MP C/ MARCELO ALEJANDRO VÁSQUEZ RODRÍGUEZ
Rol
O-4765-2022
Fecha
5 de abril de 2023
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3., INCENDIO C/PELIGRO PARA LAS PERSONAS ARTS.475 Y 476 N01 Y 2
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: Que el día 07 de agosto de 2022 alrededor de las 01:50 horas y en circunstancias que la víctima Roberto Patricio Monsalve Álvarez mantenía en el exterior de su domicilio, esto es calle Módena N° 2365, Temuco, estacionados en la vía publica los vehículos P.P.U. NA.9912; KP.4321 y NH.8292, llegó hasta dicho lugar el imputado Vásquez Rodríguez, quien es un vecino del lugar, quien gritaba de manera descontrolada solicitando el retiro de los vehículos del lugar, para luego proceder a lanzar un líquido acelerante que portaba a los móviles con la intención de quemarlos, situación que alertó a la víctima Roberto Monsalve Álvarez, quien salió al exterior de su domicilio y le solicitó al imputado que depusiera su actuar, instantes en que el imputado procede a agredir a la víctima y lanzar sobre el cuerpo de éste líquido acelerante que éste portaba para intentar encender fuego con un soplete que mantenía en una de sus manos, situación que provocó la huida de la víctima a fin de evitar que encendiera fuego sobre su cuerpo. Temuco, cinco de abril de dos mil veintitrés Código: KXKSXEDBXPT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Conforme lo dispone el artículo 4 del acta 40-2014 de fecha 14 de marzo de 2014, en cuanto a que “…la parte resolutiva del fallo será utilizado como transcripción única de éste en todos aquellos casos en que haya sido pronunciado en juicio simplificado con aceptación de responsabilidad del condenado o, en procedimiento abreviado, siempre y cuando se haya dictado sentencia completa en forma verbal en la misma audiencia y ésta conste en el respaldo de audio respectivo…” y que sólo si “…se impugna dicho fallo, la administración del tribunal deberá —en forma previa a remitir el recurso al tribunal de alzada- ingresar al sistema SIAGJ, vía actuación, transcripción íntegra de la sentencia que conste en el audio, con el objeto de ser tenida a la vista al conocerse el recurso” instrucción corro
Fallo
fallo será utilizado como transcripción única de éste en todos aquellos casos en que haya sido pronunciado en juicio simplificado con aceptación de responsabilidad del condenado o, en procedimiento abreviado, siempre y cuando se haya dictado sentencia completa en forma verbal en la misma audiencia y ésta conste en el respaldo de audio respectivo…” y que sólo si “…se impugna dicho fallo, la administración del tribunal deberá —en forma previa a remitir el recurso al tribunal de alzada- ingresar al sistema SIAGJ, vía actuación, transcripción íntegra de la sentencia que conste en el audio, con el objeto de ser tenida a la vista al conocerse el recurso” instrucción corroborada por el artículo 62 del acta 71-2016 de 16 de junio de 2016 de la Excelentísima Corte Suprema. Se deja constancia que la sentencia fue dictada íntegramente en audiencia, que consta en el registro de audio y que la parte dispositiva y resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 N°7, 11 N°9, 14, 15, 24, 25, 26, 30, 32, 40, 49, 50, 52, 60, 68, 69, 70, 76, 296 y 477 del Código Penal; y lo dispuesto en los artículos 36, 38, 47, 297, 348, 406 y siguientes del Código Procesal Penal, se resuelve: I.- Que se CONDENA a MARCELO ALEJANDRO VÁSQUEZ RODRÍGUEZ, ya individualizado, como autor del delito consumado de AMENAZAS, ilícito previsto y sancionado en el artículo 9 del Código Penal, por los hechos ocurridos en la ciudad de Temuco el día 07 de agosto
Texto Completo (Preview)
RESUMEN RIT : . – . RUC : - MATERIA : AMENAZAS ART. 9 N°3 CÓDIGO PENAL E INCENDIO. IMPUTADO : MARCELO ALEJANDRO VÁSQUEZ RODRÍGUEZ CÉDULA DE IDENTIDAD : . 3. - DOMICILIO : Calle TRAPANI Nº 9 de la comuna de Temuco. ATENUANTES : Artículo N° y N°9 del Código Penal AGRAVANTES : No concurren RESOLUCIÓN SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO HECHOS: Que el día 07 de agosto de 2022 alrededor de las 01:5
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica