Juzgado de Letras de Constitución

SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANISMO

Rol

V-206-2017

Fecha

20 de julio de 2020

Materia

EXPROPIAR, GESTIÓN DE PAGO PARA

Resultado

No especificado

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Hechos

visto además lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 2.186 de 1978 sobre Procedimiento de Expropiaciones; SE RESUELVE: Que, SE RECHAZA al giro del cheque solicitado en folio 35, por don JOSE MAUCIMINO RÌOS ORTIZ con fecha 26 de junio del presente. Notifíquese, anótese, regístrese, certifíquese en su oportunidad. Rol V-206-2017 Dictada por don GUSTAVO BENAVENTE MORA, Juez Titular del Juzgado de Letras de Constitución. Constitución, veinte de julio de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución que antecede. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-07-20T13:30:27-0400

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el 05 de octubre de 2017 (folio 1), compareció el SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANISMO DE LA REGIÓN DEL MAULE, manifestando que por Resolución Exenta N° 2747 del 03 de agosto de 2017, publicada en extracto en el Diario Oficial y en el diario “El Centro”, el 16 de agosto de 2017; se dispuso la expropiación parcial de 11,99 metros cuadrados del bien raíz ubicado en Sitio N° 260, Santa Olga, Manzana S/14, Rol de Avalúo N° 606-11 de la comuna de Constitución, cuyo propietario aparente es don José Ríos Ortiz; consignando la suma de $ 155.870.- como monto de indemnización provisional, y solicitando tener por consignada y pagada tal cantidad, al título ya indicado. SEGUNDO: Que, el 08 de mayo de 2018 (folio 15) comparece don JOSÉ MAUCIMINO RÍOS ORTIZ, R.U.N. N° 6.428.052-K, Electromecánico, domiciliado para dichos efectos en Echeverría Nº 460, Constitución; quien el 02 de agosto de 2018 (folio 19) acompaño copia simple de inscripción de dominio con certificado de vigencia inscrito a foja 435 Nº 730, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Constitución, correspondiente al año 1993; además, certificado de avalúo fiscal del inmueble expropiado Rol N° 606-11 comuna Constitución. Luego, en presentación del 26 de junio de 2020 (folio 35) solicitó el giro de cheque por la suma consignada en autos, reteniéndose los autos para

Fallo

fallo el 01 de julio del presente año (folio 36). TERCERO: Que, para hacer pago íntegro de la indemnización provisional consignada al dueño del bien expropiado, se requiere que ningún otro interesado se haya presentado, dentro del plazo legal, haciendo valer sus derechos o créditos sobre la suma depositada, circunstancia que se encuentra acreditada con el certificado de la Ministro de fe de este Juzgado, efectuado el 03 de junio de 2020 y que corre a folio 34. Además, es menester que el solicitante acredite su derecho de dominio y se encuentre exento o al día, en el pago del impuesto territorial de conformidad a lo prescrito por el artículo 26 del Decreto Ley N° 2186. Al NOMENCLATURA : 1. [40] Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Constitución. JUEZ : Gustavo Benavente Mora. CAUSA ROL : V-206-2017 CARATULADO : “SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANISMO” SOLICITANTE : SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANISMO REGIÓN DEL MAULE. R.U.T. : 61.819.000-5 PROCEDIMIENTO : Voluntario. MATERIA : Gestión de pago para expropiar. CÓDIGO : U-13 INGRESO : 05 de octubre de 2017. efecto, a folios 19 y 23 corren agregadas copias autorizadas de la inscripción de dominio de foja 435 Nº 730 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Constitución, correspondiente al año 1993, que si bien se refiere al Sitio Nº 260, esta se encuentra ubicado en el lugar denominado cruce empedrado, no especificándose que dicha ubicación sea en Santa Olga, además, no consigna número de rol de avalúo alguno, pue

Texto Completo (Preview)

Foja treinta y cinco. 37. Constitución, veinte de julio de dos mil veinte VISTOS, TENIENDO PRESENTE Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el 05 de octubre de 2017 (folio 1), compareció el SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANISMO DE LA REGIÓN DEL MAULE, manifestando que por Resolución Exenta N° 2747 del 03 de agosto de 2017, publicada en extracto en el Diario Oficial y en el diario “El Centro”, el 16 de agosto de

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