MP C/ ANGELO JAVIER FONSECA SEPULVEDA
Rol
O-2351-2021
Fecha
3 de abril de 2023
Materia
RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS, ROBO EN LUGAR NO HABITADO.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día de diciembre de , a las . horas, los imputados MARCELO PIÑA CÁCERES, ANGELO FONSECA SEPULVEDA, JESUS PEÑA SAEZ y el imputado presente MARTIN MAULEN BUSTAMANTE, se dirigieron a bordo del vehículo marca Hunday PPU XP- , a la tienda o al establecimiento comercial Motorrad ubicado en La Caletera Sur, de la Ruta km, . , comuna de Curacaví, lugar donde procedieron a realizar un forado en la reja del portón, haciendo un corte precisamente en la reja para luego ingresar a este establecimiento en donde se comercializan vehículos, venden Código: XXWDXEVNZQX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl específicamente motos, y comenzar a romper las cajas donde se encontraban estas mercancías, siendo sorprendidos por personal policial, abandonando el lugar huyendo en el mismo vehículo por la ruta , sufriendo un desperfecto este y debiendo huir en infantería siendo detenidos en la ruta a la altura del km . , por funcionarios policiales, se hace que el vehículo en el que transitaban los imputados correspondiente a la PPU XP- ,marca Hyundai, mantenía encargo por robo debido a denuncia N° de la °comisaira de Maipú, por el delito de robo de vehículo de fecha de diciembre de , respecto de la víctima PEDRO TOMAS CARVAJAL RAMIREZ, manteniendo este vehículo en poder de los imputados, conociendo o no pudiendo menos que conocer el origen ilícito de dicha especie, se hace presente que no se alcanzaron a sustraer especies de la tienda Motorrad. Curacaví, tres de abril de dos mil veintitrés. Por estos
Fundamentos
fundamentos y de conformidad además con lo previsto en los artículos , , N° , N° , N° , N° , , , , , , , , , , bis A del Código Penal; artículos , , y siguientes del Código Procesal Penal; y artículos y siguientes de la Ley N° . ;
Fallo
SE RESUELVE: I.- Que se condena a MARTIN ENRIQUE MAULEN BUSTAMANTE, Cédula Nacional de Identidad N° . . - , ya individualizado, como autor del delito consumado de receptación de vehículo motorizado, previsto y sancionado en el artículo bis A del Código Penal, ocurrido en esta jurisdicción el día de diciembre del año , a sufrir la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, multa de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, más las accesorias de suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. Asimismo se le condena a la pena de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, como autor de un delito de robo en lugar no habitado, previsto en el artículo y sancionado en el artículo N° ambos del Código Penal, en grado frustrado, perpetrado en esta jurisdicción el día de diciembre de , más la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. Código: XXWDXEVNZQX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II. Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo º de la Ley N° . , se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia en el Centro de Apoyo a la Integración Social Melipilla, por el término de duración de las condenas impuestas y debiendo, además, cumplir durante el período de control con
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RUC : - RIT : - NOMBRE IMPUTADO : MARTIN ENRIQUE MAULEN BUSTAMANTE CEDULA DE IDENTIDAD : - FISCAL : CLAUDIA HERRERA VERGARA DEFENSOR : RODRIGO HERNÁN VELÁZQUEZ HECHENLEITNER TRIBUNAL : Juzgado de Garantía de Curacaví FECHA DE SENTENCIA : tres de abril de dos mil veintitrés TIPO DE RESOLUCIÓN : Sentencia de Abreviado ATENUANTE : Artículo N° del Código Penal, por su colaboración en este procedimient
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