MP C/ ANTONIO HUMBERTO CARIMÁN CORREA
Rol
O-1456-2022
Fecha
30 de marzo de 2023
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Garantía de Villarrica el Fiscal CARLOS CONTRERAS GAMONAL, presentó requerimiento en procedimiento simplificado en contra de ANTONIO HUMBERTO CARIMÁN CORREA, cedula nacional de identidad N° 17.440.240-K con domicilio registrado en el tribunal, representado por el defensor penal público JUAN GALLARDO ARAYA La acusación fue presentada por la participación que estima el Ministerio Público le corresponde en calidad de autor del delito de AMENAZAS SIMPLES EN CONTEXTO DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR, previsto y sancionado en el artículo 296 N° 3 del Código Penal en relación con el artículo 5° de la Ley N° 20.066 cometido por el requerido en calidad de AUTOR y en grado de desarrollo CONSUMADO. El Ministerio Público fundó su imputación en los siguientes hechos: “Los hechos son los siguientes,, con fecha 8 de octubre del 2022, alrededor de las 17:00 horas aproximadamente en circunstancias en que la víctima Pedro Andrés Carimán Correa se encontraba en el domicilio ubicado en el sector Malloco Lolenco, kilómetro 8 de la comuna de Villarrica en compañía de su hermano en requerido Antonio Humberto Cariman Correa, oportunidad de la cual sostuvieron una discusión, donde el imputado de ofusco y procedió a tomar un cuchillo con el cual intentó agredir a la víctima, forcejeando, logrando arrebatarle el arma blanca para luego el requerido, procede a amenazar, forma, sería verosímil a su hermano indicando , “Concha de tu Madre, te voy a matar”, creando en este el legítimo temor de verse afectado en su integridad física.” El Ministerio Público pidió se condene al acusado por el ilícito de AMENAZAS SIMPLES EN CONTEXTO DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR. Código: VXKEXEXLRHN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl JUZGADO DE GARANTÍA VILLARRICA El Ministerio Público solicita la aplicación de una pena de SESENTA Y UN DIAS de PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO , más la medida accesoria de la letra b)
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 297 en relación con los artículos 340, 296 Nª 3, y 395 del Código Procesal Penal, artículos 1º, 11 N°9, 15 Nº 1, 30, 49, 67, 69 y 70 del Código Penal, y de la Ley 18.216, se RESUELVE I.- Que se condena a ANTONIO HUMBERTO CARIMÁN CORREA, cedula nacional de identidad N° 17.440.240-K, como autor de un delito de amenazas en contexto de violencia intrafamiliar a la pena de sesenta y un días de presidio Menor en su grado mínimo y a la suspensión de cargo y oficio públicos durante el tiempo de la condena. II.- Que se impone como pena accesoria del artículo 9 la letra b de la ley 20.066. Correspondiente a la prohibición de acercarse a su hermano Pedro Andrés Carimán Correa, por el plazo de seis meses. III.- Por reunir los requisitos establecidos en el artículo 4° de la Ley 18.216, se le sustituye al condenado la pena privativa de libertad por la de remisión condicional durante el plazo de un año, debiendo cumplir con todas las condiciones establecidos en el artículo 5° de la Ley 18.216. El condenado deberá presentarse en Gendarmería de Chile esto dentro del plazo de cinco días contados desde que estuviere firme ejecutoriada esta sentencia. Si transcurrido dicho plazo no se presenta a Código: VXKEXEXLRHN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl JUZGADO DE GARANTÍA VILLARRICA cumplirla, Gendarmería deberá informarlo a este tribunal, advirtiéndole
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JUZGADO DE GARANTÍA VILLARRICA C/ ANTONIO HUMBERTO CARIMÁN CORREA Amenazas en Vif. R.U.C. 2210050879-K R.I.T. 1456-2022___________________/ Villarrica, treinta de Marzo de dos mil veintitrés. VISTOS: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Garantía de Villarrica el Fiscal CARLOS CONTRERAS GAMONAL, presentó requerimiento en procedimiento simplificado en contra de ANTONIO HUMBERTO CARIMÁN CORREA, cedula
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