ÁVILA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA
Rol
C-31863-2019
Fecha
17 de julio de 2020
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Comparece don HILDA VILA PARRA, domiciliada en PaseoÁ Ermita de San Antonio N 14127, comuna de Lo Barnechea, interponiendo° demanda de prescripci n extintiva sobre el cobro de los derechos de aseo enó contra de la MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA, representada legalmente por su alcalde don Felipe Guevara Stephens, ambos domiciliados en Avenida El Rodeo N 12.777, comuna de Lo Barnechea. Indica que es° due o del inmueble ubicado en calle Paseo Ermita de San Antonioñ N 14127, comuna de Lo Barnechea, y que se encuentra con deuda por° concepto de derechos de aseo domiciliario por un monto total de $1.238.653.- (Un mill n doscientos treinta y ocho mil seiscientos cincuenta yó tres pesos), seg n consta en estado de cuenta que acompa , encontr ndoseú ñó á impagos aquellos con vencimiento entre el 30 de abril de 2009, hasta el 30 de junio de 2013. Dichas deudas se encuentran vencidas ya que han transcurrido m sá de 5 a os desde el ltimo cobro, por lo que procede la prescripci nñ ú ó extintiva del derecho de aseo y de la deuda anteriormente mencionada. Cita los art culos 2.515 y 2521 del C digo Civil.í ó Solicita en definitiva: declarar prescrita las acciones para el cobro por de los derechos de aseo cuyos vencimientos se encuentren comprendidos entre el 30 de abril de 2009 hasta el 30 de junio de 2013. El 3 de julio de 2020, la demandada se da por notificada y en su contestaci n se allan a la demanda respecto de los per odos comprendidosó ó í entre el 30 de abril de 2009 al 30 de junio de 2013. Adem s, dedujo demanda reconvencional de cobro de pesos ená relaci n con las cuotas impagas al 30 de abril de 2020, equivalente aó $53.075.- m s reajustes, intereses y costas.á H El 26 de junio de 2020, la demandante se allan a la demandaó reconvencional, por el mismo periodo y suma reconvenida. El 14 de julio de 2020, reunidos los presupuestos dispuestos en el art culo 313 del C digo de Procedimiento Civil, se cit a las partes a o rí ó ó í sentencia.
Fundamentos
CONSIDERANDOS: I.- En cuanto a la demanda principal: PRIMERO: Que seg n lo se alan los art culos 6 y 7 del DL N 3.063,ú ñ í º sobre Rentas Municipales, las municipalidades cobrar n un derecho por elá servicio domiciliario de extracci n de basuras.ó SEGUNDO: Que al respecto, el art culo 2514 del C digo Civil,í ó establece La prescripci n que extingue las acciones y derechos ajenos exige“ ó solamente cierto lapso de tiempo, durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones. Se cuenta este tiempo desde que la obligaci n se haya hechoó exigible .” A su vez, el inciso primero del art culo 2515 del mismo cuerpo legalí agrega Este tiempo es en general de tres a os para las acciones ejecutivas y“ ñ de cinco para las ordinarias , regla que debe aplicarse en la especie por” tratarse de derechos municipales y no de impuestos. Finalmente, el art culo 2518 del C digo Civil se ala que Laí ó ñ “ prescripci n que extingue las acciones ajenas puede interrumpirse, yaó natural, ya civilmente. Se interrumpe naturalmente por el hecho de reconocer el deudor la obligaci n, ya expresa, ya t citamente .ó á ” TERCERO: Que seg n lo establecido en el Informe de Deuda de 2ú “ ” de junio de 2020, el actor es deudor de derechos por la extracci n deó basura del inmueble de su propiedad a cuyo pago se encontraba obligado, los que vencieron entre el 30 de abril de 2009 y el 30 junio de 2013. CUARTO: Que desde el vencimiento de las obligaciones hasta la presentaci n de la demanda de autos, momento en que la prescripci n seó ó interrumpi naturalmente, ha transcurrido el plazo de 5 a os para declararó ñ prescrita la acci n para el cobro de los derechos de aseo cuyos vencimientosó H corresponden al per odo comprendido entre el 30 de abril de 2009 hasta elí 30 de junio de 2013, por lo que se acoger la demanda.á II.- En cuanto a la demanda reconvencional: QUINTO: Que conforme al Informe de Derechos de Aseo, de 2 de junio de 2020, el demandado reconvencional es deudor de derechos por extracci n de basura del inmueble de su propiedad, los que vencieron desdeó el 30 de abril de 2020, por la suma de $53.075.-(cincuenta y tres mil setenta y cinco pesos), deuda adem s reconocida por el actor, por lo que se acogerá á la demanda reconvencional por la cantidad solicitada ascendente a $53.075.- SEXTO: Que cada parte pagar sus costas.á En consecuencia y visto, adem s, lo dispuesto en los art culos 1698,á í 2514 y siguientes del C digo Civil; y, art culos 144, 170, 698 y siguientesó í del C digo de Procedimiento Civil,
Fallo
se declara:ó I.- Que se acoge la demanda principal, declar ndose prescrita laá acci n para perseguir el cobro de las deudas por concepto de derechos deó aseo municipal impagos del inmueble de propiedad de la demandante, cuyos vencimientos corresponden al per odo comprendido entre el 30 deí abril de 2009 hasta el 30 de junio de 2013. II.- Que se acoge la demanda reconvencional, conden ndose alá demandado a pagar a la demandante la suma de $53.075.- por concepto de derechos de aseo por las cuotas restantes e impagas al 30 de abril de 2020. III.- Que cada parte pagar sus costas.á Reg strese, notif quese y arch vese.í í í Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, diecisiete de Julio de dos mil veinte H H Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-07-17T13:46:15-0400
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 9 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-31863-2019 CARATULADO : VILA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LOÁ BARNECHEA Santiago, diecisiete de Julio de dos mil veinte VISTOS: Comparece don HILDA VILA PARRA, domiciliada en PaseoÁ Ermita de San Antonio N 14127, comuna de Lo Barnechea, interponiendo° demanda de prescripci n extintiva sobre el cobro de los derechos de
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