RIVILLO/SOCIEDAD EDUCACIONAL SAN GABRIEL LIMITADA
Rol
O-1994-2019
Fecha
2 de diciembre de 2021
Materia
Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Otras Indemnizaciones, Prestaciones, Recargos, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos constitutivos de la misma y la información relativa al estado de las cotizaciones previsionales, adjuntando los comprobantes justificativos del pago de las mismas. e) Justificación del despido y carencia de causa. El despido de que fue objeto el día 29 de agosto de 2019 en las circunstancias ya señaladas, sin expresión de causa es injustificado, indebido y carente de causa legal. En efecto, como ya se ha señalado en lo principal, en la fecha indicada fui despedida de mi trabajo por la empresa demandada, sin aviso previo, señalándole como único motivo para ello, el hecho de “ya no quererla en el colegio”. La empresa demandada no cumplió́ con la obligación de dar los avisos de término de contrato que establece el artículo 162 del Código del Trabajo, señalando la causal invocada, los hechos constitutivos de la misma y la información relativa al estado de pago de sus cotizaciones previsionales, de salud y de seguro de cesantía, como ya se ha indicado. Como V.S. bien sabe, reiteradamente la jurisprudencia de nuestros Tribunales Superiores, ha declarado que la sola circunstancia de no remitir la empleadora la comunicación de despido que establece el artículo 162 del Código del Trabajo o que remitiéndola, no señale en ella en forma clara y precisa los hechos constitutivos de la causal que invoque, torna de inmediato tal despido en injustificado, pues atenta contra uno de los derechos fundamentales del trabajador, cual es el saber en forma cabal y oportuna los
Fundamentos
motivos del término de su contrato de trabajo a objeto de que pueda formular los descargos y alegaciones correspondientes, ejerciendo adecuadamente su derecho de defensa, el que debe hacer en la demanda respectiva y la omisión de la mencionada exigencia legal lo deja en la más absoluta indefensión. Es así que en
Fallo
por tanto más allá de lo que indiquen los documentos que exhibirá la demandada, en virtud del principio de primacía de realidad, estamos en presencia de una única relación laboral, y así ha de ser declarado por vs. c) Remuneración convenida. Para los efectos del presente juicio, el promedio de las remuneraciones percibidas durante el último periodo trabajado de conformidad a lo establecido en el artículo 172 del Código del Trabajo asciende a la suma de $ 351.333.- d) Término del contrato de trabajo. El día 29 de agosto de 2019, me informaron verbalmente que no continuaban más con mis servicios. Hago presente a Vuestra Señoría que la empresa demandada no cumplió con la obligación de remitir las comunicaciones de término de contrato de trabajo que exige el artículo 162 del Código del Trabajo, tanto al trabajador, como a la respectiva Inspección del Trabajo, señalando la causal invocada para el despido los hechos constitutivos de la misma y la información relativa al estado de las cotizaciones previsionales, adjuntando los comprobantes justificativos del pago de las mismas. e) Justificación del despido y carencia de causa. El despido de que fue objeto el día 29 de agosto de 2019 en las circunstancias ya señaladas, sin expresión de causa es injustificado, indebido y carente de causa legal. En efecto, como ya se ha señalado en lo principal, en la fecha indicada fui despedida de mi trabajo por la empresa demandada, sin aviso previo, señalándole como único motivo para ello, el
Texto Completo (Preview)
Valparaíso, dos de diciembre de dos mil veintiuno. PRIMERO: Que, con fecha 15 de noviembre de 2019 comparece doña NATALIA FRANCISCA RIVILLO MACHUCA, chilena, casada, Educadora Diferencial, Rut N°17.139.993-9, actualmente cesante, domiciliada en calle Sendero Norte N°115 depto. 805, comuna de Viña del mar, quien interpone demanda de despido injustificado, cobro de prestaciones y nulidad del despido
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica