BULNES/
Rol
V-124-2019
Fecha
22 de julio de 2020
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que, por presentación de 15 de junio del año 2019, comparece doña Pabla Daza Paredes, chilena, soltera, abogada, RUN N° 11.756.418-5, en representación de Sociedad Lega Minera Panquehue Siete Primera de Panquehue, ambos con domicilio en calle Moneda N° 920, oficina 608, comuna de Santiago, pide se declare la constitución de concesiones mineras de exploración, sobre terrenos abiertos e incultos en favor de su representada. El punto medio corresponde a las coordenadas U.T.M. Norte 6.369.000,00 metros y Este 333.165,00 metros; y se ubica en el sector denominado Las Torcazas, de la comuna de Panquehue, provincia de San Felipe, Quinta Región. El área manifestada tiene la forma de un rectángulo, cuyos lados orientados NORTE-SUR U.T.M miden 1000 metros, mientras que los orientados ESTE-OESTE U.T.M miden 2000 metros, encerrando una superficie total de 200 hectáreas, la que denominará “PANQUEHUE III - 2019”. Fundamenta su petición al tenor de lo dispuesto en el artículo 34 y siguientes del Código de Minería.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, para efectos de acoger la solicitud expuesta en lo expositivo del presente fallo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 87 del Código de Minería, consta en la presente gestión: 1.- Certificado del Secretario del tribunal que señala que la concesión minera de exploración “PANQUEHUE III - 2019”, fue presentada con fecha 15 de julio del año 2019, a las 18:34 horas y anotada con el N°35 del libro de minas; 2.- Publicación en el Boletín Oficial de Minería, del pedimento minero “PANQUEHUE III - 2019”, de fecha 15 de julio del año 2019; 3.- Oficio N° 0566 del Servicio Nacional de Geología y Minería, de fecha 13 de abril del año 2020, el cual informa como correctos, los aspectos técnicos de la concesión de exploración denominada “PANQUEHUE III - 2019”; 4.- Copia autorizada de inscripción de concesión de exploración minera “PANQUEHUE III - 2019”, de fojas 63, número 25 del registro de descubrimientos del Conservador de Minas de San Felipe, de fecha 4 de julio del año 2019. SEGUNDO: Que las coordenadas UTM del Punto Medio y de los vértices de la cara superior de la concesión, referidas al Elipsoide Internacional de referencia 1924, Datum La Canoa de 1956, Huso 19, son: Punto Medio : Norte 6.369.000,00 metros y Este 333.165,00 metros Vértice 1 : Norte 6.369.500,00 metros y Este 332.165,00 metros Vértice 2 : Norte 6.369.500,00 metros y Este 334.165,00 metros Vértice 3 : Norte 6.368.500,00 metros y Este 334.165,00 metros Vértice 4 : Norte 6.368.500,00 metros y Este 332.165,00 metros El Punto medio se encuentra a una distancia UTM de 1118,03 metros, con Azimut UTM de 129.5167grados medidos desde el vértice V1. Que atendido el mérito de lo expuesto, documentos y antecedentes agregados, se accederá a la petición incoada. Y visto lo dispuesto en los artículos 1, 2, 14, 15, 22, 3, 35, 43, 55, 56, 57, 59 y siguientes del Código de Minería,
Fallo
FALLO : 22 DE JULIO DE 2020 San Felipe, veintid s de Julio de dos mil veinte ó VISTOS: Que, por presentación de 15 de junio del año 2019, comparece doña Pabla Daza Paredes, chilena, soltera, abogada, RUN N° 11.756.418-5, en representación de Sociedad Lega Minera Panquehue Siete Primera de Panquehue, ambos con domicilio en calle Moneda N° 920, oficina 608, comuna de Santiago, pide se declare la constitución de concesiones mineras de exploración, sobre terrenos abiertos e incultos en favor de su representada. El punto medio corresponde a las coordenadas U.T.M. Norte 6.369.000,00 metros y Este 333.165,00 metros; y se ubica en el sector denominado Las Torcazas, de la comuna de Panquehue, provincia de San Felipe, Quinta Región. El área manifestada tiene la forma de un rectángulo, cuyos lados orientados NORTE-SUR U.T.M miden 1000 metros, mientras que los orientados ESTE-OESTE U.T.M miden 2000 metros, encerrando una superficie total de 200 hectáreas, la que denominará “PANQUEHUE III - 2019”. Fundamenta su petición al tenor de lo dispuesto en el artículo 34 y siguientes del Código de Minería. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, para efectos de acoger la solicitud expuesta en lo expositivo del presente fallo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 87 del Código de Minería, consta en la presente gestión: 1.- Certificado del Secretario del tribunal que señala que la concesión minera de exploración “PANQUEHUE III - 2019”, fue presentada con fecha 15 de julio del año 2019, a las 18:34
Texto Completo (Preview)
FOJA: 26 .- Veintiseis NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de San Felipe CAUSA ROL : V-124-2019 CARATULADO : BULNES/ MATERIA : PEDIMENTO MINERO FECHA DE INICIO : 15 DE JUNIO DE 2019 AUTOS PARA FALLO : 22 DE JULIO DE 2020 San Felipe, veintid s de Julio de dos mil veinte ó VISTOS: Que, por presentación de 15 de junio del año 2019, comparece doña Pabla Daza Paredes, chilena
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