CARREÑO/VERA
Rol
C-2313-2018
Fecha
22 de julio de 2020
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 5 de Diciembre de 2018 comparece doña ALICIA DEL CARMEN CARREÑO DONOSO, factor de comercio, con domicilio en Providencia N° 305, Llolleo, San Antonio, Cédula Nacional de Identidad N° 6.686.567-3, quien deduce demanda de indemnización de perjuicios en contra de la I. MUNICIPALIDAD DE SAN ANTONIO, persona jurídica de derecho público, RUT N° 69.073.400-1, representada por don LUIS OMAR VERA CASTRO, Alcalde, Cédula Nacional de identidad N° 5.720.492-3, ambos con domicilio en Avenida Ramón Barros Luco N° 1881, Barrancas, San Antonio, y solicita acogerla en todas sus partes y en definitiva condenarlos solidariamente a pagarle la suma de $24.000.000, por concepto de desvalorización y daño Moral, reajustada en la forma indicada, más intereses corrientes o lo que determine SS, con costas. Con fecha 8 de Enero de 2019 se notifica la demanda personalmente al representante legal de la demandada. Con fecha 25 de Enero de 2019 la demandada contesta la demanda. Niega falta de servicio por parte del municipio, alega la inexistencia del daño emergente pretendido por la actora y la improcedencia del daño moral reclamado. En subsidio, opone la excepción de caso fortuito y, finalmente, alega la improcedencia de aplicar intereses, reajustes y costas, solicitando que la demanda sea rechazada en todas sus partes. Con fecha 26 de Febrero de 2019 se evacua la réplica. Con fecha 7 de Marzo de 2019 se evacua la dúplica. C-2313-2018 Foja: 1 Con fecha 24 de Julio de 2019 se lleva a cabo la audiencia de conciliación, con la asistencia de ambas partes representadas por sus respectivos apoderados, y efectuado el llamado a conciliación, ésta no se produjo. Con fecha 29 de Julio de 2019 se recibe la causa a prueba, rindiéndose la que consta en autos. Con fecha 28 de Abril de 2019 se cita a las partes para oír sentencia.
Fundamentos
CONSIDERANDO: EN CUANTO A LA OBJECIÓN DE DOCUMENTOS: PRIMERO: Que, a folio 10, la demandada objeta los documentos acompañados por la actora en el número 3 del primer otrosí del libelo de inicio, consistentes en un set de 5 fotografías, por tratarse de documentos que no han sido certificadas por un Notario Público, que carecen de fecha cierta en los términos del artículo 1703 del Código Civil y respecto de los cuales no consta a su parte las circunstancias bajo las cuales fueron tomadas dichas fotografías, solicitando
Fallo
por tanto que en definitiva sean privados de todo mérito probatorio en estos autos. SEGUNDO: Que la parte demandante no evacuó el traslado correspondiente. TERCERO: Que, la demandada no ha señalado causa legal para objetar los documentos que impugna y los argumentos que indica solo apuntan a cuestionar el valor probatorio de fondo que puede asignárseles, cuya valoración corresponde realizarla exclusivamente al juez de la causa, en la sentencia, por lo que la objeción deberá ser rechazada tal como se dirá en lo resolutivo. H C-2313-2018 Foja: 1 EN CUANTO AL FONDO: CUARTO: Que, comparece doña ALICIA DEL CARMEN CARREÑO DONOSO, quien deduce demanda de indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual, en contra de la I. MUNICIPALIDAD DE SAN ANTONIO, representada por su Alcalde don LUIS OMAR VERA CASTRO , todos ya individualizados y solicita acogerla en todas sus partes y en definitiva condenarlos solidariamente a pagarle la suma de $24.000.000, por concepto de desvalorización y daño moral, o lo que determine SS, con reajustes, intereses y costas. Justificándose señala que con fecha 16 de Noviembre de 2017, alrededor de las 16:30 horas, en circunstancias que dejó estacionado su vehículo, un Station Wagon, Marca HYUNDAI, Modelo Santa Fe GLS 4 WD 2.2, año 2016, Patente e Inscripción HSFK. 46-7, en la vía Pública, vereda sur de la Avenida Arrayán, Sector Tejas Verdes, de la Comuna de San Antonio, a la altura del N° 492, cerca de la entrada del Regimiento denominado E
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C-2313-2018 Foja: 1 FOJA: 51 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de San Antonioº CAUSA ROL : C-2313-2018 CARATULADO : CARRE O/VERAÑ San Antonio, veintid s de Julio de dos mil veinte ó VISTOS: Con fecha 5 de Diciembre de 2018 comparece doña ALICIA DEL CARMEN CARREÑO DONOSO, factor de comercio, con domicilio en Providencia N° 305, Llolleo, San Antonio, Cédula Nacional
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