8º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ ANDRÉS IGNACIO MORÁN AGURTO

Rol

O-5888-2022

Fecha

29 de marzo de 2023

Materia

ROBO CON INTIMIDACION.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS ACEPTADOS “El día 30 de octubre de 2022, aproximadamente a las 16.00 horas el imputado ANDRES IGNACIO MORAN AGURTO llegó hasta la calle Las Hortensias, llegando a la intersección con calle Hernando de Aguirre, comuna de Providencia, lugar por donde caminaba la víctima SIMÓN ALEJANDRO BARBOSA BRAVO, quien se dirigía a su domicilio, al momento en que este último pasó por el lado del imputado, sacó desde uno de sus bolsillos su teléfono celular, momento que el imputado aprovechó para acercarse a la víctima tomándolo fuertemente de los brazos, logrando neutralizarlo, al tiempo que con uno de sus brazos rodeó el pecho de la víctima, manteniendo un objeto que a la víctima impresionó con un cuchillo, al tiempo que le exigía la entrega de su teléfono celular, luego el imputado le arrebató el teléfono celular a la víctima, dándose a la fuga. La víctima, en compañía de personas no identificadas que concurrieron en su ayuda procedieron a seguir al imputado por avenida Hernando de Aguirre, lugar en el cual el imputado se desprendió del teléfono celular sustraído, el cual lanzó al suelo, continuando su marcha donde fue detenido en avenida El Bosque con calle Lota, por motociclistas de la asociación RAPPI quienes lo entregaron a la autoridad respectiva.- Santiago, veintinueve de marzo de dos mil veintitrés. En virtud de lo dispuesto en los artículos 1º, 3º, 5º, 7º, 11 Nos. 6 y 9, 14 N° 1, 15 Nº 1, 18, 21, 25, 26, 29, 50, 69, 79, 436 inciso 1° del Código Penal; 1, 2, 4, 47, 340, 341, 342, 343, 344, 348 y 406 y Código: PPZHXETXCLN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 siguientes del Código Procesal Penal; y 1 y 15 y siguientes, 17 ter y 38 de la Ley 18.216, SE DECLARA: I.- Que se condena al acusado ANDRÉS IGNACIO MORÁN AGURTO, cédula de identidad 20.835.065-K, 21 años, nacido el 20 de agosto de 2001, soltero, guardia de seguridad, domiciliado en Los Paltos n°10.841, comuna de El Bosque, a la pena de TRES (3) A

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se condena al acusado ANDRÉS IGNACIO MORÁN AGURTO, cédula de identidad 20.835.065-K, 21 años, nacido el 20 de agosto de 2001, soltero, guardia de seguridad, domiciliado en Los Paltos n°10.841, comuna de El Bosque, a la pena de TRES (3) AÑOS Y UN (1) DÍA de presidio menor en su grado máximo y a las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, como autor del delito consumado de robo con intimidación, tipificado y sancionado en el artículos 436 inciso 1° del Código Penal, perpetrado el día 30 de octubre de 2022, en la comuna de Providencia. II.- Que reuniéndose en su favor los requisitos previstos en el artículo 15 bis de la Ley 18.216, se le concede al sentenciado la pena sustitutiva de la libertad vigilada intensiva, por el lapso que dure la condena, debiendo someterse a un tratamiento y observación del Centro de Reinserción Social de Santiago Sur, bajo las condiciones del artículo 17. El delegado de libertad deberá informar al Tribunal periódicamente sobre la evolución del régimen de libertad dispuesto. En caso de materializarse la condena privativa de libertad aplicada, se ejecutará en recinto de Gendarmería de Chile; pena temporal que se computará desde el día que el sentenciado se presente voluntariamente a cumplirla o sea aprehendido. Certifíquese por el tribunal el número de días de abono que considerar en esta causa, en atenci

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1 OCTAVO JUZGADO DE GARANTÍA SANTIAGO RESUMEN RUC : 2201076235-2 RIT : 5888-2022 MATERIA : ROBO CON INTIMIDACIÓN IMPUTADO : ANDRÉS IGNACIO MORÁN AGURTO DEFENSA PÚBLICA : ETHAN TEPLITZKY FISCAL : MARGARITA MILLARES RESOLUCIÓN : SENTENCIA DEFINITIVA PROCEDIMIENTO : ABREVIADO ATENUANTES : 11 N° 6 y 9 CÓDIGO PENAL AGRAVANTES : NO SE INVOCAN HECHOS ACEPTADOS “El día 30 de octubre de 2022, aproximadamen

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