11º Juzgado Civil de Santiago

TALLERES E INVERSIONES NARR Y COMPAÑÍA LIMITADA/I.MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO

Rol

C-8500-2020

Fecha

22 de julio de 2020

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto Comparece Ricardo Narr Grauschopf, en representación de la sociedad Talleres e Inversiones Narr y Compañía Limitada, domiciliados en Local N°14 de Avenida Manquehue Sur N°1640, comuna de Las Condes, y deduce demanda de declaración de prescripción extintiva en contra de la Ilustre Municipalidad de Santiago, domiciliada en Plaza de Armas s/n, comuna de Santiago, solicitando que en definitiva se declare la prescripción extintiva de las acciones de cobro de deuda que mantiene con la demandada y que corresponde al período comprendido entre el 31 de julio de 2010 al 31 de enero de 2012, que asciende a la suma de $3.034.113 (tres millones treinta y cuatro mil ciento trece pesos). Refiere que mantiene deuda por concepto de derechos de patente comercial desde el 31 de julio de 2010 hasta el 31 de enero de 2012, por la suma de $3.034.113 (tres millones treinta y cuatro mil ciento trece pesos), sin embargo, ésta deuda se encuentra totalmente prescrita por cumplirse los presupuestos legales. Funda demanda en disposiciones contenidas en los artículos 2492 y 2521 del Código Civil. La demandada en escrito de 14 de julio de 2020(folio 10) contesta la acción deducida en su contra y se allana en su totalidad respecto de la deuda que mantiene la contraria por concepto de patente municipal enrolada con el N°320513-4, que comprende el primer semestre del año 2007 y primer semestre del año 2012, ambas fechas inclusive, y lo hace de acuerdo a lo dispuesto en artículos 2514 y 2515 del Código Civil. La resolución de 20 de julio del año en curso cita a las partes a oír sentencia.

Fundamentos

Considerando Primero: Ha comparecido Ricardo Narr Grauschopf en representación de la sociedad Talleres e Inversiones Narr y Compañía Limitada, deduciendo demanda de C-8500-2020 Foja: 1 declaración de prescripción extintiva en contra de la Ilustre Municipalidad de Santiago y solicita se declare la prescripción extintiva de las acciones de cobro de deuda que mantiene con la demandada y que corresponde al período comprendido entre el 31 de julio de 2010 hasta el 31 de enero de 2012, que asciende a la suma de $3.034.113 (tres millones treinta y cuatro mil ciento trece pesos), la que funda en antecedentes de hecho y de derecho expuestos en la parte expositiva de esta sentencia. Segundo: La demandada se allana íntegramente a la acción deducida. Tercero: La prescripción extintiva es un modo de extinguir las acciones y es producto del transcurso del tiempo unido a la inactividad del acreedor para hacer valer su derecho al crédito, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2492 del Código Civil. Cuarto: Conforme lo establece el artículo 2515 del Código Civil, el plazo de prescripción es de tres años para las acciones ejecutivas y de cinco años para las ordinarias. Por su parte, el artículo 2521 sostiene que el plazo de prescripción de las acciones de las cuales el titular el Fisco de Chile y las Municipalidades es de 3 años, plazo de que conforme a las reglas generales se contabiliza desde que la obligación se ha hecho exigible. Quinto: En la causa con el mérito especial del informe de deuda (folio 1) y allanamiento que hace la demandada, ha de constatarse los siguientes hechos: a) que la sociedad Talleres e Inversiones Narr y Compañía Limitada, de dirección Toesca 2862, comuna de Santiago, adeuda patentes municipales por el período cuyos vencimientos van entre marzo del año 2007 a enero del año 2012, por la suma total de $3.034.113 (tres millones treinta y cuatro mil ciento trece pesos) y ; b) la acción para exigir el cobro de patentes por el período que va desde marzo del año 2007 a enero del año 2012, ambos inclusive, se encuentra extinguido por prescripción. Sexto: Con el mérito de lo referido en el fundamento precedente, se acoge demanda de prescripción extintiva por el cobro de patentes municipales adeudadas por la sociedad Talleres e Inversiones Narr y Compañía Limitada, de dirección Toesca 2862, comuna de Santiago, por el período cuyos vencimientos van entre marzo del año 2007 a enero del año 2012, ambos inclusive, por la suma total de $3.034.113 (tres millones treinta y cuatro mil ciento trece pesos) Séptimo: Habiéndose allanado la demandada a la pretensión referida, cada parte hará pago de sus costas. Atendido lo antes razonado y lo dispuesto en los artículos 2492, 2493 y 2521, todos del Código Civil y 1760 y siguientes del Código de Procedimiento Civil,

Fallo

se declara: I.- Que se acoge la demanda de prescripción extintiva de derechos de aseo municipales, declarándose prescritas las acciones derivadas para el cobro de patentes municipales adeudadas por la sociedad Talleres e Inversiones Narr y Compañía Limitada, C-8500-2020 Foja: 1 de dirección Toesca 2862, comuna de Santiago, por el período cuyos vencimientos van entre marzo del año 2007 a enero del año 2012, ambos inclusive, por la suma total de $3.034.113 (tres millones treinta y cuatro mil ciento trece pesos) II.- Que, cada parte pagará sus costas; Regístrese y archivase; Rol N°8500-2020 Pronunciada por Ricardo Núñez Videla, Juez Titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintid s de Julio de dos mil veinte ó Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-07-22T13:46:24-0400

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C-8500-2020 Foja: 1 FOJA: 1 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 11 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-8500-2020 CARATULADO : TALLERES E INVERSIONES NARR Y COMPA A LIMITADA/I.MUNICIPALIDAD DE SANTIAGOÑÍ Santiago, veintid s de Julio de dos mil veinte ó Visto Comparece Ricardo Narr Grauschopf, en representación de la sociedad Talleres e Inversiones Narr y Compañía Limitada, domicili

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