asimismo solicita de conformidad con lo dispuesto en l
Fundamentos
CONSIDERANDO: Intervinientes PRIMERO: Que el día cuatro y seis de abril de dos mil veintitrés, ante una Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción, integrada por los Jueces don Gino Alessandro Viale Acosta quien la presidió, doña Cecilia Marlene Grant del Rio y don Jaime Rodrigo Véjar Carvajal, se llevó a efecto la audiencia del juicio oral correspondiente a la causa RUC N° 7 7- , RIT N° 5- , seguida en contra de CÉSAR ANDRÉS CANDIA MENDOZA, R.U.N. 19 371 999-6, comerciante, soltero, 26 años de edad, nacido el 5 de diciembre de 1996 con domicilio en Sector Santa Sabina, Calle Víctor Solar Manzano 23, Concepción Fue parte acusadora el Ministerio Público, representado por el Fiscal don Rodrigo Bascuñán Martínez, domiciliado en Avenida San Juan Bosco N° 2026 de esta ciudad La Defensa del acusado estuvo a cargo de la defensora penal público doña Ximena Pulgar Jara con domicilio en avenida San Juan Bosco 2038 de esta ciudad- Hechos de la acusación y alegatos del Ministerio Público SEGUNDO: Que los hechos y circunstancias que fueron objeto de la acusación provenientes del Juzgado de Garantía de Concepción de fecha 10 de febrero de dos mil veintitrés son los siguientes: “El día 16 de marzo del año 2022, alrededor de las 04:00 horas de la madrugada, el imputado César Andrés Candía Mendoza junto a otro sujeto no identificado, concurrieron hasta la casa-habitación ubicada en calle Pelantaro N°1.192, de la comuna de Concepción, donde se encontraba pernoctando doña María Belén Stuardo, procediendo a forzar el portón del inmueble fracturando un candado, ingresando al inmueble con la finalidad de sustraer especies con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño, siendo sorprendidos y dándose a la fuga del lugar, siendo detenido el imputado César Candía Mendoza por personal de Carabineros, portando una mochila con especies tales como diablito, destornillador, guantes, un revólver a fogueo, utilizadas para la comisión del delito.” A juicio de la Fiscalía los hechos descritos son constitutivos del delito de ROBO EN LUGAR HABITADO, previsto y sancionado en el artículo 440 N° 1 del Código Penal La Código: HZHRXEEPSLR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl participación que se atribuye al acusado es en calidad de AUTOR inmediato y directo. El delito se encuentra en grado de FRUSTRADO. Según el ente persecutor, al acusado no le favorecen circunstancias atenuantes de responsabilidad penal y si lo perjudica la circunstancia agravante del artículo 12 N° 16 del Código Penal. El Ministerio Público solicita se aplique al acusado por el delito de ROBO EN LUGAR HABITADO, la pena de OCHO AÑOS de presidió mayor en su grado mínimo, más las accesorias legales generales y especiales procedentes. La pena, por encontrarse el delito en grado de FRUSTRADO cometido por el acusado en calidad de AUTOR. Asimismo solicita de conformidad con lo dispuesto en los artículos 45 y siguientes del Código Procesal P
Fallo
se acuerda mucho porque andaba curado, querían tratar de sustraer algo para seguir tomando, que no alcanzan a dar ni cinco pasos y se prende la luz, por lo que le dice a su amigo que se vayan, que adentro había un camión, unas planchas de zinc, aislante, una sierra circular, como que estaban construyendo, no se acuerda como era el patio. Al frente se prende una luz, va entrando y de atrás prenden una luz, no sabe lo que había ahí, solo vio que prendieron la luz, deciden irse porque los habían pillado y que por eso se fueron y lo hicieron para evitar ser detenidos se fueron caminando como 5 cuadras llegaron los civiles, que si no se hubiera prendido la luz cree que habrían sacado cosas. Después que lo tuvieron detenido le dijeron que en la mochila había un guante, un destornillador y una pistola. Que “los secretos” son los carabineros que andan en la noche, pero en cualquier auto, no en un auto policial y andan de civiles. Su amigo le dijo que corriera, pero no pudo correr, solo se tiró debajo de un auto y se quedó con la mochila. A su amigo se lo pilló en el centro, ahí empezaron a tomar y luego le dijo que se iba para su casa, se fueron a “pata” Ese día andaba con una casaca negra, poleron rojo, zapatillas moradas con negro. Le dijeron después que el lugar era una casa habitada. Lo detienen el mismo día 16 de marzo de 2022 lleva como 13 meses preso. Esto no se lo había contado a nadie, ahora lo está declarando. Qué no alcanzaron a entrar ni nada dieron menos de 5 pasos y se
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CONCEPCIÓN, once de abril de dos mil veintitrés. VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: Intervinientes PRIMERO: Que el día cuatro y seis de abril de dos mil veintitrés, ante una Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción, integrada por los Jueces don Gino Alessandro Viale Acosta quien la presidió, doña Cecilia Marlene Grant del Rio y don Jaime Rodrigo Véjar Carvajal, se llevó a efecto la aud
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