FISCALIA POZO ALMONTE C/ MILOVAN NELSON LORENZO CEPEDA HENRÍQUEZ
Rol
O-520-2023
Fecha
29 de marzo de 2023
Materia
AMENAZAS CONDIC.C/PERSONAS Y PROPIEDADES ART.296 1Y2,ART.297
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS “El día 28 de marzo de 2023 siendo aproximadamante de las 11:12 horas, en circunstanciasque el requerido MILOVAN NELSON CEPEDA HENRIQUEZ, concurre hasta el negocio de abarrotes ubicado en calle Obispado N° 680 poblado de La Tirana comuna de Pozo Almonte, en el lugar comienza a amenazar a la víctima, el dueño de este local comercial don Juan Carlos Peredo Lafuente, manifestandole a viva voz y con un arma en su mano tipo cuchillo “esto no se va a quedar así voy a matarte a ti y a toda tu familia por el sapeo de anoche, que por culpa tuya encanaron a mi polola”, procediemdo posteriomente a personal de Carabineros trasladarse al lugar y lograr su detención”. Pozo Almonte, veintinueve de marzo del año dos mil veintitrés. Visto y
Fundamentos
considerando
Fallo
Se declara: Que, se condena a MILOVAN NELSON CEPEDA HENRIQUEZ, cédula de identidad N° 21.314.968-7, domiciliado en Obispado N° 680 poblado de La Tirana, comuna de Pozo Almonte, como autor del delito consumado de AMENZAS SIMPLE, PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARTÍCULO 296 N°3 DEL CÓDIGO PENAL, ocurrido en territorio jurisdiccional de este tribunal, el día 28 de marzo de 2023, a sufrir la pena de: PENA CORPORAL Extensión Pena Abonos 100 días Presidio menor en su grado mínimo 1 día Pena Sustitutiva Extensión Lugar de cumplimiento Reclusión parcial nocturna 100 días CRS Alto Hospicio Observació • Que concurriendo en la especie los requisitos del artículo 8 Código: XTJNXEWMTXQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl . n: de la Ley 18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento la pena privativa de libertad impuesta, por la de RECLUSIÓN PARCIAL NOCTURA en la modalidad domiciliaria, por igual término que la condena originalmente impuesta, que deberá cumplir con encierro en su domicilio desde las 22:00 horas de cada día, hasta las 06:00 horas del día siguiente. • Se otorga un plazo de 10 días a la defensa para que acompañe informe de factibilidad técnica de monitoreo telemático. • El sentenciado deberá presentarse en el Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile más cercano a su domicilio dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde que la presente sentencia se encuentre firme y ejecutoriada, bajo ape
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. SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO “Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal. La Presente acta solo constituye un registro administrativo que contiene una relación resumida de lo obr
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