7º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ NICOLÁS FELIPE ALFARO CORDERO

Rol

O-6081-2022

Fecha

5 de abril de 2023

Materia

ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO O SITIOSNO DESTIN.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos: El día 30 de mayo de 2022, aproximadamente a las 17:10 horas, los requeridos, previamente concertados concurrieron a bordo de un vehículo conducido por el requerido Nicolás Felipe Alfaro Cordero, a la altura del N° 2512 de calle Domeyko, en la comuna de Santiago. En el lugar, el requerido Eduardo Alejandro Inostroza Yañez descendió del vehículo y se dirigió hasta la puerta del conductor del vehículo marca Chevrolet, modelo Sail, placa patente PGFZ82, de propiedad de Manuel Eliecer Santeliz Goyo, que se encontraba estacionado en la vía pública. Con el objeto de sustraer el vehículo el requerido forzó con un destornillador la chapa de la puerta del conductor, logrando abrirla, momento en que fue sorprendido por personal de Policía de Investigaciones que se encontraba en el lugar, por lo cual huyó del lugar. Santiago, cinco de abril de dos mil veintitrés.- Se declara: l.- Se condena al requerido EDUARDO ALEJANDRO INOSTROZA YÁÑEZ, ya individualizado, a la pena de cuarenta y un días de prisión en su grado máximo, a la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor del delito de ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO, previsto y sancionado en el artículo 443 del Código Penal, en grado de desarrollo consumado, cometido en esta jurisdicción el día 30 de mayo de 2022. II.- La pena corporal se le da por cumplida, por el mayor tiempo que permaneció privado de libertad con medida cautelar de arresto domiciliario total por esta causa, desde el día 31 de mayo del 2022 al 31 de octubre del 2022. III.- Que se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa. Código: NWVDXEPEXZQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Cúmplase en su oportunidad con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Se tiene presente la renuncia a los plazos por parte de los intervinientes y en consecuencia, por ejec

Fallo

Se declara: l.- Se condena al requerido EDUARDO ALEJANDRO INOSTROZA YÁÑEZ, ya individualizado, a la pena de cuarenta y un días de prisión en su grado máximo, a la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor del delito de ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO, previsto y sancionado en el artículo 443 del Código Penal, en grado de desarrollo consumado, cometido en esta jurisdicción el día 30 de mayo de 2022. II.- La pena corporal se le da por cumplida, por el mayor tiempo que permaneció privado de libertad con medida cautelar de arresto domiciliario total por esta causa, desde el día 31 de mayo del 2022 al 31 de octubre del 2022. III.- Que se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa. Código: NWVDXEPEXZQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Cúmplase en su oportunidad con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Se tiene presente la renuncia a los plazos por parte de los intervinientes y en consecuencia, por ejecutoriada la presente sentencia. Se dejan sin efecto las medidas cautelares si las tuviere. Dictó sentencia PATRICIA MICHELL IBACACHE TOLEDO, Juez del 7° Juzgado de Garantía de Santiago. /srp. Código: NWVDXEPEXZQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-04-10T19:28:58-0400

Texto Completo (Preview)

RUC : 2200524868-3 RIT : 6081 - 2022 MAGISTRADO : PATRICIA MICHELL IBACACHE TOLEDO NOMBRE IMPUTADO : EDUARDO ALEJANDRO INOSTROZA YÁÑEZ CEDULA DE IDENTIDAD : 15.845.031-3 DOMICILIO : Calle CASMA Nº 751, San Miguel. FISCAL : MARÍA JOSÉ GREZ SEPÚLVEDA DEFENSOR PRIVADO : CRISTIAN MIRANDA OSSES TRIBUNAL : 7º Juzgado de Garantía de Santiago FECHA DE SENTENCIA : cinco de abril de dos mil veintitrés CIRCU

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica