Juzgado de Garantía de Temuco.

MVV DOS SPA C/ CARLOS ALEJANDRO ROSAS DÍAZ

Rol

O-1470-2019

Fecha

27 de marzo de 2023

Materia

APROPIACION INDEBIDA ART.470 N°1

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y oídos: Se tuvo por acreditado que Carlos Alejandro Rosas Díaz, cédula de identidad N° 13.450.318-1, nacido el día 31 de agosto de 1977, trabajador independiente, domiciliado en calle Miguel Infante N° 986, Los Ángeles, el día 6 de noviembre de 2018 concurrió hasta la sucursal de la empresa de arriendo de vehículos MVV Dos S.P.A., ubicada en Avenida O´Higgins N° 0415 de la ciudad de Temuco, donde arrendó un vehículo marca Renault, modelo Symbol, PPU HZCK.47 el que no devolvió en la fecha convenida, apropiándose del vehículo que tenía un valor comercial del vehículo de $5.000.000 equivalente a 103,82 unidades tributarias mensuales, al momento de los hechos. Que el contenido íntegro de esta sentencia se encuentra registrado en el audio respectivo de esta misma fecha, de la cual solo se transcribe la parte resolutiva, en virtud de lo dispuesto en el Auto Acordado de fecha 14 de marzo de 2014, dictado por la Excelentísima Corte Suprema y contenido en el acta Nº 40-2014; Y VISTOS ADEMÁS; Lo dispuesto en los artículos 1, 11 N° 9; 14 N° 1, 15 N° 1, 25, 30, 470 N° 1 del Código Penal en relación al artículo 467 N° 1 del mismo cuerpo legal; artículos 1, 3, 47 y 395 y siguientes del Código Procesal y artículos 1, 7, 8 y 35 de la ley Nº 18.216, se declara: 1.- Que se acoge el requerimiento del Ministerio Público, solo en cuanto se condena a Carlos Alejandro Rosas Díaz, ya individualizado, a cumplir la pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, accesorias de suspensión de cargo u oficio público, durante el tiempo de la condena y multa de una unidad tributaria mensual, como autor de delito de apropiación indebida consumado, del artículo 470 N° 1 del Código Penal en relación al artículo 467 N° 1 del mismo cuerpo legal, perpetrada el día 6 de noviembre de Código: PEKEXELXXHQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2018, en esta ciudad, sin costas, por haber admitido responsabilidad en los he

Fallo

se declara: 1.- Que se acoge el requerimiento del Ministerio Público, solo en cuanto se condena a Carlos Alejandro Rosas Díaz, ya individualizado, a cumplir la pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, accesorias de suspensión de cargo u oficio público, durante el tiempo de la condena y multa de una unidad tributaria mensual, como autor de delito de apropiación indebida consumado, del artículo 470 N° 1 del Código Penal en relación al artículo 467 N° 1 del mismo cuerpo legal, perpetrada el día 6 de noviembre de Código: PEKEXELXXHQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2018, en esta ciudad, sin costas, por haber admitido responsabilidad en los hechos. 2.- Que la pena privativa de libertad se sustituye por la pena de reclusión parcial domiciliaria nocturna, contemplada en los artículos 7 y 8 de la Ley 18.216, consistente en el encierro en su domicilio, desde las 22:00 horas de cada día hasta las 06:00 horas del día siguiente, de lunes a domingo, por el tiempo de duración de la condena, debiendo computársele una noche por cada día de privación de libertad. La pena sustitutiva se controlará por vía telemática. Para tal efecto ofíciese a Gendarmería de Chile por correo electrónico utilizando el formulario respectivo, para solicitar el informe de factibilidad técnica.. La sentenciada deberá presentarse ante el Centro de Reinserción Social de Los Ángeles dentro de quinto día de ejecutoriada la se

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Temuco, veintisiete de marzo de dos mil veintitrés. Vistos y oídos: Se tuvo por acreditado que Carlos Alejandro Rosas Díaz, cédula de identidad N° 13.450.318-1, nacido el día 31 de agosto de 1977, trabajador independiente, domiciliado en calle Miguel Infante N° 986, Los Ángeles, el día 6 de noviembre de 2018 concurrió hasta la sucursal de la empresa de arriendo de vehículos MVV Dos S.P.A., ubicada

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