1º Juzgado De Letras De Talagante

VILLASANTE/

Rol

V-46-2019

Fecha

17 de julio de 2020

Materia

DONAR O INSINUACIÓN, AUTORIZACIÓN PARA

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que con fecha 20 de junio de 2019 (folio 1), compareci donó Alejandro Mu oz Seguel, abogado, domiciliado en Luis Thayer Ojeda N 166, oficinañ ° 41, comuna de Providencia, en representaci n don ó JOS LUIS VILLASANTEÉ ARAVENA, RUN N 7.052.315-9, empresario, domiciliado en Fundo El Carmen de° Sorrento, comuna y Provincia de Talagante, quien vino en solicitar autorizaci n judicialó para donaci n de bienes, a sus hijos, a saber, Fernando, Magdalena Isabel, Juan Ignacio,ó y Josefina todos de apellidos Villasante Vadillo. Funda su petici n en que el solicitante est casado en r gimen de separaci n totaló á é ó de bienes con do a Mar a Carolina Vadillo Hot, con quien tuvo cuatro hijos, yañ í individualizados. Que producto de su trabajo, ha formado un patrimonio compuesto por bienes ra ces, participaciones sociales e inversiones en instrumentos financieros, queí asciende a la suma de $2.001.856.845.- Con el consentimiento de su c nyuge y con el fin de ayudar econ micamente a susó ó hijos, el solicitante desea donar a sus hijos una parte de los derechos reales de aprovechamiento de aguas del cual es titular, la cual consiste en 10 lts/seg, del resto de un derecho de aguas subterr neas consuntivo, de ejercicio permanente y continuo, porá un caudal original de 320 lts/seg, que se capta desde un punto ubicado en las coordenadas UTM Norte/Latitud 6.262.340,0 mts. y UTM Este/Longitud 325.070,0 mts. Huso 19, Datum 1.956. El valor de los derechos de aguas objeto de la donaci n esó por la suma total de $200.000.000.- correspondiendo a cada hijo del solicitante la suma de $50.000.000.- El solicitante menciona que su erogaci n no le causa detrimentoó patrimonial de importancia, habida consideraci n de su actual patrimonio, a quien donaó es a sus propios legitimarios, por lo que no se estar a eludiendo derechos hereditarios yí que no registra deudas significativas ni incumplimiento de compromisos con acreedores de ning n tipo. ú SEGUNDO: Que a fin de

Fallo

Por estas razones y vistos adem s lo dispuesto en los art culos 1.386, 1401 y 1.408á í del C digo Civil; art culos 817 y siguientes y art culo 889 del C digo de Procedimientoó í í ó Civil: Ley N 16.271, y dem s normas pertinentes, se resuelve:° á Que HA LUGAR a la solicitud de autorizaci n de donaci n, incoada por donó ó JOS LUIS VILLASANTE ARAVENA, a fin de que done, ceda y transfiera a sus hijos,É Fernando, Magdalena Isabel, Juan Ignacio, y Josefina todos de apellidos Villasante Vadillo, a cada uno de ellos, 10 Lts/seg., del derecho de aprovechamiento de aguas subterr neas consuntivo y de ejercicio permanente y continuo, correspondiente a losá JLJZ derechos de aguas del donante, inscrito a fs. 55 N 53 del Registro de Propiedad de° Aguas del a o 2008 del Conservador de Bienes Ra ces de Talagante.ñ í Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad.í í í Rol V-46-2019 Dictada por do a Daniela Soto L pez, Jueza Titular. Autoriza do a Marcelañ ó ñ Labr n Vivanco, Secretaria Subrogante.í Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Talagante, diecisiete de Julio de dos mil veinte JLJZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras qu

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FOJA: 18 .- Dieciocho.- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado De Letras De Talaganteº CAUSA ROL : V-46-2019 CARATULADO : VILLASANTE/ Talagante, diecisiete de Julio de dos mil veinte VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que con fecha 20 de junio de 2019 (folio 1), compareci donó Alejandro Mu oz Seguel, abogado, domiciliado en Luis Thayer Ojeda N 166, oficinañ ° 41, comuna de Providenc

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