MP C/ SOLEDAD VANESSA LEIVA VILLARROEL
Rol
O-652-2023
Fecha
8 de abril de 2023
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: “Que el día 07 de abril de 2023 al interior del supermercado líder ubicado en calle German Riesco n°510 de la comuna de san Vicente, oportunidad en que habría ingresado al supermercado, ocultando al interior de la mochila que portaba diversas especies en su interior intentando hacer abandono del supermercado sin haberlas cancelado, siendo retenida por los guardias de seguridad, posteriormente entregada a carabineros y descubriéndose que llevaba entre ellas pañales, carnes de distintos tipos y pesajes, leches, cepillo eléctrico especies avaluadas en la suma de $135.640 mil pesos. Que los hechos son constitutivos del delito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 446 N°3, que se encontraría en grado de ejecución de frustrado y a donde a la imputada le ha cabido participación en calidad de autora. Código: XHYJXEZXXXQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:soledadvanessa2003@gmail.com Avenida Bernardo O’ Higgins N° 0385, San Vicente de Tagua Tagua Fono 72 2 573099 SENTENCIA PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la resolutiva es del siguiente tenor. Y teniendo, además, presente lo dispuesto en los artículos 11 N°6, 11 N°9, 70, 446 N° 3, artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal y Ley 18.216, se declara: I.- Que se CONDENA a SOLEDAD VANESSA LEIVA VILLARROEL, cédula de identidad N°21.463.528-3, a la pena de VEINTIÚN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MEDIO, pena de multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, en su calidad de autora de un delito frustrado de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 446 N°3 del Código Penal, ocurrido el día 07 de abril del año 2023, en la comuna de San Vicente de Tagua-Tagua. II.- Que concurriendo a favor de la sentenciada los requisitos contemplados
Fundamentos
considerando la hora de la detención y el tiempo que la misma se ha encontrado privada de libertad, hasta esta audiencia de control de detención, dicha pena de multa se tiene íntegramente por cumplida con cargo a la ya referida circunstancia. IV.- Que, concurriendo a favor de la sentenciada los requisitos contemplados en el artículo 38 de la Ley 18.216, se ordena oficiar el Servicio de Registro Civil e Identificación para los efectos de omitir de los certificados de antecedentes para fines laborales de la condenada la pertinente anotación, por tratarse de la primera de ellas. V.- Que, se le exime del pago de las costas de la causa por estimar que al haber admitido responsabilidad en este procedimiento, ha evitado con ello el desgaste innecesario de la actividad jurisdiccional. Ejecutoriada que sea esta sentencia, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y Archívese en su oportunidad. SENTENCIA EJECUTORIADA. Observaciones: Código: XHYJXEZXXXQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Avenida Bernardo O’ Higgins N° 0385, San Vicente de Tagua Tagua Fono 72 2 573099 • La sentenciada deberá presentarse el día jueves 13 DE ABRIL DE 2023 ante el CRS SANTIAGO SUR II, ubicado en Balmaceda N°46 Puente Alto, en horario de oficina, bajo apercibimiento de lo previsto en el artículo 24 de la Ley N° 18.216. Sirva la presente acta de suficiente atento oficio remisor. • El Tribunal, a la luz de lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley 18.216, particularmente que la sentenciada tendría domicilio en la comuna de Puente Alto y considerando la distancia considerable entre este tribunal de ejecución y el lugar y naturaleza de la pena sustitutiva que se trata, este tribunal,
Fallo
se declara: I.- Que se CONDENA a SOLEDAD VANESSA LEIVA VILLARROEL, cédula de identidad N°21.463.528-3, a la pena de VEINTIÚN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MEDIO, pena de multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, en su calidad de autora de un delito frustrado de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 446 N°3 del Código Penal, ocurrido el día 07 de abril del año 2023, en la comuna de San Vicente de Tagua-Tagua. II.- Que concurriendo a favor de la sentenciada los requisitos contemplados en los articulos 1 y 4 de la Ley 18.216, la pena privativa de libertad se le sustituye por la de REMISIÓN CONDICIONAL, quedando sujeta a la observancia de Gendarmeria de Chile, CRS SANTIAGO SUR II, por el término de UN AÑO. Si la pena sustitutiva antes indicada le fuere revocada, deberá cumplir íntegra y efectivamente la pena corporal impuesta, sin abonos a este respecto. III.- Que en cuanto a la pena de multa y habiéndose rebajado ésta a 1/3 de unidad tributaria mensual, considerando la hora de la detención y el tiempo que la misma se ha encontrado privada de libertad, hasta esta audiencia de control de detención, dicha pena de multa se tiene íntegramente por cumplida con cargo a la ya referida circunstancia. IV.- Que, concurriendo a favor de la sentenciada los requisitos contemplados en el artículo 38 de la Ley 18.216, se ordena oficiar el Servicio de Registro Civil e Identificación pa
Texto Completo (Preview)
Avenida Bernardo O’ Higgins N° 0385, San Vicente de Tagua Tagua Fono 72 2 573099 REGISTRO: 62/2023 ACTA DE AUDIENCIA RUC: 2300381064-K RIT: 652-2023 JUEZ: JORGE ALIRO PARRAGUÉ LÓPEZ FECHA: 08 de abril de 2023 HORA INICIO: 10:22 HORA DE TÉRMINO: 10:44 TIPO DE AUDIENCIA: Control de detención DELITO: Hurto simple AUDIO: INTERVINIENTES: FISCAL: Claudio Riobó Loyola DEFENSOR: Jaime Castiglioni Rojas IM
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica